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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (15/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G35/G32/G33/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 15 de noviembre de 2003 no desarrolla esta función con exclusividad, sino que cumple también otras funciones relacionadas con las competencias y la gestión administrativa interna del RENIEC. c) En cuanto al rubro servicios no se ha especificado si los servicios de seguridad y vigilancia, courier (mensaje- ría), línea dedicada, mantenimiento de equipos de oficina ymantenimiento de equipos de cómputo, están vinculados exclusivamente al servicio de expedición del DNI, lo cual no parece probable. Por tanto, dicho costo debería ser dis-tribuido proporcionalmente entre todos los servicios públi- cos administrativos que brinda el RENIEC y, específica- mente, el servicio de seguridad y vigilancia debería serasumido directamente por esta institución, ya que no re- sulta razonable que dicho costo se cargue a los usuarios y usuarias por no estar relacionado directamente con la ex-pedición del DNI. d) Con relación a la infraestructura y mantenimiento, se constata que dentro de los costos por arrendamiento delos 207 locales del RENIEC a nivel nacional, se incluyen los conceptos por servicios de agua, energía eléctrica, te- léfono y hasta los arbitrios municipales. Estos últimos gas-tos son ajenos al procedimiento de expedición del DNI, por ende, no deben incluirse como costos que deba cubrir el usuario o usuaria. e) Del mismo modo, con relación al servicio de limpie- za, éste no guarda una relación directa con la expedición del DNI, además de ser un servicio que se brinda paratodas las sedes del RENIEC. En tal sentido, el costo con- signado no debe ser cargado al trámite para la obtención del DNI. En consecuencia, el hecho de que el RENIEC no cuen- te con un presupuesto público suficiente para cumplir con las funciones que le asigna su Ley Orgánica, Ley Nº 26497,y prestar adecuadamente los servicios a su cargo, no re- sulta una justificación legal para trasladar un mayor costo, vía derechos de tramitación, a las personas que requierenel DNI. Por ello, consideramos que tanto el Ministerio de Eco- nomía y Finanzas como el Congreso de la República, de-ben evaluar la problemática señalada teniendo en cuenta que la actual estructura de costos de expedición del DNI puede resultar insostenible en el tiempo. Esto, con el pro-pósito de proponer el incremento necesario de los recur- sos que se asignan al RENIEC en cada ejercicio presu- puestal, para que dicha entidad pueda cumplir adecuada-mente con las funciones que la Constitución y su ley orgá- nica le han asignado. De otro lado, tampoco resulta legal y razonable que lo recaudado en los diversos procedimientos que concluyen con la expedición del DNI sirva para financiar otros proce- dimientos a cargo del RENIEC, teniendo en cuenta que 13de ellos son onerosos y 8 gratuitos. Esto último permite inferir que lo que se recauda por los procedimientos onero- sos financia los procedimientos gratuitos, tal como lo reco-noció el RENIEC en el comunicado público ya citado. En conclusión, los costos establecidos por el RENIEC como derechos de tramitación para la obtención del DNI vulneran losprincipios de razonabilidad y proporcionalidad en los que de- ben fundarse todos los actos de poder en un Estado democrá- tico, y que determinan la prohibición de cualquier decisión arbi-traria. En efecto, nuestro sistema jurídico no admite ninguna decisión, norma o acto que implique un ejercicio de poder arbi- trario. Por consiguiente, se hace necesaria una reformulaciónde los cálculos que el RENIEC ha realizado para determinar los costos de los derechos de tramitación establecidos en su TUPA, en función de los diversos procedimientos que conclu-yen con la expedición del DNI. SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR el Informe Defensorial Nº 79, “La legalidad del cobro y la razonabilidad del costoen la expedición del Documento Nacional de Identidad por el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RE- NIEC)”. Artículo Segundo.- RECOMENDAR al Congreso de la República, a través de las Comisiones de Presupuesto y Cuenta General de la República; de Justicia y DerechosHumanos; y de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de Servicios Públicos, apruebe las medidas legislativas necesarias orientadas a: a) Autorizar expresamente al Registro Nacional de Iden- tificación y Estado Civil (RENIEC) para efectuar el cobrode derechos de tramitación por los procedimientos admi- nistrativos a su cargo, de conformidad con lo previsto en el artículo 74º de la Constitución, el artículo 44.2 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, ysu Ley Orgánica, Ley Nº 26497. b) Modificar o derogar -en su caso- los artículos 378º inciso e), 379º inciso d) y 380º inciso a) de la Ley Orgánicade Elecciones, Ley Nº 26859, con la finalidad de adecuar estas normas a lo dispuesto por el artículo 7º del Decreto Ley Nº 25988, Ley de Racionalización del Sistema Tributa-rio Nacional y Eliminación de Privilegios y Sobrecostos, y a la Norma II del Código Tributario -cuyo Texto Único Orde- nado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF-en tanto disponen que el rendimiento de las tasas no debe tener un destino ajeno al de cubrir el costo de las obras o servicios que constituyen el presupuesto de la obligación. Artículo Tercero.- RECOMENDAR al Congreso de la República y al Ministerio de Economía y Finanzas que es-tudien los mecanismos más idóneos que posibiliten, en el marco de las normas presupuestarias vigentes, la amplia- ción del presupuesto público otorgado al Registro Nacio-nal de Identificación y Estado Civil (RENIEC), a efectos de evitar que esta entidad sustente la mayor parte de su pre- supuesto institucional y subvencione otros procedimientosadministrativos a su cargo, a través de las tasas que se cobran a los ciudadanos y ciudadanas como derechos de tramitación para obtener el DNI, por cuanto ello vulnera lodispuesto por el artículo 7º del Decreto Ley Nº 25988, Ley de Racionalización del Sistema Tributario Nacional y Elimi- nación de Privilegios y Sobrecostos, la Norma II del Códi-go Tributario, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, y, específicamente, los artículos 44.1 y 45.1 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedi-miento Administrativo General. Artículo Cuarto.- RECOMENDAR al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC), dispo-ner las medidas necesarias para: a) Realizar un nuevo estudio técnico económico sobre todos los procedimientos administrativos que concluyen con la expedición del DNI, que determine una estructura de costos ajustada estrictamente a los parámetros de legali-dad establecidos en los artículos 44º y 45º de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444. b) En aplicación de los principios de transparencia ad- ministrativa y de transparencia en el manejo de las finan- zas públicas, contenidos en los artículos 3º y 25º del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27806, Ley de Transparenciay Acceso a la Información Pública, difundir a través de su portal institucional u otros medios, su presupuesto institu- cional actualizado y su relación con la estructura de cos-tos de todos los procedimientos administrativos a su car- go, que figuran en su respectivo Texto Único de Procedi- mientos Administrativos (TUPA). Artículo Quinto.- RECORDAR al Jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) que di-cha entidad está obligada a cobrar como derechos de tra- mitación por los procedimientos a su cargo, únicamente el importe que corresponde al servicio efectivamente presta-do a favor del usuario o usuaria y para mantener la opera- tividad de dichos servicios, según lo dispuesto por el artí- culo 7º del Decreto Ley Nº 25988, Ley de Racionalizacióndel Sistema Tributario Nacional y Eliminación de Privile- gios y Sobrecostos, la Norma II del Código Tributario y, específicamente, los artículos 44.1 y 45.1 de la Ley Nº27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; lo cual implica que no puede financiar servicios gratuitos con las tasas establecidas para los procedimientos onerososen su respectivo Texto Único de Procedimientos Adminis- trativos (TUPA). Artículo Sexto.- EXHORTAR al Presidente del Conse- jo de Ministros y al Ministro de Economía y Finanzas para que, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 44.6 de la Ley del Procedimiento Administrativo General, LeyNº 27444, dispongan lo necesario para la expedición del decreto supremo que precise los criterios y procedimien- tos para la determinación de los costos de los procedimien-tos y servicios administrativos que brinda la administra- ción pública, así como para la fijación de los derechos de tramitación en los respectivos Textos Únicos de Procedi-mientos Administrativos de las entidades que la integran. Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Adjuntía para la Administración Estatal de la Defensoría del Pueblo el se-