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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (21/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 88

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G34 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, viernes 21 de noviembre de 2003 municación que se sometieron al poder político a cambio de beneficios económicos, facilitó y posibilitó la libre co-misión de los innumerables actos de corrupción que ahora conocemos, así como la utilización dispendiosa e ilícita de los fondos públicos; resulta también evidente queotro factor que ha contribuido significativamente a que ocurriera tal situación, ha sido la inexistencia, a nivel de las organizaciones del Estado, de una verdadera culturade prevención, racionalidad, transparencia e integridad administrativa en el uso de sus bienes y recursos, así como en el ejercicio de las funciones de sus servidoresy funcionarios, orientada al cuidado y salvaguarda del patrimonio público, la corrección en el desempeño fun- cional y el mejoramiento del servicio, como sistema per-manente e institucional para brindar protección y seguri- dad a las actividades y operaciones de la administración estatal y evitar las causas o hechos generadores deactos de corrupción. Con el objeto de revertir tal situación y en cumplimiento de su sagrada misión constitucional, el Congreso de la República, además de las investigaciones y acusacio- nes constitucionales efectuadas como resultado de suslabores de fiscalización, ha venido igualmente actuando en el ámbito de su competencia normativa, aprobando diversas Leyes de la República destinadas a combatir lacorrupción, impulsar acciones a favor de la probidad y ética pública, así como a sentar las bases para la mo- dernización y una mejor actuación de las institucionesdel Estado. Destacan entre dichas Leyes: la Ley Nº 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, la Ley Nº 27588 sobre Prohibiciones e Incompa-tibilidades de los Funcionarios y Servidores Públicos, la Ley Nº 27815 del Código de Ética de la Función Pública y la Ley Nº 27785 - Ley Orgánica del Sistema Nacionalde Control y de la Contraloría General de la República, esta última dictada para regular el oportuno y efectivo ejercicio del control gubernamental en las entidades delEstado, fortaleciendo el papel que corresponde cumplir a la Contraloría General como ente técnico rector del Sistema Nacional de Control. Bajo el citado contexto, el presente proyecto de Ley tiene por objeto complementar el trabajo desarrolladopor el Poder Legislativo sobre la materia, incorporando a la normativa nacional, a la par que una herramienta valiosa de la gerencia moderna, una nueva arma legalpara combatir la corrupción en la función pública, a través de la implementación y fortalecimiento del rol de los controles internos en las instituciones del Estado,para garantizar la honestidad, la austeridad y la trans- parencia de su accionar; guardando concordancia con las regulaciones contenidas en la Ley Nº 27785, LeyOrgánica del Sistema Nacional de Control y de la Con- traloría General de la República, que conciben al con- trol interno como uno de los sistemas de aplicación porel control gubernamental -a que la alude dicha Ley en su artículo 2º- para supervisar y evaluar los actos y resultados de la gestión pública, considerándolo comola modalidad del acotado control que “...comprende las acciones de cautela previa, simultánea y de verifica- ción posterior que realiza la entidad sujeta a control,con la finalidad que la gestión de sus recursos, bienes y operaciones se efectúe correcta y eficientemente...”, correspondiendo fundamentalmente ser ejercido por lasautoridades, funcionarios y servidores públicos como responsabilidad propia de las funciones inherentes a su ámbito de competencia, adicionalmente a la funciónde control posterior que cumple el Órgano de Auditoría Interna institucional. El proyecto asume que la administración de las entida- des (administración institucional) tiene la responsabili- dad legal de velar por que las funciones, actividades yoperaciones de éstas, se lleven en forma correcta, radi- cando la esencia del control interno en las acciones to- madas para dirigir o efectuar la gestión con niveles razo-nables de seguridad, propendiendo al logro adecuado y transparente de los fines y metas propuestos, así como a la eliminación de actos indebidos o irregulares, lo cualalcanza a todos los órganos y personal integrantes de la entidad, conforme se señala en los artículos 1º y 2º del proyecto, relativos al objeto y alcance de la Ley; recono-ciéndose a la Contraloría General de la República la competencia normativa para emitir las disposiciones re-glamentarias respectivas en su calidad de ente técnico rector del Sistema Nacional de Control (artículo 3º). Igualmente, el proyecto consagra en su artículo 4º la obligatoriedad para todas las entidades del Estado, de disponer la implantación y funcionamiento de sistemasde control interno para brindar protección y seguridad a los procesos, actividades, recursos, operaciones y ac- tos institucionales, orientándolos al cumplimiento de cin-co objetivos básicos para su correcta gestión: a) la eficiencia, eficacia, transparencia y economía en las operaciones, b) la adecuada salvaguarda del patrimonio público con- tra toda forma de pérdida o uso irregular, c) el respeto y sujeción al ordenamiento legal aplicable, d) la confiabilidad y oportunidad de la información, y e) el establecimiento de valores institucionales. Estando dirigido a contribuir con las administraciones de las entidades del Estado para el efectivo logro desus fines y metas institucionales, así como a la elimina- ción de prácticas corruptas, el sistema de control inter- no es definido en el artículo 5º del proyecto como elconjunto de planes, políticas, normas, procedimientos y métodos, incluida la actitud de las autoridades y el personal, organizados e instituidos en cada entidad,para la consecución de los objetivos antes menciona- dos, en cuyo proceso discurren como sus componen- tes estructurales: el ambiente de control, la evaluaciónde riesgos, las actividades de prevención y monitoreo, los sistemas de información y comunicación, el segui- miento de resultados y los compromisos de mejora-miento, los cuales son descritos para su mejor entendi- miento y aplicación. Del mismo modo, se establece en el artículo 6º del proyecto que el funcionamiento delcontrol interno es continuo y dinámico, sujetándose en su desarrollo a las modalidades de ejercicio previo, si- multáneo y posterior reguladas en el artículo 7º de laLey Nº 27785, asegurando su concordancia con dicha norma legal. Considerando la trascendencia y responsabilidades vinculadas a la efectiva implantación y funcionamiento del control interno, el proyecto estipula las obligacio-nes que competen al titular y funcionarios de la enti- dad para tal efecto (artículo 7º), destacando entre ellas las referidas a organizar, mantener y perfeccionar elsistema y las medidas establecidas; promover y de- mostrar probidad en el desempeño funcional; docu- mentar y divulgar las políticas, normas y procedimien-tos de control interno, así como disponer inmediata- mente las acciones correctivas pertinentes ante cual- quier evidencia de desviaciones o irre gularidades. Finalmente, se regula también la actuación que co- rresponde al Órgano de Control Institucional (artí- culo 8º) y la responsabilidad de los órganos del Siste-ma Nacional de Control para realizar el estudio y eva- luación del control interno en las entidades del Estado, al menos una vez al año. Como se aprecia de su contenido, por el presente proyecto de Ley se otorga la máxima jerarquía legal ala obligatoria implantación y funcionamiento del con- trol interno en las entidades del Estado, procurándose extremar la vigilancia con el fin de proteger y conser-var los bienes, recursos y operaciones del Estado, propiciando a la vez el mejoramiento de la gestión pú- blica con el consiguiente incremento de su eficiencia,eficacia y transparencia, bajo la responsabilidad fun- cional de los titulares y funcionarios jerárquicos insti- tucionales. Es, pues, una Ley para combatir el despil-farro, la negligencia, la pasividad y la corrupción, alen- tando la previsión, la cautela, la corrección y la au- toevaluación como fórmula sistémica de optimizaciónde la administración y control gubernamental. Su apro- bación, en tal sentido, representa un imperativo que compromete a todos quienes forman parte del EstadoPeruano. 21672