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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G30/G33/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 cumplido con el pago del derecho de tramitación corres- pondiente al Procedimiento a que se refiere el consideran-do anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramentefinanciado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario delEstado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Minis-terio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Te- sorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1704-2003-MTC/12.04-SDO designando al ins-pector Gino Defilippi Brigneti, para realizar chequeos téc- nicos en simulador de vuelo del equipo Antonov 24 al per- sonal aeronáutico propuesto por las empresas Aero Con-dor S.A.C. y Star Up S.A., en la ciudad de Kiev, República de Ucrania, durante los días 5 al 14 de diciembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el via- je del referido Inspector de la Dirección General de Aero- náutica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, puedarealizar los chequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1704-2003-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Gino Defilippi Brigneti, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a laciudad de Kiev, República de Ucrania, durante los días 5 al 14 de diciembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, será con cargo al presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sidoíntegramente cubierto por las empresas Aero Condor S.A.C. y Star Up S.A. a través de los Recibos de Acotación Nºs. 5195, 5196, 5365 y 5366, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 2,600.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Admi- nistración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas y los resultados ob-tenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestoso derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o de- nominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22023 /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G69/G6E/G66/G75/G6E/G64/G61/G64/G61/G20/G69/G6D/G70/G75/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G6E/G75/G6C/G6F /G6F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G62/G75/G65/G6E/G61/G20/G70/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G64/G2D /G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G61/G20/G53/G65/G6C/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G34/G39/G36/G2D /G32/G30/G30/G33/G2D/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G4E/G41/G43/G49/G4F/G4E/G41/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 993-2003-MTC/02 Lima, 24 de noviembre de 2003VISTO: El recurso de apelación interpuesto por SERCAR S.A.C. contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL, parala contratación de una empresa que preste el servicio de mantenimiento rutinario por resultados en la carretera Bi- nacional Ilo - Desaguadero, Sub Tramo III: Km. 135+000 -Km. 185+000, Sector Cuellar - Sector Chilligua; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 886-2003- MTC/02 de fecha 24 de octubre del 2003, se declaró infun-dado el recurso de apelación presentado por SERCAR S.A.C. contra el otorgamiento de la buena pro de la Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIO-NAL; así como, se declaró nulo el otorgamiento de la Adju- dicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIO- NAL, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapa deevaluación de propuestas, de modo que el Comité Espe- cial Permanente otorgue la bonificación del 20% a la su- matoria de las propuestas técnica y económica de los pos-tores que hayan cumplido con presentar la declaración ju- rada correspondiente; Que, de acuerdo al Acta Nº 28 de la Adjudicación Di- recta Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL de fe- cha 5 de noviembre del 2003, se otorgó la Buena Pro a Sermanviadre S.R.L., al haber obtenido el puntaje total de94.87 puntos, quedando en segundo lugar SERCAR S.A.C. con un puntaje total de 93.50 puntos, y en tercer lugar An- des Sur S.R.L. con un puntaje total de 91.16 puntos; Que, adicionalmente, de la mencionada Acta se des- prende que el Comité Especial Permanente como resulta- do de la calificación determinó que ninguno de los posto-res había presentado la Declaración Jurada para hacerse acreedor a la bonificación del 20% a la sumatoria de las propuestas técnica y económica; Que, con fecha 11 de noviembre del 2003, SERCAR S.A.C. presenta recurso de apelación contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº496-2003-PROVÍAS NACIONAL, manifestando que el Co- mité Especial Permanente no ha merituado el hecho de que las personas Mario Quispe Romero y Julio Juan SairaValdez desde el 3 de noviembre del 2003 vienen trabajan- do efectivamente para otras empresas distintas a Serman- viadre S.R.L.; Que, asimismo, el apelante manifiesta que Sermanvia- dre S.R.L. ha presentado como sus trabajadores a Mario Quispe Romero y Julio Juan Saira Valdez que han sidoacreditados por otras empresas que han participado en otros procesos de selección y sin contar con la autoriza- ción del propio trabajador, con la única finalidad de obteneruna ventaja en el proceso realizado, por lo que ha faltado a la verdad al momento de presentar la documentación re- querida en el proceso de selección; Que, con fecha 13 de noviembre del 2003 Sercar S.A.C. cumple con presentar copia del documento que acredita representación, copia legaliza del RUC, así como la indi-cación del número de facsímil; Que, con Oficio Nº 020-2003-MTC/20-PROVÍAS_N- ZTACNA notificado a Sermanviadre S.R.L. el 11 de noviem-bre del 2003, se corrió traslado del recurso de apelación presentado por SERCAR S.A.C, habiéndose cumplido con absolver el traslado del recurso de apelación el 14 de no-viembre del 2003; Que, el artículo 56º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que el postor al presentar su propuesta técnica, debe acom- pañar una declaración jurada simple en la cual mani-fieste que es responsable de la veracidad de los docu- mentos e información que presenta para efectos del proceso, y que conoce las sanciones contenidas en laLey y su Reglamento así como en la Ley de Simplifica- ción Administrativa, entre otros; Que, el Formato 3: Declaración Jurada Simple de las Bases Integradas de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL, contiene el modelo de Declaración Jurada que deben presentar los postores, enel cual se precisa que son responsables de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos de dicho proceso de selección, Declaración Jurada que ha