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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 34

/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G30/G34/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 da por la Oficina General de Auditoría Interna en el Informe AUD-I-031-2002-02-4354/MTC-15.08 “Examen Especial a la Oficina Zonal de Amazonas de la Dirección de Conser- vación Vial - Dirección General de Caminos. Período ENE.1998 - DIC.2001”; motivo por el cual habiendo incurri- do en incumplimiento de las normas legales y administrati- vas en el ejercicio de su función, corresponde conforme al artículo 153º del Reglamento del Decreto Legislativo Nº 276, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, im- poner la sanción disciplinaria acorde con la gravedad de la falta cometida; Que, el artículo 150º del Decreto Supremo Nº 005-90- PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa, establece que se considera falta disciplinaria a toda acción u omisión, voluntaria o no, que contravenga las obligaciones, prohibiciones y demás normatividad es- pecífica sobre los deberes de los servidores y funciona- rios, establecidos en el artículo 28º y otros de la Ley y el Reglamento. La comisión de una falta da lugar a la aplica- ción de la sanción correspondiente; Que, el artículo 152º del Reglamento de la Ley de Ba- ses de la Carrera Administrativa, señala que la calificación de la gravedad de la falta es atribución de la autoridad com- petente o de la Comisión de Procesos Administrativos Dis- ciplinarios, según corresponda; Que mediante el Informe Final Nº 013-2003-MTC/CE- PAD, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, recomienda por unanimidad, aplicar la sanción dis- ciplinaria de destitución contra el señor Moisés Málaga Málaga, ex Director General de Caminos del Ministerio, de conformidad con el artículo 155º inciso d) y 159º del Re- glamento de la Ley de Carrera Administrativa aprobada por D.S. Nº 005-90-PCM; De conformidad con la Ley Nº 27444 y estando a lo dispuesto por el Decreto Legislativo Nº 276, los artículos 150º, 151º, 152º, 153º, 156º, 160º, 163º y 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Resolución Ministerial Nº 360- 99-MTC/15.01, Ley Nº 27791 y Decreto Supremo Nº 041- 2002-MTC; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Imponer la sanción disciplinaria de desti- tución al señor Moisés Málaga Málaga, ex Director Gene- ral de Caminos del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones, por los fundamentos expuestos en la parte consi- derativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Notificar la presente Resolución al señor Moisés Málaga Málaga, con las formalidades de Ley. Artículo 3º.- Remitir copia de la presente Resolución a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Oficina General de Auditoría Interna, para los fines legales corres- pondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese.EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22024 VIVIENDA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 016-2003-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 1133-2003-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, solicita se pu- blique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 016- 2003-VIVIENDA, publicada en nuestra edición del día 16 de noviembre de 2003, en la página 255283. En el Cuadro para Asignación de Personal,DICE: DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 0030Secretaria IV T4-05-675-4DEBE DECIR: DESPACHO DEL VICEMINISTERIO DE CONSTRUCCIÓN Y SANEAMIENTO 0030Secretaria V T5-05-675-5 22124 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4A/G55/G44/G49/G43/G49/G41/G4C CORTE SUPREMA DE JUSTICIA /G53/G65/GF1/G61/G6C/G61/G6E/G20/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G72/G20/G70/G6F/G72/G20/G65/G6C /G66/G6F/G72/G6F/G20/G22/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G22 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 205-2003-P-PJ Lima, 19 de noviembre del 2003 EL PRESIDENTE DEL PODER JUDICIAL;CONSIDERANDO:Que por Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 191-2003-P-PJ, se creó el programa del foro "Acuerdo Nacional por la Justicia", destinado a for- mular políticas relativas al Poder Judicial; Que es conveniente efectuar algunas precisiones en cuanto a las actividades que se realizarán en el marco del foro "Acuerdo Nacional por la Justicia", a fin de hacerla operativa a los objetivos buscados de conocer la opinión de la sociedad respecto a los problemas e iniciativas vin- culadas a la administración de justicia, para la postulación de políticas judiciales y para permitir un trabajo articulado con la Comisión Especial para la Reforma Integral de la Administración de Justicia (CERIAJUS); En uso de las atribuciones conferidas en el Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, que aprueba el Texto Único Or- denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial y su modifi- catoria; RESUELVE:Artículo Primero.- El programa del foro "Acuerdo Na- cional por la Justicia", creado por la Resolución Adminis- trativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 191-2003-P- PJ, cumplirá las siguientes actividades: a) Efectuar una amplia convocatoria nacional y regional a través de audiencias públicas y reuniones técnicas para debatir los problemas del Poder Judicial y formular linea- mientos de política judicial dentro del marco constitucio- nal; b) Difundir las propuestas de la Comisión de Magis- trados para la Reestructuración del Poder Judicial y otras que se consideren necesarias; y, c) Recoger y procesar las expectativas e iniciativas ciu- dadanas conducentes al proceso de cambio necesario en el Poder Judicial. Artículo Segundo.- Las actividades del foro del "Acuer- do Nacional por la Justicia" tienen como objetivo lograr una propuesta de matriz de políticas para el Poder Judicial que serán difundidas a nivel nacional y se presentará a la CE- RIAJUS como contribución de este Poder del Estado. Artículo Tercero.- Para el cumplimiento de sus fines, se invitará a los miembros de la CERIAJUS a que partici- pen en las audiencias públicas y las reuniones técnicas que se efectúen. Artículo Cuarto.- Déjase sin efecto las normas que se opongan a la presente resolución. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. HUGO SIVINA HURTADO Presidente 22094