Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2003 (27/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 27 de noviembre de 2003

ONPE
Autorizan a procurador iniciar acciones legales derivadas de contrato de arrendamiento de inmueble ubicado en el distrito de San MORDAZA de Porres, provincia de MORDAZA
OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES RESOLUCION JEFATURAL Nº 229-2003-J/ONPE MORDAZA, 21 de noviembre de 2003 Vistos; el Memorando Nº 048-2003-PP/ONPE de la Procuraduria Publica encargada de los asuntos judiciales de la ONPE, el Memorando Nº 1180-2003-GAF/ONPE de la Gerencia de Administracion y Finanzas, los Informes Nºs. 008 y 009-2003-ACA-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoria Juridica y el Informe Nº 210-2003-SGL-GAF/ONPE de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de junio de 2003 se emitio la Resolucion Nº 133-2003-J/ONPE en la que autorizaba a la Gerencia de Administracion y Finanzas la contratacion del inmueble ubicado en la avenida MORDAZA MORDAZA s/n, entre las cuadras 6 y 7, (Lote 15 de la Manzana J), urbanizacion MORDAZA, distrito de San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; mediante un MORDAZA de seleccion de menor cuantia por un plazo de siete (7) meses por un valor de S/. 40,474.00; Que, con fecha 8 de MORDAZA de 2003 se otorgo la Buena Pro a Mercados del Pueblo S.A. En Liquidacion, solicitandoles la MORDAZA de documentacion en la que acreditaran su derecho de propiedad y administracion sobre el mencionado inmueble para la suscripcion del respectivo contrato; Que, por Oficio Nº 535.03/JL.MESA-PROINVERSION, Mercados del Pueblo S.A. En Liquidacion senala que no son propietarios del terreno mencionado, sino del modulo metalico desmontable de 800 m2 construido sobre el, pero que contaba con facultades para arrendarlo; Que, mediante los documentos de Vistos y por el Oficio senalado en el considerando anterior se evidencia que aquella empresa no detenta titulo de propiedad, ni acredita de manera fehaciente ser el administrador del inmueble mencionado; Que, de la lectura de la Ficha Nº 304986 del Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA se aprecia que el mencionado lote de terreno no se encuentra registrado a favor de Mercados del Pueblo S.A. en Liquidacion, asimismo, que no ha sido independizado de la matriz, originalmente de propiedad de la "Asociacion Pro Vivienda MORDAZA Grau"; Que mediante Oficio Nº 5832-2003/SBN-GO-JSIBIE, la Superintendencia de Bienes Nacionales informo la existencia del Expediente Nº 01898-97 en el cual se aprecia que el lote de terreno mencionado se encuentra bajo la administracion de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres por constituir Aporte Reglamentario para otros fines; Que, de la lectura de la documentacion revisada se podria inferir que Mercados del Pueblo S.A. En Liquidacion habria arrendado a la Oficina Nacional de Procesos Electorales, un bien que no era de su propiedad, lo que podria constituir algunos ilicitos penales en perjuicio del Estado; Que, Mercados del Pueblo S.A. En Liquidacion ha solicitado ante el Centro de Conciliacion Extrajudicial "Desarrollo y Bienestar Ciudadano" se invite a conciliar a la Oficina Nacional de Procesos Electorales para que se cumpla con el pago de la MORDAZA conductiva que se habria devengado desde junio a octubre de 2003, asi como para la supuesta devolucion del inmueble MORDAZA detallado; Que, en atencion a lo expuesto, resulta necesario autorizar al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de la institucion a interponer las acciones legales pertinentes derivadas del contrato de arrendamiento del

inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA s/n, entre las cuadras 6 y 7, (Lote 15 de la Manzana J), urbanizacion MORDAZA, San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de MORDAZA, y si fuere el caso, a denunciar los ilicitos cometidos en agravio del Estado; De conformidad con lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, sobre Representacion y Defensa del Estado en Juicio, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y Ley Nº 26487, Ley Organica de la Oficina Nacional de Procesos Electorales; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al Procurador Publico a cargo de los asuntos judiciales de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado interponga contra Mercados del Pueblo S.A. En Liquidacion y sus representantes legales, las acciones judiciales derivadas del contrato de arrendamiento del inmueble ubicado en Av. MORDAZA MORDAZA s/ n, entre las cuadras 6 y 7, (Lote 15 de la Manzana J), urbanizacion MORDAZA, San MORDAZA de Porres, provincia y departamento de Lima; asi como para que interponga las acciones judiciales penales necesarias; y, de ser el caso, el saneamiento fisico legal, adjudicacion o asignacion en uso a favor de la Oficina Nacional de Procesos Electorales del mencionado inmueble. Articulo Segundo.- Remitir a traves de la Secretaria General de la Oficina Nacional de Procesos Electorales MORDAZA de la presente resolucion, asi como los antecedentes administrativos del caso a la Procuraduria Publica. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLDEVILLA Jefe 22096

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales a presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 536 -2003-JEF/RENIEC MORDAZA, 7 de noviembre de 2003 Visto, el Informe N° 397-2003-ADRIA/DP/GP/RENIEC, y el Informe N° 673-2003-GAJ/RENIEC, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, de fecha 01 de octubre del 2003. CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Habilitaciones y Cancelaciones del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, en su labor fiscalizadora ha detectado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA BARDALAMA se inscribio en el Registro Electoral de San MORDAZA ­ Provincia de Canete ­ Departamento de MORDAZA, obteniendo la Partida de Inscripcion Nº 15450077. Posteriormente, mediante la utilizacion de alguna sustancia quimica se inserto los datos del supuesto ciudadano MORDAZA MORDAZA HIGA MORDAZA en la Partida de Inscripcion Nº 15450077 correspondiente al ciudadano MORDAZA MORDAZA BARDALAMA, y con fecha 21 de MORDAZA del 2001, el ciudadano llamado MORDAZA MORDAZA HIGA MORDAZA, solicita la emision del Documento Nacional de Identidad Nº 15450077 a traves del tramite de rectificacion de domicilio. Que, por Informe Dactiloscopico Nº 059/2003-UDGIAIGO-RENIEC del 09 de MORDAZA del 2003, concluye que la verdadera identidad corresponde al ciudadano MORDAZA MORDAZA BARDALAMA titular de la Partida de Inscripcion Nº 15450077, y que el Original de la Partida de Inscripcion Nº 15450077 y Hoja Matriz del Libro Nº 077251 a nombre del verdadero ciudadano MORDAZA MORDAZA BARDALAMA, han

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