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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G30/G33/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, con fecha 24 de setiembre del 2001 se suscribió el Contrato Nº 395-2001-MTC/15.17 con China Electronic Power Technology Import & Export Corporation, para la eje-cución de la obra Mejoramiento y Rehabilitación de la Ca- rretera Ollantaytambo - Alfamayo - Kiteni, Tramo I: Ollanta- ytambo - Abra Málaga; Que, por Resolución Directoral Nº 018-2003-MTC/22 de fecha 22 de enero del 2003, se dispuso la intervención económica de la mencionada obra, designando como in-terventor de la misma al ingeniero Juan Miguel Arévalo Angulo y se encargó a la Gerencia de Administración de PROVÍAS DEPARTAMENTAL, tramitar la apertura de lacuenta corriente mancomunada para el manejo del fondo de intervención económica de la misma; Que, mediante Resolución Directoral Nº 045-2003-MTC/ 22 de fecha 5 de febrero del 2003, se designa como res- ponsable del manejo de la cuenta corriente de la interven- ción económica, en representación de PROVÍAS DEPAR-TAMENTAL al ingeniero Juan Miguel Arévalo Angulo y en representación de China Electric Power Technology Import & Export Corporation al señor Zhang Dong; Que, con Memorándum Nº 1212-2003-MTC/22 de fe- cha 31 de julio del 2003 se dio por concluida, a partir del 31 de julio del 2003, la relación laboral del ingeniero Juan Mi-guel Arévalo Angulo; Que, mediante Carta Notarial Nº 039-2003-MTC/22 de fecha 22 de agosto del 2003, el PROVÍAS DEPARTAMENTAL requirióal ingeniero Juan Miguel Arévalo Angulo para que efectúe la en- trega de las copias de los extractos bancarios y talonarios de las chequeras de las cuentas bancarias del Fondo de IntervenciónEconómica, pedido que fue reiterado mediante Carta Notarial Nº 045-2003-MTC/22 de fecha 4 de setiembre del 2003, otorgándo- sele un plazo de 48 horas de recibida la comunicación para queefectúe la entrega del cargo formal; Que, mediante Informe Nº 099-2003-MTC/22.7.02/JCB del Coordinador de la Obra, se señala que el ingeniero Juan MiguelArévalo Angulo no ha hecho entrega de la rendición y saldos de las cuentas corrientes del Fondo de Intervención Económica de los Bancos de la Nación y Continental, existiendo en esta últimaentidad bancaria, la cuenta corriente Nº 0100062345 por la suma de S/. 12,369.73, que no ha sido entregada a la Entidad; Que, en consecuencia resulta necesario autorizar al Procurador Público de este Ministerio, para que inicie las acciones legales que correspondan contra el ingeniero Juan Miguel Arévalo Angulo, remitiéndose para el efecto los an-tecedentes pertinentes; De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, los Decretos Leyes Nºs. 17537, 17667 yla Ley Nº 27791; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Ministerio de Transportes yComunicaciones, para que en nombre y representación del Estado, inicie y culmine las acciones legales que corres- pondan contra el ingeniero Juan Miguel Arévalo Angulo,por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución.Artículo 2º. - Remitir copia de la presente Resolución Ministerial, así como los antecedentes del caso menciona-do, al Procurador Público, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22026 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 995-2003-MTC/02 Lima, 24 de noviembre de 2003 Visto, la Nota de Elevación Nº 090-2003-MTC/21 y sus antecedentes, mediante los cuales se solicita que se auto- rice al Procurador Público a cargo de los asuntos judicia- les del Ministerio de Transportes y Comunicaciones paraque en representación del Estado, proceda a la interposi- ción de las acciones legales que correspondan para obte- ner el pago del saldo a favor del Proyecto Especial de In-fraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, de- rivado de la Liquidación Final del Contrato de Obra Nº 732- 97-MTC/15.03.PERT-PCR, aprobada mediante ResoluciónDirectoral Nº 1552-2000-MTC/15.02.PERT-PCR; CONSIDERANDO:Que, con fecha 7 de noviembre de 1997 el Programa de Caminos Rurales del Proyecto Especial RehabilitaciónInfraestructura de Transportes suscribió el Contrato de Obra Nº 732-97-MTC/15.03.PERT-PCR con la empresa Inver- siones Jona S.R.Ltda. para la ejecución de la Obra de Ca-mino Rural: Shoclla - Ticllos - Corpanqui - Canis - Llaclla - Coca - Emp. RD 106, Pavimentación de Corpanqui; Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC, se crea el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Rural - PROVÍAS RURAL, estableciendo que los derechos y obligaciones del Programa de Caminos Rurales del Pro-yecto Especial Rehabilitación Infraestructura de Transpor- tes serán asumidos por el PROVÍAS RURAL; Que, por Resolución Directoral Nº 807-99-MTC/ 15.02.PERT-PCR se resolvió administrativamente el Con- trato de Obra Nº 732-97-MTC/15.03.PERT-PCR por falta de capacidad económica, técnica y administrativa del Con-tratista para ejecutar la obra; Que, mediante Resolución Directoral Nº 1552-2000- MTC/15.02.PERT-PCR, se aprobó la Liquidación Final delContrato de Obra Nº 732-97-MTC/15.03-PERT-PCR, la cual ha quedado consentida al no haberse interpuesto recurso impugnativo alguno; Que, de acuerdo a la Liquidación Final del Contrato de Obra, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 1552- 2000-MTC/15.02.PERT-PCR, existe un Saldo Deudor aFavor de la Entidad, PROVÍAS RURAL, por la suma de S/. 69,333.93 (Sesenta y Nueve Mil Trescientos Treinta y Tres y 93/100 Nuevos Soles); REQUISITO PARA PUBLICACIÓN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivosy sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán ademásremitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.peDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU