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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (27/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 31

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G30/G33/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 sido presentada por el postor favorecido con la Buena Pro del citado proceso de selección; Que, el literal g) del numeral 5.4 de las Bases Inte- gradas de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496- 2003-PROVÍAS NACIONAL, señala que en la OfertaTécnica de las propuestas técnicas se debe conside- rar las condiciones y características técnicas señala- das en los Anexos 3 y 4. Asimismo, deberá indicarse larelación de herramientas y/o equipos con que se cuen- ta, según testimonio de constitución así como del per- sonal, el que debe estar conformado por trabajadorescon experiencia en labores de mantenimiento en carre- teras asfaltadas. Asimismo, se presentará los currícu- los documentados del personal operativo, resaltandoque el personal presentado en el Formato 6, será el que indefectiblemente realizará el servicio contratado. De comprobarse lo contrario al momento de iniciar elservicio, se incurre en causal de rescisión del contrato; Que, de conformidad con el numeral 2.3.2 del Anexo 5: Factores de Evaluación de Propuestas de las cita-das Bases Integradas, en el rubro Personal Obrero Ca- lificado se otorgará un puntaje máximo de 40 puntos, el cual será asignado individualmente, a un número máxi-mo de 10 personas que hayan sido incluidos en el For- mato 6, adjuntando el currículo documentado, con ex- periencia para realizar las labores de mantenimiento decarreteras asfaltadas. Dicho personal será indefectible- mente el que a la suscripción del contrato efectúe el servicio contratado. La experiencia del personal se acre-ditará con copia simple de los Certificados de Trabajo, Constancias o los respectivos contratos hasta un máxi- mo de 10 documentos, todos relacionados con el man-tenimiento de carreteras asfaltadas. Se otorgará 4 pun- tos por cada persona que acredite tener de 2 a 3 años de experiencia; 3 puntos por cada persona que acredi-te tener de 1 a 2 años de experiencia; y 2 puntos por cada persona que acredite tener menos de 1 año de experiencia; Que, entre los documentos presentados en la propues- ta técnica del postor Sermanviadre S.R.L., se encuentran los Certificados de Trabajo del personal propuesto en elFormato 6, con los cuales se acredita la experiencia del personal obrero calificado propuesto; Que, teniendo en cuenta el principio de presunción de veracidad, los documentos presentados en la propuesta técnica y la Declaración Jurada sobre la responsabilidad de la veracidad de los documentos e información que pre-senta el postor Sermanviadre S.R.L., no se encuentra sus- tento legal para considerar que la documentación presen- tada no se ajusta a la verdad; así como tampoco se en-cuentra sustento para solicitar información adicional a la presentada en su propuesta técnica, como sería el caso de solicitarle el compromiso de trabajo de las personaspropuestas; Que, asimismo, Sermanviadre S.R.L., se ha compro- metido a realizar el trabajo con el personal propuesto en supropuesta técnica, en caso de ser beneficiario con la bue- na pro, compromiso que de no cumplirse de acuerdo a lo establecido en las Bases así como en el modelo de contra-to será motivo de análisis en la ejecución del contrato; Que, por otro lado, de conformidad con la Ley Nº 27143, modificado por Decreto de Urgencia Nº 064-2000 y Ley Nº27633, así como los Comunicados Nº 014-2001 (PRE) y 015-2001 (PRE) del Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, es aplicable alpresente proceso de selección la bonificación adicional en 20% a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaboradoso prestados dentro del territorio nacional, para lo cual es necesario que los postores hayan presentado en su pro- puesta técnica la Declaración Jurada a que se contrae elartículo 56º del Reglamento, en la cual señalen que el bien o servicio ha sido elaborado o prestado dentro del territorio nacional, tomando en consideración las definiciones da-das para tales efectos por el Decreto Supremo Nº 003-2001- PCM y la Resolución Ministerial Nº 043-20001-ITINCI/DM, sin embargo, de acuerdo al Acta de fecha 3 de octubre del2003, no se ha aplicado la bonificación adicional en 20% a la sumatoria de la calificación técnica y económica de los postores que han cumplido con presentar dicha Declara-ción Jurada; Que, de la revisión del expediente se desprende que los postores Sermanviadre S.R.L. en el folio 10 de su pro-puesta técnica, SERCAR S.A.C. en el folio 004 de su pro- puesta técnica y Andes Sur S.R.L. en el folio 4 de su pro-puesta técnica, han cumplido con presentar la Declaración Jurada del Formato 3 de las Bases, por lo que el Comité Especial Permanente debió otorgarles la bonificación adi-cional del 20% a la sumatoria de la calificación técnica y económica; Que, de acuerdo a lo señalado por el artículo 26º del Reglamento citado, el Titular del Pliego o la máxima autori- dad administrativa de la Entidad, según corresponda po- drá declarar de oficio la nulidad del proceso de selecciónpor contravención de las normas legales, debiendo expre- sar en la resolución que expida la etapa a la que se retro- traerá el proceso; Que, en tal sentido, y habiéndose verificado la infrac- ción de la Ley Nº 27143, modificado por Decreto de Urgen- cia Nº 064-2000 y Ley Nº 27633, corresponde declarar nuloel otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL, debiendo retrotraerse el proceso hasta la etapa de evaluación de pro-puestas, en consecuencia el Comité Especial Permanente deberá otorgar la bonificación del 20% a la sumatoria de las propuestas técnica y económica de los postores quehayan cumplido con presentar la declaración jurada corres- pondiente; De conformidad con las Bases Integradas de la Adjudi- cación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIO- NAL, el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM, su Reglamento, aprobado por De- creto Supremo Nº 013-2001-PCM y sus modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar infundado el recurso de apela- ción presentado por SERCAR S.A.C. contra el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496-2003-PROVÍAS NACIONAL, para la contratación deuna empresa que preste el servicio de mantenimiento ruti- nario por resultados en la carretera Binacional Ilo - Des- aguadero, Sub Tramo III: Km. 135+000 - Km. 185+000,Sector Cuellar - Sector Chilligua, por los fundamentos ex- puestos en la parte considerativa de la presente Resolu- ción. Artículo 2º.- Declarar de oficio nulo el otorgamiento de la Buena Pro de la Adjudicación Directa Selectiva Nº 496- 2003-PROVÍAS NACIONAL, para la contratación de unaempresa que preste el servicio de mantenimiento rutinario por resultados en la carretera Binacional Ilo - Desaguade- ro, Sub Tramo III: Km. 135+000 - Km. 185+000, SectorCuellar - Sector Chilligua, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución, de- biendo retrotraerse el proceso hasta la etapa de evalua-ción de propuestas, en consecuencia, el Comité Especial Permanente deberá otorgar la bonificación del 20% a la sumatoria de las propuestas técnica y económica de lospostores que hayan cumplido con presentar la declaración jurada correspondiente. Artículo 3º.- Transcribir a los miembros del Comité Especial Permanente la presente Resolución. Artículo 4º.- La presente Resolución deberá ser publi- cada en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5)días de su expedición. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 22025 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G63/G75/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G73/G61/G6C/G64/G6F/G73/G61/G20/G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G44/G45/G50/G41/G52/G54/G41/G4D/G45/G4E/G54/G41/G4C/G79/G20/G50/G52/G4F/G56/GCD/G41/G53/G20/G52/G55/G52/G41/G4C RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 994-2003-MTC/02 Lima, 24 de noviembre de 2003