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/G50/GE1/G67/G2E/G20/G32/G35/G36/G30/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 27 de noviembre de 2003 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G73/G6F/G6C/G75/G63/G69/GF3/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G63/G69/G73/G61/G20/G61/G63/G74/G69/G2D /G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G61/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G73/G65/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G6D/G61/G72/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G66/G6F/G72/G6F/G20/G93/G41/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G94 Lima, veinte de noviembre del dos mil tres. VISTO Y CONSIDERANDO; la Resolución Administra- tiva de Presidencia del Poder Judicial número doscientos cinco guión dos mil tres guión P guión PJ, mediante la cual se efectúa algunas precisiones en cuanto a las actividades que se realizarán en el marco del Programa del foro “Acuer- do Nacional por la Justicia”, a efectos de permitir un traba- jo articulado con la Comisión Especial para la Reforma In- tegral de la Administración de Justicia (CERIAJUS), des- pués de un amplio debate la Sala Plena de la Corte Supre- ma de Justicia de la República, en Sesión Extraordinaria de la fecha; ACORDÓ:Aprobar la Resolución Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial número doscientos cinco guión dos mil tres guión P guión PJ, modificándose en este sentido los términos del anterior acuerdo de Sala Plena del diecisiete de los corrientes. Regístrese y comuníquese.HUGO SIVINA HURTADO Presidente 22137 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 J N E /G44/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G6E/G20/G71/G75/G65/G20/G54/G65/G6E/G69/G65/G6E/G74/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G65 /G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G63/G61/G6C/G64/G65/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G76/G6F/G63/G61/G6E/G20/G61/G20/G63/G61/G6E/G64/G69/G64/G61/G2D/G74/G61/G20/G6E/G6F/G20/G70/G72/G6F/G63/G6C/G61/G6D/G61/G64/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G71/G75/G65/G20/G61/G73/G75/G6D/G61/G20/G65/G6C /G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G67/G69/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G6A/G6F/G20/G44/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G61/G6C /G64/G65/G20/G48/G75/G61/G6E/G69/G70/G61/G63/G61/G2C/G20/G70/G72/G6F/G76/G69/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G41/G62/G61/G6E/G63/G61/G79 RESOLUCIÓN Nº 189-2003-JNE Expediente Nº 1003-2003-Vac. Lima, 13 de noviembre de 2003Visto, el expediente Nº 1003-03-vac presentado por el Teniente Alcalde del Concejo Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, re- mitiendo la apelación interpuesta por Celestino Gutié- rrez Huamán, Alcalde de ese distrito, contra el Acuer- do de Concejo Nº 005-MDH-2003, de fecha 13 de octu- bre de 2003, que declara infundada la solicitud de re- consideración del Acuerdo de Concejo Nº 003-MDH- 2003 adoptado en la Sesión Extraordinaria de fecha 8 de setiembre de 2003, que declaró la vacancia de su cargo por las causales de inconcurrencia injustificada y nepotismo; Oídos los informes orales; CONSIDERANDO: Que, el Alcalde vacado refiere que no concurrió a las sesiones ordinarias de fechas 15 y 29 de agosto de 2003, por haber efectuado viajes de carácter oficial, adjuntando al efecto copia de invitaciones, relación de asistentes, bo- letos de viaje y otros; sin embargo, no ha acreditado haber realizado dichos viajes con conocimiento y consentimiento del Concejo; Que, respecto a la inconcurrencia a la sesión de fecha 22 de agosto pasado, el Alcalde vacado refiere haber esta- do delicado de salud conforme al certificado de incapaci- dad temporal para el trabajo de fojas 31 y 244; pero, no ha acreditado haber justificado en tiempo oportuno su incapa- cidad para asistir a dicha sesión, toda vez que el docu-mento que presenta fue expedido el 17 de septiembre últi- mo, es decir, 26 días después de llevada a cabo la sesión y 9 días después de haber sido vacado en el cargo; además, este certificado ha sido observado por los Regidores del Concejo Distrital de Huanipaca mediante Informe de fojas 201, firmado por el Jefe de Servicio de Medicina del Hospi- tal II de Abancay, nosocomio donde se habría expedido el mencionado certificado; Que, la contradicción existente entre el Certificado de fojas 244 y el Informe Médico de fojas 201, hace presumir la comisión del delito de expedición de certificado médico falso, previsto y penado en el artículo 431º del Código Pe- nal, por lo que se deberá remitir copia de las piezas proce- sales pertinentes al Ministerio Público a fin que actúe con- forme a sus atribuciones; Que, asimismo, la vacancia por inconcurrencia del Alcalde del distrito de Huanipaca, señor Celestino Gutié- rrez Huamán está acreditada con el mérito de las co- pias de las sesiones de fechas 15, 22 y 29 de agosto pasado, que corren de fojas 68 a 80, con las convoca- torias efectuadas por el propio Alcalde vacado de fojas 89 a 91, quien reconoce haber convocado a dichas se- siones, tal como aparece en su escrito de fojas 10 a 17; Que, con relación a la causal de vacancia por nepotis- mo, no se ha acreditado en autos que a partir de la vigen- cia de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Alcalde vacado haya tenido injerencia directa o indirecta en la contratación de pariente alguno, dentro de la Munici- palidad Distrital de Huanipaca; Que, conforme lo dispone el artículo 24º de la glosada Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, en caso de vacancia del Alcalde lo reemplaza el Teniente Alcalde, y para completar el número legal de miembros del Concejo se debe convocar al suplente, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral, correspondiendo la suplencia a doña Rossio Tejada Azurín, según documen- tación remitida por el Jurado Electoral Especial de Aban- cay; El Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribu- ciones; RESUELVE:Artículo Primero.- Declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por Celestino Gutiérrez Huamán con- tra el Acuerdo de Concejo Nº 003-MDH-2003, adoptado en la Sesión Extraordinaria de fecha 8 de setiembre de 2003; en consecuencia, Confirmar los Acuerdos de Concejo Nºs. 003 y 005-MDH-2003 adoptados por el Concejo Distrital de Huanipaca con fechas 8 de setiembre y 13 de octubre de 2003, respectivamente. Artículo Segundo.- Don Santiago Amao Carrasco, asu- me el cargo de Alcalde en el Concejo Distrital de Huanipa- ca, provincia de Abancay, departamento de Apurímac, para completar el período de gobierno municipal 2003 - 2006, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Tercero.- Convocar a la ciudadana Rossio Te- jada Azurín, candidata no proclamada del Partido Perú Posible, para que asuma el cargo de Regidora en el Con- cejo Distrital de Huanipaca, provincia de Abancay, depar- tamento de Apurímac, para completar el período de go- bierno municipal 2003 - 2006, otorgándosele la respectiva credencial. Artículo Cuarto.- Remitir al Ministerio Público los do- cumentos de fojas 201 y 244, a fin que efectúe las investi- gaciones conforme a sus atribuciones, dejando copias cer- tificadas en autos. Artículo Quinto.- Las autoridades políticas y policia- les prestarán las garantías que requiera el cumplimiento de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ - PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENAS VELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN - LANDA CÓRDOVA, Secretario General 22016