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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (28/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 136

TEXTO PAGINA: 125

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G31 /G50/G52/G4F/G59/G45/G43/G54/G4F Lima, viernes 28 de noviembre de 2003 FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU DIARIO OFICIAL Director: HUGO COYA HONORES Lima, vi ernes 28 de noviembre de 2003 /G53/G45/G50/G41/G52/G41/G54/G41/G20/G20/G45/G53/G50/G45/G43/G49/G41/G4CMinisterio de Economía y FinanzasREPUBLICADELPERU Proyecto de Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal Con el objetivo de recibir comentarios y sugerencias, el Ministerio de Economía y Finanzas pone a consideración de los alcaldes,público y sectores interesados, el contenido del Proyecto de Decreto Legislativo que modifica el Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, el mismo que ha sido elaborado en base alas facultades legislativas otorgadas por el numeral 16 del Artículo1º de la Ley Nº 28079, el cual permite al Poder Ejecutivo dictarnormas que permitan hacer más eficientes la recaudación yadministración de los tributos municipales, sin que ello implique incrementar las tasas máximas de los impuestos. Cabe indicar que el citado Proyecto tiene como objetivos perfeccionar la aplicación de los impuestos municipales, con elobjeto de cubrir vacíos legales, así como actualizar el marconormativo que regula la aplicación de tasas por parte de los gobiernos locales y lograr la eficiencia en la gestión de la administración tributaria municipal a través de su simplificación,los mismos que se enmarcan dentro de las facultades legislativasotorgadas al Poder Ejecutivo por la Ley Nº 28079. Las sugerencias a dicho documento podrán ser remitidas a la dirección electrónica: dgpip@mef .gob.pe hasta el 12 de diciembre del 2003.PREPUBLICACIÓN