Norma Legal Oficial del día 29 de noviembre del año 2003 (29/11/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, sabado 29 de noviembre de 2003

NORMAS LEGALES

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2. Encargar a la Oficina de Planificacion y Presupuesto el cumplimiento de los tramites correspondientes con arreglo a Ley. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 22227

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO
Adecuan disposiciones de las Ordenanzas Nºs.100 y 130-MML sobre incentivos pecuniarios a funcionarios de la municipalidad
ORDENANZA Nº 127 MORDAZA MORDAZA del Triunfo, 22 de noviembre del 2003 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE MORDAZA MORDAZA DEL TRIUNFO POR CUANTO: En Sesion Extraordinaria de Concejo de fecha 22 de noviembre del 2003, bajo la presidencia del senor MORDAZA Dr. MORDAZA Ipenza MORDAZA y con la asistencia de los senores Regidores Sr. MORDAZA Yrribarren MORDAZA, Srta. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. Eudaldo Viches MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Izarra MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA Vara MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Escajadillo; se trato sobre incentivos pecuaniarios para funcionarios de la Entidad; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo establecido en el Art. 191º de la Constitucion Politica vigente, las Municipalidades Provinciales y Distritales, tienen autonomia politica, economica y administrativa; Que, de acuerdo al Art. 39º de la Nueva Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, los Concejos Municipales ejercen funciones de gobierno mediante Ordenanzas y Acuerdos; Que, conforme a lo estipulado en el Art. 40º de la mencionada Ley, las Ordenanzas son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, mediante las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, mediante Ordenanza Nº 100-MML, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 03.DICIEMBRE.96, se establecio el Regimen Laboral de los Trabajadores de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, la misma que fue modificada por la Ordenanza Nº 130-MML de fecha 17.NOVIEMBRE.97; Que, en la indicada Ordenanza, se prescribe en la MORDAZA parte del MORDAZA parrafo del Art. 4º, que excepcionalmente, mediante Resolucion de Alcaldia, durante el ejercicio presupuestal en curso, se puede regular a favor de los trabajadores municipales "incentivos pecuniarios" de caracter temporal, extraordinario y no pensionable, de abono en forma directa o indirecta por razones de productividad, eficiencia y cumplimiento de objetivos y metas institucionales, pudiendo aplicarse solo en el caso que se cuente con el correspondiente financiamiento asi como la prevision presupuestal respectiva; Que, las remuneraciones de los funcionarios de la Institucion se encuentran por debajo del promedio de las remuneraciones mensuales que perciben funcionarios de similar nivel jerarquico en otros gobiernos locales de MORDAZA

Metropolitana; asimismo estas, en relacion a las que perciben servidores contratados y permanentes de la Entidad, son casi similares; Que, lo anteriormente, no esta en relacion directa al trabajo que realizan los funcionarios de esta Municipalidad, aunando al grado de responsabilidad y tareas que a diario asumen, por lo que debe dictarse la medida legal respectiva que incentive, reconozca y premie pecuniariamente esta labor; Que, sin embargo, estando a nuestra realidad economica y financiera estos incentivos pecuniarios deberan efectuarse solo mensualmente, siempre y cuando exista el correspondiente financiamiento asi como la prevision presupuestal respectiva y su otorgamiento debera regularse aplicando los criterios de productividad, eficiencia y cumplimiento de los objetivos y metas institucionales para que MORDAZA adecuadamente aplicados; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 178-2002/MVMT de fecha 15.DICIEMBRE.2002 se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura (P.I.A.) de la Municipalidad Distrital de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, para el Ano Fiscal 2003, habiendose previsto en el Grupo del Gasto 5.1. Personal y Obligaciones Sociales, la disponibilidad presupuestal para las remuneraciones e ingresos de los funcionarios de la Entidad que ocupan cargos de confianza, en los niveles remunerativos F-1, F-2 y F-3, cobertura que tambien debera ser prevista en los P.I.A. de los proximos anos fiscales; Que, mediante Informe Nº 138-2003-OPP/MVMT de la Oficina de Planificacion y Presupuesto; Memorandum Nº 408-2003-OA/ MVMT de la Oficina de Administracion; Informe Nº 623-2003-OAL/MVMT de la Oficina de Asesoria Legal, asi como Proveido Nº 2048-2003-DM/MVMT de la Direccion Municipal, muestran su conformidad economica, financiera, presupuestal y legal a la presente Ordenanza; De conformidad con los Arts. 9º, Inc. 8) y 40º de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; con el MORDAZA Mayoritario de los senores Regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobacion del acta, se ha emitido la siguiente: ORDENANZA QUE SE ADECUA A LA ORDENANZA Nº 100-MML, MODIFICADO POR LA ORDENANZA Nº 130-MML, SOBRE INCENTIVOS PECUNIARIOS A FUNCIONARIOS DE LA ENTIDAD Articulo Primero.- Adecuar en la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA del Triunfo, los alcances y disposiciones de la MORDAZA parte del MORDAZA parrafo del Art. 4º de la Ordenanza Nº 100-MML, modificada por la Ordenanza Nº 130-MML en cuanto a regular los incentivos pecuniarios a los funcionarios de la Entidad. Articulo Segundo.- Los incentivos pecuniarios seran de caracter temporal, extraordinario y no pensionable de abono en forma directa o indirecta, no generando carga social a la Municipalidad. Articulo Tercero.- Los incentivos pecuniarios podran ser abonados mensualmente, siempre y cuando exista el correspondiente financiamiento asi como la prevision presupuestal respectiva. Articulo Cuarto.- Para la aplicacion de los incentivos pecuaniarios se tomara en cuenta en los funcionarios acreedores de dicho beneficio el cumplimiento de los siguiente criterios: a) Productividad. b) Eficiencia. c) Cumplimiento de los objetivos y metas institucionales. Articulo Quinto.- Para el criterio de Productividad se tendra en cuenta: a) Participacion activa en la formulacion e implementacion de instrumentos normativos y/o tecnicos que beneficie a la Entidad y/o colectividad villamariana. b) MORDAZA de propuestas a la Entidad orientadas a optimizar el funcionamiento de la MORDAZA y por tanto el mejoramiento de la calidad de MORDAZA de los pobladores del distrito. c) Asistencia y Participacion activa en comisiones de trabajo y/o encargos especiales dispuestos por el Despacho de Alcaldia y/o Direccion Municipal. d) Cumplimiento de las actividades mensuales programadas por el Area a que pertenece. Articulo Sexto.- Para el criterio de Eficiencia se tendra en cuenta lo siguiente:

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