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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G36/G32/G31/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 29 de noviembre de 2003 ACUERDA: Primero.- DEJAR SIN EFECTO el artículo tercero del Acuerdo Nº 0015-2003 de fecha 24 de octubre del 2003. Segundo.- DISPENSAR el presente Acuerdo del trá- mite de aprobación del Acta. Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial El Peruano y en el diario “El Callao”. POR TANTO: Mando regístrese, comuníquese y publíquese.ROGELIO CANCHES GUZMÁN Presidente del Consejo Regional 22361 GOBIERNO REGIONAL DE AMAZONAS /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G63/G72/G65/G61/G72/G20/G50/G61/G62/G65/G6C/G6C/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F /G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 010-2003-CR/RA El Consejo Regional de Amazonas Ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO:Que, con fecha 21 de noviembre de 1832, el Congreso de la República Peruana aprobó la ley cuyo artículo prime-ro creó un nuevo departamento denominado Amazonas, conformado por las provincias de Chachapoyas, Pataz y Maynas; Que, con la promulgación de la ley antes citada y otras posteriores la colectividad amazonense quedó agrupada como una unidad políticamente organizada, reconocida porel Gobierno Central e integrada en un territorio geográfica- mente organizado, forjándose con este antecedente histó- rico la identidad “Amazonense”; Que, conforme a lo dispuesto por el artículo 190º de la Ley Nº 27680 - Ley de Reforma Constitucional del Capítulo XIV del Título IV, sobre descentralización; el proceso deregionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actua- les departamentos y la provincia constitucional del Callao, definiendo a estos gobiernos como gobiernos regionales;siendo concordante con el artículo 30º numeral 3.1 de la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización; Que, conforme el artículo tercero de la Ley Nº 27867, “Ley Orgánica de Gobiernos Regionales”, éstos tienen ju- risdicción en el ámbito de sus respectivas circunscripcio- nes territoriales, conforme a ley: constituyendo ésta, parael caso de la Región Amazonas, el mismo departamento incluyendo a las provincias de: Chachapoyas, Bagua, Ut- cubamba, Bongará, Luya, Rodríguez de Mendoza y Con-dorcanqui; Que, asimismo, es política del Gobierno Regional de Amazonas, propiciar la afirmación y significado colectivode identidad regional, mediante el diseño de su pabellón como símbolo emblemático de nuestros valores regiona- les, contribuyendo a la construcción de una mayor con-ciencia regional, y que manifieste la afirmación y significa- do colectivo propio de la Región Amazonas; Que, para resaltar el acontecimiento, se sugiere hacer coincidir el estreno del pabellón, con la celebración del aniversario de la región, a fin de tener en cuenta el antece- dente histórico de la creación del departamento de Ama-zonas; Por lo que estando a lo dispuesto por el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales,y en atención a lo aprobado por el Consejo Regional en su sesión ordinaria llevada a cabo el 2 de octubre del 2003; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la creación del pabellón del Gobierno Regional Amazonas, siendo sus medidas ofi-ciales de 2.30 metros de ancho y 1.50 metros de altura,haciendo uso de los colores blanco, verde claro y rojo, y el logotipo de la región al centro, diseño que como anexo for- ma parte de la presente. Artículo Segundo.- AUTORIZAR a la Secretaría del Consejo Regional, la publicación de la presente Ordenan- za Regional en el diario encargado de las publicaciones regionales, disponiéndose su inclusión en el portal electró-nico del Gobierno Regional. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Amazonas para su promulgación. En San Juan de la Frontera de los Chachapoyas, a los diez días del mes de octubre del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Publíquese y cúmplase. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Amazonas, a los diez días del mes de octubre del dos mil tres. MIGUEL REYES CONTRERAS Presidente del Gobierno Regionalde Amazonas 20302 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G65/G6A/G65/G72/G63/G69/G63/G69/G6F/G20/G66/G69/G73/G2D/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 530-2003-GR-CAJ/PR Cajamarca, 26 de setiembre de 2003 VISTO:El Oficio Nº 692-2003-GR-CAJ-DRA, de fecha 19 de setiembre del 2003; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento del visto, el Director Re- gional de Administración, solicita la emisión de acto admi- nistrativo que incluya en el Plan Anual de Adquisiciones2003 del Gobierno Regional Cajamarca, procesos de se- lección de menor cuantía; Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 059- 2003-RECAJ-PR se aprobó el Plan Anual de Adquisicio- nes 2003 del Gobierno Regional Cajamarca; Que, de conformidad con el Art. 7º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, el Plan Anual de Adquisiciones puede ser modificado de conformidad con