Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2003 (02/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 93

MORDAZA, jueves 2 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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Que, estos hechos se encuentran debidamente calificados como falta en el Art. 28º Incs. a) y b) del D. Leg. Nº 276, por no haber cumplido cabalmente con las responsabilidades y obligaciones establecidas en el Art. 21º del referido cuerpo legal y la seccion I del Capitulo III, Titulo V del MOF; Que, en tal sentido, y estando a los fundamentos expuestos por la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro, senala que con la finalidad de determinar el grado de responsabilidad de los hechos y garantizar el derecho de defensa del ex servidor opina que se instaure MORDAZA administrativo disciplinario en contra del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de Informatica, por lo que debe emitirse la presente disposicion; Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia administrativa, economica y normativa por mandato del Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado; Por los fundamentos expuestos, en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Oficina de Informatica de la Municipalidad Provincial de Azangaro, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente disposicion. Articulo 2º.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro y proceder conforme a sus atribuciones en el plazo de los 30 dias conforme senala el Art. 163º del D.S. Nº 05-90-PCM, Reglamento del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Articulo 3º.- CONCEDER al citado ex servidor el derecho de presentar ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios los descargos de ley y pruebas que crea convenientes para ejercer su legitimo derecho de defensa, dentro del termino de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente disposicion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18025 RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 319-03/A-MPA/P Azangaro, 9 de septiembre del 2003 VISTO: El Informe Nº 004-2003-CPPAD/MPA, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 004-2003-CPPAD/MPA, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro, senala que del Informe Nº 162-2002-CG/ORAR (Examen Especial a la Municipalidad Provincial de Azangaro periodo enero de 1999 a junio del 2001 prorrogado al 2002), el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, en el ejercicio de su funcion habria cometido faltas de caracter administrativo disciplinario. Los hechos del informe consisten en lo siguiente: 1. Permitio el pago de remuneraciones en obra (jornales) a la persona de MORDAZA MORDAZA UCHIZA hasta por la suma de S/. 12,495.82, e incluso haberle permitido firmar las planillas cuando dicha persona nunca trabajo

en obra y nunca se identifico como tal, puesto que en la RENIEC no esta registrada y los DNI que anoto en las planillas no existe, segun Oficio Nº 0314-2001-RENIEC/ PCO-PUNO. 2. De la misma forma, el Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha sido nombrado en el cargo de Tesorero I, nivel SPD, sin contar con el grado academico ni tiempo de servicios tal y conforme lo exige el D.S. Nº 057-86-PCM, y la R.J. Nº 395-96-INAP/J. Que, estos hechos se encuentran debidamente calificados como falta en el Art. 28º Incs. a), b) y f) del D. Leg. Nº 276, por no haber cumplido cabalmente con las responsabilidades y obligaciones establecidas en el Art. 21º del referido cuerpo legal y el Art. 46º del ROF aprobado por Edicto Nº 02-99-MPA y la Seccion IV del Capitulo III, Titulo V del MOF; Que, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azangaro opina que, con la finalidad de determinar el grado de responsabilidad de los hechos y garantizar el derecho de defensa del ex servidor, se instaure MORDAZA administrativo disciplinario en contra del Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria, por lo que debe emitirse la presente disposicion; Que, las Municipalidades son organos de Gobierno Local que tienen autonomia administrativa, economica y normativa en los asuntos de su competencia, por mandato del Art. 194º de la Constitucion Politica del Estado; Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo 1º.- INSTAURAR MORDAZA Administrativo Disciplinario al Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, ex Jefe de la Unidad de Tesoreria de la Municipalidad Provincial de Azangaro, por los motivos expuestos en la parte considerativa de la presente disposicion. Articulo 2º.- REMITIR los actuados a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y proceder conforme a sus atribuciones en el plazo de los 30 dias conforme senala el Art. 163º del D.S. Nº 0590-PCM, Reglamento del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico. Articulo 3º.- CONCEDER al citado ex servidor el derecho de presentar ante la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios los descargos de ley y pruebas que crea convenientes para ejercer su legitimo derecho de defensa, dentro del termino de cinco (5) dias habiles, contados a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente disposicion. Registrese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 18026

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO MORDAZA MORDAZA
Exoneran del MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa selectiva la adquisicion de bien inmueble
ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2003-MDASA MORDAZA MORDAZA, 23 de setiembre de 2003 VISTOS: La Sesion de Concejo Municipal de fecha 22 de setiembre del 2003; y,

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