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PÆg. 252423 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de octubre de 2003 Que, estos hechos se encuentran debidamente calificados como falta en el Art. 28º Incs. a) y b) del D.Leg. Nº 276, por no haber cumplido cabalmente con lasresponsabilidades y obligaciones establecidas en el Art.21º del referido cuerpo legal y la sección I del CapítuloIII, Título V del MOF; Que, en tal sentido, y estando a los fundamentos expuestos por la Comisión Permanente de ProcesosAdministrativos Disciplinarios de la Municipalidad Pro-vincial de Azángaro, señala que con la finalidad de deter-minar el grado de responsabilidad de los hechos y ga-rantizar el derecho de defensa del ex servidor opina que se instaure proceso administrativo disciplinario en con- tra del Sr. Carlos Chambi Ruelas, ex Jefe de Informática,por lo que debe emitirse la presente disposición; Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía administrativa, económica ynormativa por mandato del Art. 194º de la Constitución Política del Estado; Por los fundamentos expuestos, en uso de las facul- tades conferidas por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº27972 - Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE: Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al Sr. Carlos Chambi Ruelas, ex Jefe de laOficina de Informática de la Municipalidad Provincial deAzángaro, por los motivos expuestos en la parte conside-rativa de la presente disposición. Artículo 2º.- REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinariosde la Municipalidad Provincial de Azángaro y procederconforme a sus atribuciones en el plazo de los 30 díasconforme señala el Art. 163º del D.S. Nº 05-90-PCM,Reglamento del D. Leg. Nº 276 - Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público. Artículo 3º.- CONCEDER al citado ex servidor el derecho de presentar ante la Comisión Permanente deProcesos Administrativos Disciplinarios los descargosde ley y pruebas que crea convenientes para ejercer su legítimo derecho de defensa, dentro del término de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de lanotificación de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y archívese. PERCY CHOQUE RAMOS Alcalde 18025 RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 319-03/A-MPA/P Azángaro, 9 de septiembre del 2003 VISTO: El Informe Nº 004-2003-CPPAD/MPA, de la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinariosde la Municipalidad Provincial de Azángaro; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Informe Nº 004-2003-CPPAD/MPA, la Comisión Permanente de Procesos AdministrativosDisciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azánga-ro, señala que del Informe Nº 162-2002-CG/ORAR (Exa-men Especial a la Municipalidad Provincial de Azángaro período enero de 1999 a junio del 2001 prorrogado al 2002), el Sr. Sixto Condori Vilca, ex Jefe de la Unidad deTesorería, en el ejercicio de su función habría cometidofaltas de carácter administrativo disciplinario. Los he-chos del informe consisten en lo siguiente: 1. Permitió el pago de remuneraciones en obra (jor- nales) a la persona de CÉSAR MAMANI UCHIZA hastapor la suma de S/. 12,495.82, e incluso haberle permitidofirmar las planillas cuando dicha persona nunca trabajóen obra y nunca se identificó como tal, puesto que en la RENIEC no está registrada y los DNI que anotó en lasplanillas no existe, según Oficio Nº 0314-2001-RENIEC/PCO-PUNO. 2. De la misma forma, el Sr. Sixto Condori Vilca ha sido nombrado en el cargo de Tesorero I, nivel SPD, sin contar con el grado académico ni tiempo de servicios tal y conforme lo exige el D.S. Nº 057-86-PCM, y la R.J. Nº395-96-INAP/J. Que, estos hechos se encuentran debidamente calificados como falta en el Art. 28º Incs. a), b) y f) del D. Leg. Nº 276, por no haber cumplido cabalmente con las responsabilidades y obligaciones establecidas en el Art.21º del referido cuerpo legal y el Art. 46º del ROF apro-bado por Edicto Nº 02-99-MPA y la Sección IV del Capí-tulo III, Título V del MOF; Que, la Comisión Permanente de Procesos Adminis- trativos Disciplinarios de la Municipalidad Provincial de Azángaro opina que, con la finalidad de determinar elgrado de responsabilidad de los hechos y garantizar elderecho de defensa del ex servidor, se instaure procesoadministrativo disciplinario en contra del Sr. Sixto Con-dori Vilca, ex Jefe de la Unidad de Tesorería, por lo que debe emitirse la presente disposición; Que, las Municipalidades son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía administrativa, económica ynormativa en los asuntos de su competencia, por man-dato del Art. 194º de la Constitución Política del Estado; Por las consideraciones expuestas, en uso de las facultades conferidas por el Art. 20º Inc. 6) de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades; SE RESUELVE:Artículo 1º.- INSTAURAR Proceso Administrativo Disciplinario al Sr. Sixto Condori Vilca, ex Jefe de la Uni- dad de Tesorería de la Municipalidad Provincial de Azán-garo, por los motivos expuestos en la parte conside-rativa de la presente disposición. Artículo 2º.- REMITIR los actuados a la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios y proceder conforme a sus atribuciones en el plazo de los 30 días conforme señala el Art. 163º del D.S. Nº 05-90-PCM, Reglamento del D. Leg. Nº 276 - Ley de Basesde la Carrera Administrativa y de Remuneraciones delSector Público. Artículo 3º.- CONCEDER al citado ex servidor el derecho de presentar ante la Comisión Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios los descargosde ley y pruebas que crea convenientes para ejercer sulegítimo derecho de defensa, dentro del término de cinco(5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de lanotificación de la presente disposición. Regístrese, comuníquese y archívese. PERCY CHOQUE RAMOS Alcalde 18026 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ALTO SELVA ALEGRE Exoneran del proceso de selección de adjudicación directa selectiva la ad-quisición de bien inmueble ACUERDO DE CONCEJO Nº 013-2003-MDASA Selva Alegre, 23 de setiembre de 2003 VISTOS: La Sesión de Concejo Municipal de fecha 22 de se- tiembre del 2003; y,