Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (02/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 78

PÆg. 252408 NORMAS LEGALES Lima, jueves 2 de octubre de 2003 INPE Declaran nulidad de la Licitación Pœ- blica Nacional N” 0001-2003-INPE-DGI RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 643-2003-INPE/P Lima, 30 de setiembre de 2003 VISTO, el Oficio Nº 975-2003-INPE/15, de fecha 30 de setiembre de 2003 de la Dirección General de Infra- estructura y Oficio Nº 1402-2003-INPE/07 de fecha 30 de setiembre de 2003 de la Oficina General de AsesoríaJurídica, documentos recepcionados por SecretaríaGeneral del INPE el día 30 de setiembre de 2003; CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 975-2003-INPE/15, la Di- rección General de Infraestructura, solicita se declare la nulidad del Proceso de Selección de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-INPE-DGI, Obra "ME-JORAMIENTO DE LÍNEA DE IMPULSIÓN DEL SISTE-MA DE BOMBEO DE AGUAS SERVIDAS EN EL E.P.TUMBES" y "MEJORAMIENTO DE LÍNEA DE IMPUL-SIÓN DEL SISTEMA DE BOMBEO DE AGUAS SERVI- DAS EN EL E.P. TUMBES - OBRAS COMPLE- MENTARIAS: MEJORAMIENTO DE CÁMARA DE BOM-BEO DE AGUAS SERVIDAS"; Que, mediante Informe Nº 004-2003-INPE-15/CELP de fecha 29 de setiembre del 2003, la Presidenta delComité Especial de la Licitación Pública Nacional Nº 0001- 2003-INPE-DGI, señala que con fecha 29 de setiembre a horas 18.00 la empresa PERSEO INGENIEROS SACremitió el fax por el cual señaló que no se le había notifi-cado la integración de las Bases; Que, la Presidenta en mención señala que este hecho se debió a que en el registro de venta de Bases Administrativas se consignó un número telefónico erra- do; además, en el fax que PERSEO INGENIEROSSAC remitió al Comité Especial, figura el membrete dela empresa CONSTRUCTORA DOBLE M S.A.C., tam-bién adquirente de las Bases, lo que motivó la imposi-bilidad de notificar la integración de las Bases a dicho adquirente; en tal sentido, de acuerdo con el principio de transparencia y equidad señalado en el artículo 3ºde la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do, debe declararse la nulidad del Proceso de Selec-ción; Que, de conformidad con el artículo 26º del Regla- mento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PCM, dispone que el Titular del Pliegopodrá declarar de oficio la nulidad del proceso de selec-ción por alguna de las causales establecidas en el artí-culo 57º de la Ley; esto es, cuando hayan sido dictados por órgano incompetente, contravengan las normas le- gales, contengan un imposible jurídico, o prescindan delas normas esenciales del procedimiento o de la formaprescrita por la normatividad aplicable; Que, ante lo expuesto resulta necesario declarar la nulidad del Proceso de Selección de la Licitación Pública Nacional Nº 0001-2003-INPE-DGI, Obra "MEJORA- MIENTO DE LÍNEA DE IMPULSIÓN DEL SISTEMA DEBOMBEO DE AGUAS SERVIDAS EN EL E.P. TUMBES"y "MEJORAMIENTO DE LÍNEA DE IMPULSIÓN DELSISTEMA DE BOMBEO DE AGUAS SERVIDAS EN ELE.P. TUMBES - OBRAS COMPLEMENTARIAS: MEJO- RAMIENTO DE CÁMARA DE BOMBEO DE AGUAS SERVIDAS", retrotrayéndolo a la etapa de integración delas Bases; Con lo informado por la Dirección General de Infra- estructura, opinión de la Oficina General de AsesoríaJurídica; y contando con la visación de los miembros del Consejo Nacional Penitenciario, Oficinas Generales de Administración y Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PCM, su Reglamento aprobado por Decreto SupremoNº 013-2001-PCM, Resolución Ministerial Nº 040-2001-JUS - Reglamento de Organización y Funciones del Ins-tituto Nacional Penitenciario y a las facultades conferi-das mediante Resolución Suprema Nº 364-2001-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la nulidad de la Licitación Pú- blica Nacional Nº 0001-2003-INPE-DGI, Obra "MEJORA-MIENTO DE LA LÍNEA DE IMPULSIÓN DEL SISTEMA DE BOMBEO DE AGUAS SERVIDAS EN EL E.P. TUM- BES" y "MEJORAMIENTO DE LÍNEA DE IMPULSIÓNDEL SISTEMA DE BOMBEO DE AGUAS SERVIDAS ENEL E.P. TUMBES - OBRAS COMPLEMENTARIAS: ME-JORAMIENTO DE CÁMARA DE BOMBEO DE AGUASSERVIDAS", retrotrayéndolo hasta la etapa de la inte- gración de las Bases. Artículo 2º.- El Comité Especial deberá integrar las Bases y proseguir con las siguientes etapas del proce-so de selección, de acuerdo al nuevo calendario. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) días siguientes a su expedición, bajo responsabilidad. Artículo 4º.- Remitir copia de la presente Resolución a las instancias pertinentes para los fines de ley. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER BUSTAMANTE RODRÍGUEZ Presidente 18069 OFICINA DE NORMALIZACIÓN PREVISIONAL Designan a funcionarios responsables de brindar información al amparo dela Ley N” 27806 y de actualizar el por-tal de Internet de la ONP RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 103-2003-JEFATURA/ONP Lima, 15 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, a través de los artículos 3º, 5º y 8º de la Ley Nº 27806 - Ley de Transparencia y Acceso a la Informa-ción Pública, se establece que las entidades señaladasen el artículo I del Título Preliminar de la Ley Nº 27444,están obligadas a brindar la información que sea reque-rida por los ciudadanos y de la actualización del portal de Internet, para lo cual se designará a los funcionarios responsables para el cumplimiento de tales funciones; Que, mediante el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM - Reglamento de la Ley de Transparen-cia y Acceso a la Información Pública, de fecha 7 deagosto del 2003 se establece que la designación de los funcionarios responsables de entregar la información y del funcionario responsable de la elaboración y actuali-zación del Portal de Internet se efectuará mediante reso-lución de la máxima autoridad de la Entidad; Que, teniendo en cuenta la importancia de tales labo- res y atendiendo a un principio de continuidad para la ejecución de las mismas, resulta conveniente asignar tales funciones a las personas que desempeñen loscargos de Gerente de Administración y Gerente de De-sarrollo respectivamente, en la medida que tales cargosresultan los mas idóneos para el desempeño de estasfunciones en concordancia con los Artículos 15º y 21º de la Resolución Suprema Nº 306-2001-EF; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25967, modificado por la Ley Nº 26323, el artículo 8º