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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G35/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de octubre de 2003 sión del Perú; las actividades de inteligencia y contrainteli- gencia; y para el transporte de alumnos en las Universida- des Públicas. Asimismo, queda exonerada de la aplicación del nume- ral 4.2 del artículo 4º de la citada Ley, los primeros 5 vehí- culos de propiedad de las entidades u organismos; los vehículos que haya sido adquiridos a partir del 1 de enerode 2003; y los vehículos que a la entrada en vigencia de la Ley Nº 28034 hayan sido cedidos en uso a otras entida- des. Artículo 5º.- Precísese que no están comprendidas para efecto de la aplicación del primer párrafo del numeral 3.1 del artículo 3º de la Ley Nº 28034, la designación de fun-cionarios en cargos de confianza en el marco de la Ley Nº 27594; la renovación de los contratos laborales; así como los Convenios de Administración de recursos, costos com-partidos y similares, previstos en el artículo 25º de la Ley Nº 27879. Artículo 6º.- La ejecución de lo dispuesto en el presen- te Decreto Supremo se sujeta estrictamente a la efectiva capacidad financiera de la entidad para asumir los respec- tivos compromisos en el marco de su presupuesto institu-cional, bajo responsabilidad de su titular y del funcionario del pliego que autoriza tal gasto. Artículo 7º.- El presente Decreto Supremo será re- frendado por la Presidenta del Consejo de Ministros, el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro de Sa- lud. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República BEATRIZ MERINO LUCERO Presidenta del Consejo de Ministros JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas ÁLVARO VIDAL RIVADENEYRA Ministro de Salud 18256 /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G50/G6C/G61/G6E/G20/G41/G6E/G75/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G2D /G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G69/G6E/G69/G73/G74/G65/G72/G69/G6F/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C/G20/G61/GF1/G6F/G20/G66/G69/G73/G63/G61/G6C/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 526-2003-EF/43 Lima, 3 de octubre de 2003 Vistos, los Informes Nºs. 193-2003-EF/43.50, 07- 2003-EF/75.21 y 1466-2003-EF/60 de la Oficina Gene- ral de Administración, de la Dirección General de Crédi- to Público y de la Oficina General de Asesoría Jurídica,respectivamente, que sustentan la configuración del supuesto de servicios personalísimos previsto en el in- ciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de laLey de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, así como la consiguiente exoneracióndel proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de información financiera de la Empresa Reuters Limited, la misma que deberá ser rea-lizada mediante el proceso de selección de Adjudica- ción de Menor Cuantía; CONSIDERANDO: Que, dentro de la actual coyuntura económica nuestro país se encuentra incursionando en el mercado finan- ciero internacional y local a través de emisiones de bo-nos soberanos, así como en otras operaciones, para lo cual se requiere efectuar un seguimiento integral y per- manente de la dinámica de los diversos mercados dedeuda en tiempo real, así como el acceso a la informa- ción sobre tasas de interés en los mercados moneta- rios, cotizaciones en las Bolsas de Valores en el mun-do, entre otros;Que, para tal fin, es indispensable la contratación de los servicios de la Empresa Reuters Limited, por cuanto la información financiera de los mercados internacionales que proporciona, constituye una opinión especializada y perso-nalizada, con respecto a la dinámica del mercado interna- cional de capitales y sus proyecciones en el corto, mediano y largo plazo, un elemento importante en la toma de deci-siones; Que, según el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias, están exonerados de los proce- sos de Licitación Pública, Concurso Público o AdjudicaciónDirecta, según sea el caso, las adquisiciones y contratacio- nes que se realicen para servicios personalísimos, de acuer- do a lo que establezca el Reglamento; Que, asimismo, el artículo 111º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM y normasmodificatorias, señala que, los servicios personalísimos son los contratos de locación de servicios celebrados con per- sonas naturales o jurídicas cuando para dicha contrata-ción se haya tenido en cuenta y como requisito esencial la persona del locador, ya sea por sus características inhe- rentes, particulares o especiales o por su determinada ca-lidad, profesión, ciencia, arte u oficio; Que, para tal efecto, la Oficina Financiera de la Oficina General de Administración, mediante Memorándum Nº 272-2003-EF/43.60 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria para efectuar la contratación de la citada empresa; Que, el artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modifi-catorias establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas del proceso de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, se realizarán mediante elprocedimiento de Adjudicación de Menor Cuantía y se apro- barán mediante Resolución del Titular del Pliego; Que, de otro lado mediante Resolución Ministerial Nº 021-2003-EF/43 se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas, para el Ejercicio Fiscal del año 2003, el cual incluye bajo lamodalidad de Concurso Público la contratación del servicio de información financiera internacional de Reuters; Que, la Oficina General de Administración mediante Informe Nº 193-2003-EF/43.50 refiere que el costo del ser- vicio de la información financiera internacional a ser pro- porcionada por la Empresa Reuters Limited ascendería aS/. 124 243,62, en consecuencia es necesario modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministe- rio de Economía y Finanzas; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Único Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado porDecreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, y nor- mas modificatorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Economía y Finanzas para el año fiscal 2003, a fin de que el servicio de informa- ción financiera internacional de Reuters sea consideradocomo un proceso de selección de Adjudicación Directa Pública cuyo monto referencial es de S/. 124 243,62 (Cien- to veinticuatro mil doscientos cuarenta y tres y 62/100 Nue-vos Soles), dejando sin efecto el proceso de Concurso Público previsto en forma originaria en el citado Plan Anual. Artículo 2º.- Declarar la contratación de la Empresa Reuters Limited, como servicios personalísimos, de confor- midad con el inciso h) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y normas modificatorias. Artículo 3º.- Exonerar al Ministerio de Economía y Fi- nanzas del proceso de Adjudicación Directa Pública para la contratación del servicio de información financiera que brindará la Empresa Reuters Limited, disponiendo que lamisma se efectúe mediante el proceso de selección de Adjudicación de Menor Cuantía. Artículo 4º.- La contratación a la que se refiere los artículos precedentes será realizada por la Oficina General de Administración, hasta por el importe de S/. 124 243,62