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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (05/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 14

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G36/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de octubre de 2003 ble para la instalación de la subestación compacta subte- rránea de distribución para Servicio Público de Electricidad N° 5665; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com- pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad N° 5665, ubicada en la vereda del pasaje 16,Mz O5, Lt 13, Sector 28 de Julio, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe N° 182-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com- pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad N° 5665, ubicada en la vereda del pasaje 16,Mz O5, Lt 13, Sector 28 de Julio, distrito de San Juan de Miraflores, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionadospor la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la Área de Propietario Tipo de Exp. servidumbre servi- terreno dumbre 31138302 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica N° 5665. 6,00 m2del Estado Ubicación: distrito de San Juan y aires (vía de Miraflores, provincia y pública) departamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Este Norte A 286 510,49 8 657 303,44 B 286 511,70 8 657 302,55 C 286 509,34 8 657 299,36 D 286 508,13 8 657 300,25 Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum-bre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17335 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 387-2003-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31146303 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de laservidumbre de ocupación de bienes públicos indispensa- ble para la instalación de la subestación compacta de tipo subterránea (bóveda) de distribución para Servicio Público de Electricidad N° 7385; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema N° 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, hasolicitado la imposición de la servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación com- pacta de tipo subterránea (bóveda) de distribución paraServicio Público de Electricidad N° 7385, ubicada en la Av. Ricardo Palma, cuadra 2, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dispues- to por el artículo 110° y siguientes del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Reglamento,aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con losrequisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe N° 150-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1°.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que estitular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación de bienes públicos, para la instalación de la subestación com- pacta de tipo subterránea (bóveda) de distribución paraServicio Público de Electricidad N° 7385, ubicada en la Av. Ricardo Palma, cuadra 2, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentacióntécnica y los planos proporcionados por la empresa, con- forme al siguiente cuadro: Cód. Descripción de la Área de Propietario Tipo de Exp. servidumbre servi- terreno dumbre 31146303 Su bestación de Distribución Su elo: Estado Urbano Eléctrica N° 7385. 2,40 m2(vía Ubicación: distrito de Miraflores, y aires pública) provincia y departamento de Lima. Coordenadas UTM:Vértice Este Norte A 8 659 803,02 279 508,13 B 8 659 801,72 279 508,10 C 8 659 801,71 279 506,25 D 8 659 803,01 279 506,28 Artículo 2°.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum-bre constituida. Artículo 3°.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre nosufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4°.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons-trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5°.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17336 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 388-2003-MEM/DM Lima, 8 de setiembre de 2003 VISTO: El Expediente Nº 31139502 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la