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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G36/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de octubre de 2003 PRODUCE /G45/G73/G74/G61/G62/G6C/G65/G63/G65/G6E/G20/G52/GE9/G67/G69/G6D/G65/G6E/G20/G50/G72/G6F/G76/G69/G73/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61 /G6C/G61/G20/G65/G78/G74/G72/G61/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G63/G61/G6C/G61/G6D/G61/G72 /G67/G69/G67/G61/G6E/G74/G65/G20/G6F/G20/G70/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G73/G64/G65/G20/G65/G6C/G20/G31/G35/G20/G64/G65/G20/G6F/G63/G74/G75/G62/G72/G65 /G68/G61/G73/G74/G61/G20/G65/G6C/G20/G33/G31/G20/G64/G65/G20/G64/G69/G63/G69/G65/G6D/G62/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G32/G30/G30/G33 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 359-2003-PRODUCE Lima, 2 de octubre del 2003 CONSIDERANDO: Que la Ley Orgánica para el Aprovechamiento Soste- nible de los Recursos Naturales, Ley Nº 26821, en su artí-culo 29º establece las condiciones para la explotación efi- ciente de los mismos, entre las cuales se regula el cumpli- miento por parte del titular del derecho de utilizar el recursonatural para los fines que le fueron otorgados, así como cumplir con la legislación especial y con la retribución eco- nómica correspondiente, manteniendo al día el derechode vigencia; Que los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdiccionales del Perú son patrimonio de la Na-ción, por lo que corresponde al Estado regular su manejo integral propiciando su explotación racional, conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca-Decreto Ley Nº 25977; Que el artículo 8º de la Ley citada en el considerando anterior, establece que la actividad extractiva efectuadapor embarcaciones de bandera extranjera será supletoria o complementaria a la realizada por la flota existente en el país sujetándose a los términos y condiciones estableci-das en dicha Ley y su Reglamento; asimismo, en su artícu- lo 47º de la Ley en mención, precisa que las operaciones de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera enaguas jurisdiccionales peruanas, sólo podrán efectuarse sobre el excedente de la captura permisible no aprovecha- da de recursos hidrobiológicos por la flota existente en elpaís, sujetándose a los términos y condiciones reguladas en la legislación interna sobre preservación y explotación de los recursos hidrobiológicos y sobre procedimientos deinspección y control; Que el Reglamento del Ordenamiento de la Pesquería del Calamar Gigante o Pota aprobado por Decreto Supre-mo Nº 013-2001-PE, en el numeral 2.2 de su artículo 2º establece que para el caso de embarcaciones de bandera extranjera los permisos de pesca para la extracción delcalamar gigante o pota, se podrán conceder mediante re- gímenes provisionales de acceso de carácter temporal aprobados por Resolución Ministerial, durante los cualesse otorgarán los permisos a cada armador, estableciéndo- se en dicha Resolución el monto de los derechos y las demás condiciones de acceso; Que el Instituto del Mar del Perú - IMARPE, mediante el Oficio Nº PCD-100-030-2003-PRODUCE/IMP del 22 de enero del 2003, indica que la estimación final del calamargigante o pota, calculada por el último crucero de evalua- ción ejecutado entre octubre y noviembre del 2002 es del orden de 900 mil toneladas, lo que hace posible obteneruna cuota de captura permisible de 200 mil toneladas de Calamar Gigante o Pota para el año 2003, siempre que exista un adecuado nivel de esfuerzo de pesca; Que tomando en consideración lo manifestado por IMARPE, por Resolución Ministerial Nº 058-2003-PRODUCE, de fecha 14 de febrero del 2003 se modificó la ResoluciónMinisterial Nº 208-2003-PRODUCE, en el sentido que se estableció para el año 2003 una cuota de captura del recurso Calamar Gigante o Pota ( Dosidicus gigas ), de 200 mil toneladas, para la flota existente nacional, generándo- se un excedente del orden de 70 mil toneladas; Que teniendo en cuenta el excedente señalado en el considerando anterior, por Resolución Ministerial Nº 203- 2003-PRODUCE del 4 de junio del 2003, se autorizó la convocatoria del Concurso Público de Oferta de Precios Nº02-2003 para barcos calamareros de bandera extranjera, con una cuota asignada de 70 mil toneladas, sin embargo sólo se otorgaron permisos de pesca en el orden de 19,799toneladas, quedando un excedente de 50,201 toneladas del total asignado para la flota de bandera extranjera; Que en tal sentido, la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 161-2003-PRODUCE-DNEPP/Dch, de fecha 29 de setiembre del 2003 recomienda establecer un régimen provisional de acceso para la pesca del calamar gigante o pota para que operen embarcaciones de bandera extranjera; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Reglamento deOrdenamiento Pesquero del Calamar Gigante o Pota, apro- bado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PE; y, Con la opinión favorable del Viceministro; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Establecer un Régimen Provisional para la extracción comercial del calamar gigante o pota ( Dosidicus gigas), cuya vigencia será desde el 15 de octubre hasta el 31 de diciembre del 2003; estableciéndose una cuota decaptura permisible de 50,000 toneladas métricas para el presente régimen. Artículo 2º.- Para acogerse al Régimen previsto en esta Resolución, los armadores de embarcaciones pesqueras de bandera extranjera, deberán sujetarse al Procedimiento Nº 8 del Texto Único de Procedimientos Administrativos delMinisterio de Pesquería (ahora Ministerio de la Produc- ción), aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE. La carta fianza a que se refiere el requisito Nº 10, se emitirápor un valor equivalente al 25% del monto total que corres- ponda abonar por derechos de pesca, fijado según Tone- laje Neto (TN) de la embarcación y debe ser de caráctersolidaria, incondicional, irrevocable y de realización auto- mática, con vigencia hasta los treinta(30) días naturales posteriores al término de las operaciones, emitida por unaentidad bancaria o financiera, reconocida por la Superin- tendencia de Banca y Seguros del Perú y a satisfacción del Ministerio de la Producción. En la solicitud de permiso de pesca se deberá precisar el plazo de vigencia del permiso de pesca requerido Artículo 3º.- Los permisos de pesca que se otorguen en el marco del presente régimen tendrán un plazo de vigencia no menor de un (1) mes y podrán ser prorrogados previo pago de los derechos de pesca y presentación deuna nueva carta fianza en las condiciones establecidas en el artículo 2º de la presente Resolución. Los permisos de pesca caducarán al vencerse el plazo que se le haya establecido en la resolución autoritativa o, una vez vencida la fecha o cuota de captura establecidas en el artículo 1º de esta Resolución, lo que ocurra primero. Asimismo, los permisos de pesca que se otorguen en el marco del presente Régimen, incluirá de ser el caso, la expedición de la licencia de procesamiento a bordo, paracuyo efecto deberá ser solicitada conjuntamente con el respectivo permiso de pesca ante la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero. Artículo 4º.- Los derechos de pesca del recurso Cala- mar Gigante o Pota para los armadores de buques calamareros de bandera extranjera, serán de US$ 116.70(Ciento dieciséis y 70/100 dólares americanos) por cada unidad de tonelaje neto (TN) de la embarcación pesquera correspondiente, por cada mes o fracción de mes de vigen-cia del permiso de pesca. Asimismo también, por cada tonelada métrica (TM) de captura nominal transbordada de Calamar Gigante o Pota,deberá abonarse US$ 30.00 dichos pagos deberán hacerse efectivos, exclusivamente, en la Cuenta US$ del Banco de la Nación Nº 06-000-029775 del Ministerio de la Produccióndentro de un plazo de 10 días útiles contados a partir de la fecha de recepción de la comunicación que efectúe la Direc- ción Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero. Artículo 5º.- La Dirección Nacional de Extracción y Pro- cesamiento Pesquero del Ministerio de la Producción, será la encargada de realizar el cálculo de la captura nominaltransbordada del Calamar Gigante o Pota, conforme a la metodología establecida mediante Resolución Directoral Nº 212-98-PE/DNE. Artículo 6º.- Cuando el plazo de vigencia del permiso de pesca solicitado sea de por lo menos 2 meses, procede el fraccionamiento del pago de derecho de pesca fijadossegún TN, debiendo efectuarse el primer pago por el equi- valente al cincuenta por ciento (50%) antes del otorga- miento del permiso de pesca y el restante cincuenta (50%)dentro de los 30 días calendario siguientes a la fecha en que se otorgue dicho permiso de pesca. El incumplimiento en el pago de la segunda armada determinará la suspensión del permiso de pesca hasta que se produzca el pago.