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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (05/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 19

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G32/G35/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de octubre de 2003 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 402-2003-MEM/DM Lima, 12 de setiembre de 2003VISTO: El expediente Nº 31148603 organizado por Luz del Sur S.A.A., solicitando la imposición de la servidumbrede ocupación de bienes públicos indispensable para la instalación de la subestación compacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5112; CONSIDERANDO: Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribu- ción de energía eléctrica en mérito de la Resolución Suprema Nº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación compacta subterránea de distribución paraServicio Público de Electricidad Nº 5112, ubicada en la vereda del jirón Cajamarca, Mz. N, Lt. 8, Sector San Gabriel Bajo, distrito de Villa María del Triunfo, provin-cia y departamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 110º y siguientes del Decreto LeyNº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93- EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 233-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com- pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 5112, ubicada en la vereda del jirón Caja-marca, Mz. N, Lt. 8, Sector San Gabriel Bajo, distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos pro-porcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre servi- terreno dumbre 31148603 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 5112. 5,66 m2del Estado Ubicación: distrito de Villa y aires María del Triunfo, provincia (vía pública)y departamento de Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 287 431,15 8 656 150,20 B 287 430,16 8 656 149,01 C 287 427,36 8 656 151,35 D 287 428,38 8 656 152,52 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum- bre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan-do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por la servidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17554RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 403-2003-MEM/DM Lima, 12 de setiembre de 2003 VISTO: El expediente Nº 31142103 organizado por Luz del Sur S.A.A., sobre solicitud de imposición de la servi-dumbre de ocupación de bienes públicos indispensable para la instalación de la subestación compacta subterrá- nea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº7645; CONSIDERANDO:Que, Luz del Sur S.A.A., concesionaria de distribución de energía eléctrica en mérito de la Resolución SupremaNº 107-96-EM de fecha 28 de noviembre de 1996, ha solicitado la imposición de servidumbre de ocupación de bienes públicos para la instalación de la subestación com-pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 7645, ubicada en la vereda de la calle Ma- nuel Segura, cuadra 2, distrito de Miraflores, provincia ydepartamento de Lima; Que, la petición se encuentra amparada en lo dis- puesto por el artículo 110º y siguientes del Decreto LeyNº 25844, Ley de Concesiones Eléctricas, y su Regla- mento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-93- EM; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, haemitido el Informe Nº 221-2003-EM/DGE; Con la opinión favorable del Director General de Electri- cidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE: Artículo 1º.- IMPONER con carácter permanente a fa- vor de la concesión definitiva de distribución de la que es titular Luz del Sur S.A.A., la servidumbre de ocupación debienes públicos para la instalación de la subestación com- pacta subterránea de distribución para Servicio Público de Electricidad Nº 7645, ubicada en la vereda de la calle Ma-nuel Segura, cuadra 2, distrito de Miraflores, provincia y departamento de Lima, de acuerdo a la documentación técnica y los planos proporcionados por la empresa, con-forme al siguiente cuadro: Cod. Exp. Descripción de la Área de Propietario Tipo de servidumbre se rvi- terreno dumbre 31142103 Subestación de Distribución Suelo: Propiedad Urbano Eléctrica Nº 7645. 6,30 m2del Estado Ubicación: distrito de Miraflores, y airesprovincia y departamento de (vía pública) Lima. Coordenadas UTM: Vértice Este Norte A 277 948,52 8 659 587,82 B 277 946,97 8 659 587,84 C 277 947,03 8 659 591,88 D 277 948,58 8 659 591,86 Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni realizar laboresque perturben o enerven el pleno ejercicio de la servidum- bre constituida. Artículo 3º.- Luz del Sur S.A.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fin que el área de servidumbre no sufra daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedan- do sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso deincumplimiento. Artículo 4º.- Luz del Sur S.A.A. deberá velar perma- nentemente para evitar que en el área afectada por laservidumbre o sobre ella se ejecute cualquier tipo de cons- trucción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.HANS A. FLURY Ministro de Energía y Minas 17555