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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (06/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 11

PÆg. 252597 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de octubre de 2003 ACREDITACIÓN DE LOS INSPECTORES. Artículo 14º.- Las personas designadas para efec- tuar las labores de inspección y control por la(s)empresa(s) que se encargará(n) de la ejecución del Pro-grama de Vigilancia y Control de la Pesca y Desembar- que en el Ámbito Marítimo, serán debidamente acredita- das por la Dirección Nacional de Seguimiento, Control yVigilancia del Ministerio de la Producción y se encuen-tran comprendidos dentro de los alcances del artículo 5º del Reglamento de Inspecciones y del ProcedimientoSancionador de las Infracciones de las Actividades Pes- queras y Acuícolas, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-PE. MEDIOS PROBATORIOS.Artículo 15º.- Los Reportes de Ocurrencias levan- tadas por el personal designado por la(s) empresa(s) seleccionada(s) para la ejecución del Programa de Vigi-lancia y Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbi-to Marítimo, constituyen medios probatorios fehacientesde la comisión de la infracción por parte del presuntoinfractor. CONSTITUCIÓN DE LA COMISIÓN PARA LA PUESTA EN MARCHA DEL PROGRAMA. Artículo 16º.- Constitúyase la Comisión encargada de convocar, evaluar y seleccionar a la empresa o em- presas de servicios encargadas de las acciones de con- trol a que hace referencia el Programa, la misma queestará conformada por: - El Viceministro de Pesquería, quien la presidirá. - El Director Nacional de Extracción y Procesamien- to Pesquero. - El Director Nacional de Seguimiento, Control y Vigi- lancia. - El Director General de Administración. - El Director General de Asesoría Jurídica; y, - Tres (3) representantes de la Sociedad Nacional de Pesquería. Un representante de la Oficina General de Auditoría Interna, actuará como observador. APROBACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFEREN- CIA PARA LA SELECCIÓN DE EMPRESAS DE VIGI-LANCIA Y CONTROL. Artículo 17º.- Mediante Resolución Ministerial del ramo, se aprobará los Términos de Referencia para laselección de la(s) empresa(s) que se encargará(n) dela ejecución del Programa de Vigilancia y Control de laPesca y Desembarque en el Ámbito Marítimo y del cro- nograma de trabajo de la comisión constituida. FACULTAD DE EMITIR MEDIDAS COMPLEMEN- TARIAS. Artículo 18º.- El Ministerio de la Producción dictará las medidas complementarias que sean necesarias para el cumplimiento del presente Decreto Supremo. REFRENDO Y VIGENCIA.Artículo 19º.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de la Producción y entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la ProducciónANEXO PROGRAMA DE VIGILANCIA Y CONTROL DE LA PESCA Y DESEMBARQUE EN EL ÁMBITO MARÍTIMO I.- OBJETIVO GENERAL. Combatir la pesca ilegal de recursos hidrobiológicos del ámbito marítimo, con el uso de embarcaciones queno cuentan con permisos de pesca o contando con di-cho derecho administrativo capturan recursos no auto- rizados, así como aquellos que teniendo permiso de pesca descargan un volumen mayor al autorizado. II.- OBJETIVOS ESPECÍFICOS.2.1 Fortalecer las actividades de vigilancia y control de los recursos hidrobiológicos que realiza el Estado, con la participación de empresas privadas, a través dela vigilancia y control permanente en los lugares de des-carga de la pesca destinada a la industria de harina yaceite de pescado. 2.2 Reforzar las acciones de vigilancia y control del correcto funcionamiento de los equipos e instrumentos electrónicos de pesaje gravimétrico de precisión, deno-minado tolvas electrónicas. 2.3 Realizar acciones de vigilancia y control de embarcaciones que no cuentan con permiso de pes-ca -piratas-, previstas en el Decreto Supremo Nº 006- 2002-PE y normas complementarias, mediante la iden- tificación y puesta en conocimiento de la DINSECOVIpara que ésta a su vez informe a la Autoridad Marítimade aquellas unidades de pesca ilegal. III.- BASE LEGAL. 3.1 Decreto Ley Nº 25977 “Ley General de Pesca”. 3.2 Decreto Supremo Nº 012-2002-PE “Reglamento de la Ley General de Pesca”. 3.3 Decreto Supremo Nº 006-2002-PE.3.4 Decreto Supremo Nº 008-2002-PE “Reglamento de Inspecciones y del Procedimiento Sancionador de las Infracciones en las Actividades Pesqueras y Acuíco-las” y sus modificatorias y ampliatorias. 3.5 Decreto Supremo Nº 013-2003-PRODUCE.3.6 Decreto Supremo Nº 017-2003-PRODUCE. IV.- ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. 4.1 En lugares de descarga:a) Vigilancia permanente de la recepción de materia prima destinada a las plantas de harina y aceite de pes- cado, mediante el trabajo de inspección en la zona de descarga “chatas”, muelles o desembarcaderos. b) Verificación de los permisos de pesca de las em- barcaciones que efectúan descargas en los estableci-mientos industriales con licencia de procesamiento deharina y aceite de pescado o en zonas de desembarque cuya pesca es destinada a dicha actividad productiva. c) Verificar la correcta identificación de las embarca- ciones pesqueras, tanto de metal como de madera, con-forme lo establecido en la Resolución Directoral Nº 0481-2003/DCG. 4.2 En los establecimientos industriales Pesque- ros - EIP: a) Vigilancia y control del correcto funcionamiento de las tolvas electrónicas y de la vigencia del Certificado de Calibra-ción de dichos equipos, emitida por autoridad competente. b) Vigilar el correcto llenado de los reportes de registro de las descargas procedentes de las tolvas electrónicas, res-pecto al nombre de las embarcaciones, matrícula, especies yvolúmenes de descarga consignados por el EIP. 4.3. Coordinaciones con las autoridades pesque- ras: Informar a la DINSECOVI sobre la presencia de em- barcaciones ilegales detectadas en los lugares de des-