Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (06/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 12

PÆg. 252598 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de octubre de 2003 carga y coordinar medidas tendientes a reforzar las ac- tividades de vigilancia y control de la pesca ilegal previs-tas en el Decreto Supremo Nº 006-2002-PE y normasampliatorias. V.- DEL CONTROL Y VIGILANCIA. Participa el personal de vigilancia y control de la(s) empresa(s) de vigilancia y control que serán seleccio-nadas por la Comisión encargada para dicho efecto, con-forme lo establece el artículo 16º del Decreto Supremoque aprueba el presente Programa; como acción com- plementaria a las labores de vigilancia y control que de- sarrollan las dependencias especializadas del Ministeriode la Producción y las Direcciones Regionales con com-petencia pesquera. VI.- EJECUCIÓN OPERATIVA DEL PROGRAMA. 6.1 Empresa(s) seleccionada(s) para la ejecución del Programa de Vigilancia y Control de la Pesca y Des-embarque en el Ámbito Marítimo. 6.2 Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vi- gilancia del Ministerio de la Producción. 6.3 Direcciones Regionales de Pesquería o Direccio- nes Regionales de Producción donde se cuente. VII. RESPONSABILIDADES.A continuación se indican las responsabilidades para el cumplimiento de las acciones mencionadas en el pun- to IV, así como en apoyo al programa, de otras instan-cias del Ministerio de la Producción. 7.1.- Empresa(s) Seleccionada(s) de Vigilancia y Control. a) Ejecutar el control de las actividades especifica- das en el numeral IV, en los puntos de desembarques yplantas de procesamiento; debiendo elaborar los infor-mes correspondientes y, cuando corresponda, levantarlos reportes de ocurrencia o decomiso con las garantías del debido proceso. b) El inspector presentará ante su jefatura, una vez concluida su labor, el informe, los reportes de ocurren-cia, los partes y notificaciones respectivas para ser in-formado en paralelo a DINSECOVI. c) Desarrollar estrategias y establecer las acciones del caso para garantizar la correcta actuación de los inspectores designados por la Empresa y el cabal cum-plimiento de las actividades especificadas en el numeralIV, que permitan eliminar actos de corrupción. d) Tramitarán diariamente a la DINSECOVI, los expe- dientes de infracción en los plazos de ley establecidos; así como un informe sobre las acciones de vigilancia y control desarrollados en cada región. e) La Empresa seleccionada, deberá brindar las faci- lidades materiales y de herramientas de trabajo (normaslegales, listados de embarcaciones y plantas) a los ins-pectores, siendo responsables de los mismos. f) Coordinar con las instituciones regionales o nacio- nales que sean necesarias para buen cumplimiento delpresente programa. 7.2 Dirección Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia - DINSECOVI. a) Durante la vigencia del presente Programa, su- pervisará la ejecución del programa, brindando el ase-soramiento pertinente y realizando acciones conjuntassi el caso lo amerita. b) Mantener informado a la Empresa sobre la norma- tividad relativa al ordenamiento pesquero y de su vigen- cia, que permita desarrollar la ejecución del Programa;así como la relación de embarcaciones que se encuen-tran impedidas de efectuar faenas de pesca y de lasplantas de procesamiento en cumplimiento de las dispo-siciones legales. c) Demás acciones que contemplen los Términos de Referencia para la selección de la(s) empresa(s) que seencargará(n) de la ejecución del Programa de Vigilanciay Control de la Pesca y Desembarque en el Ámbito Ma-rítimo y aquellas medidas contenidas en el contrato de servicio a ser suscrita con la(s) empresa(s)seleccionada(s). 7.3 Dirección Nacional de Extracción y Procesa- miento Pesquero. a) Mantener actualizado el listado de embarcaciones y plantas de procesamiento, señalando su(s) giro(s)industrial(es), capacidades, matrícula, permiso de pesca yotras de interés para las acciones de vigilancia y control. b) Relación de los Capitanes o Patrones de las em- barcaciones pesqueras autorizadas a efectuar faenas de pesca y el número de su DNI. VIII.- ASPECTOS OPERATIVOS.8.1 Facilidades a la labor de inspección. a) Los propietarios de los establecimientos industria- les pesqueros deberán brindar las facilidades de acce-so a los lugares de descarga a los inspectores designa-dos; para cuyo efecto, los inspectores deberán mostrarsu respectiva acreditación otorgada por la DINSECOVI. Así también deberán cooperar con el requerimiento de información sobre el sistema de pesaje electrónico. b) Los armadores de las embarcaciones deberán co- operar con las labores de inspección a bordo de la embarca-ción, debiendo facilitar el acceso a la nave y a la documenta-ción de la misma cuando sea requerida por el inspector. c) Según regiones, la Empresa seleccionada comu- nicará a los EIP la designación de los inspectores, asícomo las facilidades que deben brindar. 8.2 Vigencia del Programa. El Programa tendrá una duración mínima de dos (2) años, pudiendo ser ampliado dicho plazo, si los resulta-dos obtenidos del Programa así lo justifican. IX.- FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA 9.1.- El egreso que demande el cumplimiento del pre- sente Programa se efectuará con el aporte económicodel sector privado pesquero, para cuyo efecto los Titula-res de las licencias de los EIP sufragarán el pago por elservicio prestado por las labores de vigilancia y controlque desarrolle la(s) empresa(s) seleccionada(s), con- forme los previsto en el artículo 3º del Decreto Supremo que aprueba el presente Programa. 18266 Oficializan procedimientos de cÆlculo y obtención de metros cœbicos tolera- bles para la capacidad volumØtrica debodega de embarcaciones pesqueras DECRETO SUPREMO Nº 028-2003-PRODUCE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que el artículo 2º de la Ley General de Pesca - De- creto Ley Nº 25977, establece que son patrimonio de laNación los recursos hidrobiológicos contenidos en lasaguas jurisdiccionales del Perú y, en consecuencia, co-rresponde al Estado regular su manejo integral y la ex- plotación racional de dichos recursos; Que en el artículo 5º del Decreto Supremo Nº 006- 2002-PE, se dispone que el Ministerio de la Producción(antes Ministerio de Pesquería), sobre la base de losreportes de las tolvas electrónicas u otros medios deprueba publicará, mediante Resolución Ministerial, una relación de embarcaciones pesqueras que registren de manera recurrente volúmenes de descarga que exce-dan la capacidad de bodega autorizada, por más de tresveces; señalando que los armadores incursos en dicha