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PÆg. 252612 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de octubre de 2003 ciones, sugerencias y recomendaciones, debidamente sustentadas y por escrito, dentro del plazo establecidoen el inciso a) del presente artículo. e) El equipo técnico responsable de la elaboración del plan, en el término de quince (15) días calendario posterio-res al plazo establecido en el inciso a) del presente artículo, incluirá las sugerencias y recomendaciones o las desesti- mará emitiendo pronunciamiento fundamentado. Artículo 12º.- Concluido el procedimiento estableci- do en el artículo anterior, el Concejo Provincial, medianteOrdenanza, aprobará el Plan de Desarrollo Urbano que tendrá una vigencia de 5 años contados desde su publi- cación, sin perjuicio de lo establecido en el Capítulo VIIdel presente Reglamento. Artículo 13º.- El Concejo Provincial podrá aprobar modificaciones al Plan de Desarrollo Urbano, las que sesometerán al procedimiento establecido en el artículo 11º del presente Reglamento y son las siguientes: a. Las modificaciones de trazos de las Vías Expre- sas, Arteriales y Colectoras. b. Las que supriman, reduzcan o reubiquen las áreas de reserva para equipamiento educativo, de salud o re- creativo. c. Las que dirijan la expansión urbana hacia lugares y direcciones diferentes a las establecidas originalmen-te en el Plan de Desarrollo Urbano. d. Las que cambien la Zonificación Comercial, Indus- trial, Pre Urbana, Recreación Usos Especiales, Servi- cios Públicos Complementarios, Zona de Reglamenta- ción Especial y Zona Monumental, o impliquen la modifi-cación de Zona Residencial de Baja Densidad a Densi-dad Media o Zona Residencial de Densidad Media aResidencial de Alta Densidad. No se consideran modificaciones al Plan de Desa- rrollo Urbano: a. Los cambios de Zonificación de una Zona Resi- dencial de Baja Densidad a otra de Baja Densidad, o deuna Zona Residencial de Densidad Media a otra de Den- sidad Media o de una Zona Residencial de Alta Densidad a otra de Alta Densidad, o de una Zona Comercial a unaResidencial compatible. b. Las adecuaciones de trazo de los ejes de vías producto de la morfología del suelo o del diseño de lasHabilitaciones Urbanas, siempre que se mantenga la con- tinuidad de las mismas. Artículo 14º .- Ninguna modificación al Plan de Desarro- llo Urbano podrá contemplar el cambio de la zonificación delos predios urbanos hacia una menor, ni disminución delnivel de uso que modifiquen los parámetros normativos es- tablecidos en el presente Reglamento. Artículo 15º.- Corresponde a las Municipalidades Distritales ejecutar las acciones de promoción y controldirigidas al cumplimiento del Plan de Desarrollo Urbano. CAPÍTULO IV DEL PLAN ESPECÍFICO Artículo 16º.- El Plan Específico es el instrumento técnico normativo mediante el cual se desarrollan y com-plementan las disposiciones del Plan de Acondiciona- miento Territorial: a. En aquellas áreas no comprendidas en el Plan de Desarrollo Urbano. b. En aquellas áreas identificadas y delimitadas en el Plan de Desarrollo Urbano. c. En aquellas áreas que se desarrollen mediante Unidades de Gestión Urbanística. Artículo 17º.- El Plan Específico debe considerar los siguientes aspectos: a. La delimitación y características del área. b. Los objetivos del Plan respecto a:I. La optimización del uso del suelo y de la propiedad predial.II. La dotación, ampliación o mejoramiento de los es- pacios y servicios públicos y la calidad del entorno. c. El tipo de intervención urbana a desarrollar: habili- tación, renovación o reurbanización. d. Los programas y proyectos urbanísticos a eje- cutar. e. La propuesta de zonificación y vías. f. Las etapas de desarrollo del Plan, programas de ejecución y de financiamiento. g. El trazado general y características del espacio público y de las vías. h. La localización de equipamientos urbanos (educa- ción, salud, recreación). Artículo 18º.- En aquellas áreas identificadas y deli- mitadas en el Plan de Desarrollo Urbano para Planes Específicos, corresponde a las Municipalidades Provin-ciales su formulación y aprobación. En aquellas áreas no comprendidas en el Plan de Desarrollo Urbano y en las que se proponga desarrollarUnidades de Gestión Urbanística, los Planes Específi- cos podrán ser propuestos por personas naturales o jurídicas de derecho privado o público a la MunicipalidadProvincial para su aprobación. Artículo 19º.- La aprobación del Plan Específico debe desarrollarse en cuarenta y cinco (45) días calendario yceñirse al procedimiento siguiente: a) La Municipalidad Provincial exhibirá el proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distrita-les de su jurisdicción y a través de su página Web, du-rante treinta (30) días calendario. b) El proyecto del Plan será remitido en consulta a las Municipalidades Distritales de su jurisdicción para quedentro del plazo establecido en el punto anterior, emitansus observaciones y recomendaciones. c) La Municipalidad Provincial dentro del plazo señalado realizará exposiciones técnicas del contenido del Plan, con-vocando a las Municipalidades Distritales de su jurisdiccióny a los propietarios de los inmuebles localizados dentro delárea delimitada en el Plan; los que formularán sus observa- ciones, sugerencias y recomendaciones, debidamente sus- tentadas y por escrito, dentro del plazo establecido en elinciso a) del presente artículo. d) El equipo técnico responsable de la elaboración del Plan, en el término de quince (15) días calendario posterio- res al plazo establecido en el inciso a) del presente artículo,incluirá las sugerencias y recomendaciones o las desesti-mará emitiendo pronunciamiento fundamentado. Artículo 20º.- Concluido el procedimiento establecido en el artículo anterior, el Concejo Provincial aprobará el PlanEspecífico mediante Ordenanza. Los Planes de Acondicio-namiento Territorial y Desarrollo Urbano que se apruebencon posterioridad, incorporarán los Planes Específicos, ha- ciendo mención expresa a su correspondiente Ordenanza. CAPÍTULO V DEL PLAN URBANO DISTRITAL Artículo 21º.- El Plan Urbano Distrital es el instru- mento técnico normativo mediante el cual se desarrollandisposiciones del Plan de Acondicionamiento Territorial ydel Plan de Desarrollo Urbano. Artículo 22º.- El Plan Urbano Distrital debe conside- rar los siguientes aspectos: a) La compatibilidad del Índice de Usos para ubica- ción de actividades urbanas en las zonas residenciales,comerciales e industriales del distrito. b) La localización del comercio de nivel local C1. c) Los retiros de las edificaciones. d) La dotación de estacionamientos en zonas comer- ciales y residenciales. e) Las disposiciones relativas al ornato y mobiliario urbano. f) Identificación de las áreas públicas aptas para la inversión privada. Artículo 23º.- Corresponde a las Municipalidades Distrita- les la formulación y aprobación de su Plan Urbano.