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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (06/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 25

PÆg. 252611 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de octubre de 2003 regionales, promoviendo las inversiones así como la par- ticipación democrática de la ciudadanía, conforme al pre-sente Reglamento. Artículo 3º.- Las municipalidades, en materia de acondicionamiento territorial y desarrollo urbano, formu-larán los siguientes instrumentos: a. Plan de Acondicionamiento Territorial b. Plan de Desarrollo Urbanoc. Plan Específicod. Plan Urbano Distrital CAPÍTULO II DEL PLAN DE ACONDICIONAMIENTO TERRITORIAL Artículo 4º.- El Plan de Acondicionamiento Territorial es el instrumento de planificación que permite el aprove- chamiento sostenible de los recursos naturales, la distri-bución equilibrada de la población y el desarrollo de lainversión pública y privada en los ámbitos urbano y ruraldel territorio provincial, estableciendo: a. La política general referente a los usos del suelo. b. Los roles y funciones de los asentamientos pobla- cionales que conforman el sistema urbano provincial. c. La organización físico - espacial de las actividades económicas, sociales y político - administrativas. d. La localización de infraestructura de transportes, comunicaciones, energía y saneamiento. e. La ubicación del equipamiento de servicios de sa- lud, educación, recreación, esparcimiento, seguridad,cultura y administración. f. La identificación de las áreas de protección ecoló- gica, áreas de riesgo para la seguridad física y las afec- tadas por fenómenos naturales recurrentes. Artículo 5º.- Las inversiones a corto, mediano y lar- go plazo de los organismos del Gobierno Nacional, in-cluyendo a los Organismos Públicos Descentralizados,y de los Gobiernos Regionales y Locales se adecuarán al Plan de Acondicionamiento Territorial de la respectiva jurisdicción. Artículo 6º. La aprobación del Plan de Acondiciona- miento Territorial debe desarrollarse en cuarenta y cin-co (45) días calendario y ceñirse al procedimiento si-guiente: a. La Municipalidad Provincial exhibirá el proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distritalesde su jurisdicción y a través de su página Web, durantetreinta (30) días calendario. b. El proyecto del Plan será remitido simultánea- mente en consulta al Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento, y al respectivo Gobierno Re-gional para que dentro del plazo establecido en elpunto anterior, emitan sus observaciones y recomen-daciones. c. La Municipalidad Provincial, dentro del plazo se- ñalado, realizará una audiencia pública sobre el con- tenido del Plan, convocando en particular a los orga-nismos del Gobierno Nacional, Regional y Distrital,así como a las universidades, organizaciones de lasociedad civil e instituciones representativas del sec-tor empresarial, profesional y laboral de la jurisdic- ción. d. Las personas naturales o jurídicas de la jurisdic- ción provincial, formularán sus observaciones, suge-rencias y recomendaciones, debidamente sustentadasy por escrito, dentro del plazo establecido en el inciso a)del presente artículo. e. El equipo técnico responsable de la elaboración del Plan, en el término de quince (15) días calendarioposteriores al plazo establecido en el inciso a) del pre-sente artículo, incluirá las sugerencias y recomendacio-nes o las desestimará emitiendo pronunciamiento fun-damentado. Artículo 7º.- Concluido el procedimiento establecido en el artículo anterior, el Concejo Provincial, medianteOrdenanza, aprobará el Plan de Acondicionamiento Te-rritorial que tendrá una vigencia de 10 años contados desde su publicación. Sólo por razones de riesgo de la población, o por la posibilidad de desarrollar proyectos de trascendencianacional o regional no previstos en el Plan vigente, elConcejo Provincial podrá aprobar modificaciones que no contraríen el espíritu del Plan en un plazo menor, las mismas que se someterán al procedimiento establecidoen el artículo 6º del presente Reglamento. CAPÍTULO III DEL PLAN DE DESARROLLO URBANO Artículo 8º.- El Plan de Desarrollo Urbano es el ins- trumento técnico-normativo para promover y orientar eldesarrollo urbano de cada asentamiento poblacional delámbito provincial, en concordancia con el Plan de Acon- dicionamiento Territorial , estableciendo: a. La zonificación de usos del suelo urbano y su nor- mativa. b. El plan vial y de transporte y su normativa.c. Los requerimientos de vivienda para determinar las áreas de expansión urbana y/o programas de densi- ficación, de acuerdo a las condiciones y característicasexistentes. d. Los requerimientos de saneamiento ambiental y de infraestructura de servicios básicos. e. La preservación de las áreas e inmuebles de valor histórico monumental. f. La programación de acciones para la protección y conservación ambiental y la de mitigación de desastres. g. El nivel de servicio de los equipamientos de educa- ción, salud, seguridad, recreación y otros servicios co-munales. h. El Sistema de Inversiones Urbanas a fin de promo- ver las inversiones al interior de la ciudad e incrementarel valor de la propiedad predial. i. La delimitación de áreas que requieran de Planes Específicos. Artículo 9 º.- El Sistema de Inversiones Urbanas es el instrumento técnico que permite promover las inver-siones públicas y privadas en la ciudad y contiene: a. El contexto social, económico, cultural y sus rela- ciones con los mercados. b. Los datos e indicadores de factibilidad de realiza- ción de proyectos de inversión: valor de la propiedad,zonificación, factibilidad de servicios, accesibilidad ytransporte. c. Las inversiones actuales y futuras describiendo los tipos de emprendimientos inmobiliarios, turísticos, industriales, comerciales y de infraestructura. Artículo 10º.- Corresponde a las Municipalidades Provinciales la formulación y aprobación del Plan deDesarrollo Urbano, evaluando las iniciativas que pre-senten las Municipalidades Distritales de su jurisdic- ción. Artículo 11º.- La aprobación del Plan de Desarrollo Urbano debe desarrollarse en cuarenta y cinco (45) díascalendario y ceñirse al procedimiento siguiente: a) La Municipalidad Provincial exhibirá el proyecto del Plan en sus locales, en las Municipalidades Distrita- les de su jurisdicción y a través de su página Web, du-rante treinta (30) días calendario. b) El proyecto del Plan será remitido en consulta a las Municipalidades Distritales de su jurisdicción para quedentro del plazo establecido en el punto anterior, emitan sus observaciones y recomendaciones. c) La Municipalidad Provincial dentro del plazo seña- lado realizará una audiencia pública sobre el contenidodel Plan, convocando a las Municipalidades Distritalesde su jurisdicción, así como a las universidades, organi-zaciones de la sociedad civil e instituciones representa- tivas del sector empresarial, profesional y laboral de la jurisdicción. d) Las personas naturales o jurídicas de las jurisdic- ciones distritales involucradas formularán sus observa-