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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (06/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 21

PÆg. 252607 NORMAS LEGALES Lima, lunes 6 de octubre de 2003 Artículo 30º.- FUNCIONES DE LA OFICINA DE IN- FORMÁTICA La Oficina de Informática tiene las siguientes funciones: a) Formular la política del Sistema Informático de la institución, orientando su integración; b) Definir con los órganos de la institución los térmi- nos y los alcances de apoyo requeridos para la imple-mentación del Plan Estratégico de Sistema de Informa-ción, en coordinación con la Alta Dirección; c) Supervisar los sistemas informáticos de las unida- des orgánicas de la institución, así como administrar y dar seguridad a la red local; d) Administrar la base de datos de la institución, efec- tuar el desarrollo y mantenimiento de los sistemas deinformación mediante el análisis, diseño, construcción eimplementación de los sistemas; así como coordinar ysupervisar su desarrollo; e) Brindar soporte técnico y mantenimiento de los equipos informáticos de las diferentes unidades orgáni-cas de la institución; f) Elaborar y presentar el Plan de Trabajo, sobre la aplicación, producción, mantenimiento y seguridad in-formática del hardware y software de utilización institu- cional, así como recomendar el uso de nuevas tecnolo- gías que contribuyan a mejorar el desarrollo de sus fun-ciones; g) Coordinar con la Dirección General de Estadística e Informática del Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, para desarrollar acciones conjuntas res- pecto a los Planes Sectoriales, en el campo de la infor- mática, acorde con las directivas establecidas por elInstituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); h) Otras funciones que sean asignadas por disposi- tivos legales o por la Gerencia General. CAPÍTULO V ÓRGANOS DE LÍNEA DE LA GERENCIA DE VALORES Artículo 31º.- RESPONSABILIDAD DE LA GEREN- CIA DE VALORES La Gerencia de Valores es el órgano de línea encar- gado de dirigir, ejecutar y supervisar la formulación delos valores de terrenos y edificaciones elaboradas parafines impositivos. Formula y actualiza la normatividad respectiva estableciendo criterios y procedimientos. La Gerencia de Valores, está a cargo de un Gerente y depende de la Gerencia General del Consejo Nacionalde Tasaciones - CONATA. Es la encargada de formular las normas técnicas, bajo las cuales los Gobiernos Regionales aprobarán los aran- celes de los planos prediales de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales. Artículo 32º.- FUNCIONES DE LA GERENCIA DE VALORES La Gerencia de Valores, tiene las siguientes funciones: a) Dirigir y supervisar la formulación de valores ofi- ciales de terrenos urbanos y rústicos para fines imposi-tivos y otros fines que sean requeridos; b) Dirigir y supervisar la formulación de Valores Uni- tarios Oficiales de Edificaciones (VUOE) para fines im- positivos y otros fines que sean requeridos; así como establecer las Directivas y demás acciones administra-tivas en el ámbito de su competencia; c) Formular y evaluar planes anuales de trabajo, for- mulación y actualización de valores oficiales de terrenosy edificaciones, así como las programaciones de ins- pecciones oculares a nivel nacional las cuales deberá dirigir y supervisar su cumplimiento; d) Elaborar y actualizar la “Norma para formular Valo- res Oficiales de Terrenos Urbanos”, “Norma para for-mular Valores de Terrenos Rústicos” y “Normas Técni-cas sobre aranceles de los planos prediales”, así como los criterios y procedimientos para determinar los Valo- res Unitarios Oficiales de Edificaciones (VUOE); e) Dirigir y supervisar el funcionamiento de la plano- teca institucional y controlar la existencia de expedien-tes técnicos completos de los valores oficiales emitidos a nivel nacional; f) Elaborar los estudios e investigaciones que permi- ta mejorar el diseño, la formulación, control y evaluaciónde la política de arancelamiento de terrenos urbanos yrústicos a nivel nacional, como de los valores unitarios oficiales de edificaciones; g) Absolver consultas de la Alta Dirección y público en general relativas a sus funciones y competencias; h) Supervisar el cumplimiento de los contratos: por servicios no personales de especialistas, peritos y delpersonal de apoyo y otros que correspondan al área de su competencia; y, i) Cumplir otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia General; La Gerencia de Valores tiene a su cargo: a) Unidad de Valores de Terrenos Urbanos y Rústicos. b) Unidad de Valores de Edificaciones. Artículo 33º.- UNIDAD DE VALORES DE TERRE- NOS URBANOS Y RÚSTICOS La Unidad de Valores de Terrenos Urbanos y Rústi- cos es el órgano encargado de ejecutar y actualizar los Valores Oficiales de Terrenos Urbanos y Rústicos de laRepública. La Unidad de Valores de Terrenos Urbanos y Rústi- cos, está a cargo de un Jefe y depende funcionalmentedel Gerente de Valores. La Unidad de Valores de Terrenos Urbanos y Rústi- cos tiene las siguientes funciones: a) Formular y actualizar anualmente los valores ofi- ciales de terrenos urbanos con fines impositivos y otros;consignados en planos básicos, de localidades que se incrementen con una población superior a los 5,000 ha- bitantes; b) Ejecutar las programaciones de inspecciones ocu- lares a nivel nacional para la formulación de valores deterrenos urbanos que contienen los planes anuales de laGerencia de Valores; c) Formular y actualizar los valores oficiales de te- rrenos urbanos de las localidades con una poblaciónmenor a 5,000 habitantes; d) Formular y actualizar los valores oficiales de te- rrenos rústicos ejecutando las programaciones de ins-pecciones oculares a nivel nacional para la actualiza- ción de dichos valores; e) Utilizar adecuadamente la “Norma para formular Valores Oficiales de Terrenos Urbanos” y la “Norma paraformular Valores de Terrenos Rústicos”, en las campa-ñas de arancelamiento; f) Contribuir a la elaboración de los estudios e inves- tigación que permita mejorar el diseño, la formulación, control y evaluación de la política de arancelamiento deterrenos, como de los valores unitarios oficiales de edi-ficaciones; g) Ejecutar el cumplimiento de los contratos por ser- vicios no personales y otros que correspondan al área de su competencia; y, h) Cumplir otras funciones que le sean asignadas por la Gerencia de Valores. Artículo 34º.- UNIDAD DE VALORES DE EDIFICA- CIONES La Unidad de Valores de Edificaciones, es el órgano de línea encargado de formular los Valores Unitarios Ofi-ciales de Edificaciones (VUOE) y los Valores de Terre-nos Habilitados (VTH). La Unidad de Valores de Edificaciones, está a cargo de un Jefe y depende funcionalmente de la Gerencia de Valores. La Unidad de Valores de Edificaciones tiene las si- guientes funciones: a) Formular y actualizar los Valores Unitarios Oficia- les de Edificaciones (VUOE) de la costa, sierra y selva para fines impositivos; b) Formular y actualizar los Valores Unitarios Comer- ciales de Edificaciones para fines de valuaciones co-merciales u otras;