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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (07/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 36

PÆg. 4 PROYECTO Lima, martes 7 de octubre de 2003 Asimismo, este apoyo podrá solicitarse en casos diferentes de acciones de control, para la obtención de información y/o documentación que requiera este Organismo Superior de Control, en cumplimiento de lasatribuciones conferidas en el marco de la Ley Nº 27785 o en otros dispositivos legales que contenganencargos específicos. 1.2.Durante la ejecución de las citadas acciones de control y verificaciones que efectúe la Contraloría General, cuando la situación lo amerite se podrá coordinar la intervención de la Fiscalía Especializada,la cual con absoluta independencia y autonomía realizará sus acciones, dentro del ámbito de su com-petencia y conforme a las atribuciones que le otorga su Ley Orgánica. Actividades de Apo yo al Contr ol Gubernamental 1.3.La Policía Adscrita apoyará a las Unidades Orgánicas de la Contraloría cuando éstas lo requieran a fin de: a) Notificar a los particulares bajo los apremios legales señalados para los testigos, a fin que brinden sus declaraciones en atención al inciso r) del artículo 22º de la Ley Nº 27785. b) Incautar documentación y/o bienes cuando constituyan evidencia que sirva para probar algún hecho ilícito. c) Obtener documentación. d) Cruzar información con otras entidades. e) Realizar peritajes. f) Efectuar indagaciones y/o constataciones de bienes, documentos e información sobre presuntos responsables. g) Realizar entrevistas o tomas de manifestación. h) Brindar seguridad para las Comisiones de Control, tanto en la instalación como en la ejecución de la acción de control. i) Realizar otras actividades que se requieran, de acuerdo a la naturaleza y circunstancias de las necesidades del control. Procedimiento para requerir el Apo yo al Contr ol Gubernamental 1.4.Para solicitar este apoyo se seguirá el siguiente procedimiento: a)Unidades Orgánicas.- Las Unidades Orgánicas que requieran el apoyo de la Policía Adscrita para el cumplimiento de sus objetivos, elaborarán la respectiva Hoja de Recomendación en cuyo textoexpondrán la necesidad del requerimiento debidamente fundamentado. b)Comisión de Control.- En el caso de Comisiones de Control que se encuentren ejecutando Accio- nes de Control Regular, tales como auditorías financieras, de gestión o exámenes especiales, for-mularán la Hoja de Recomendación para solicitar el apoyo de la Policía Adscrita, sustentando adi-cionalmente la imposibilidad de emplear directamente algún procedimiento alternativo (con el quese logre obtener la evidencia suficiente, competente y relevante) debiendo elevarla al encargado dela Unidad Orgánica. c)Acciones de Control Rápidas.- Tratándose de acciones de control rápidas, cuando la Comi- sión de Control encuentre hechos que puedan constituir indicios de comisión de delito o dañoeconómico al Estado, formulará la Hoja de Recomendación señalando tal situación y solicitan-do el apoyo de la Policía Adscrita, elevándola al encargado de la Unidad Orgánica. Dichoapoyo se prestará en todas las diligencias que se requieran hasta la conclusión de la acciónde control. Cuando las acciones de control lo ameriten, la Alta Dirección podrá disponer, conjuntamente con la acreditación de la Comisión de Control, el apoyo de la Policía Adscrita desde el inicio de la acción decontrol, en cuyo caso no será de aplicación el procedimiento señalado en el presente literal, ni en elliteral d) siguiente. Cuando se constaten hechos que puedan constituir indicios de comisión de delito o daño económico al Estado, se comunicará a la Alta Dirección, la cual informará oportunamente a la Fiscalía Especia-lizada, para que conforme a sus atribuciones determine denunciar la comisión de los presuntosdelitos . d) En cualquiera de los casos señalados en los literales a), b) y primer párrafo del c) precedentes, la Hoja de Recomendación será suscrita por el responsable de la comisión o Unidad Orgánica solici-tante conjuntamente con el asesor legal de las mismas.