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PÆg. 252647 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, el Banco de Crédito del Perú en sesión de Co- mité Ejecutivo celebrada el día 21 de agosto de 2003,aprobó la instalación de dos oficinas temporales en loslocales del ICPNA; Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici-tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº124-2003-DESF "A"; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten-dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996-97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar, en vía de regularización, al Banco de Crédito del Perú, la apertura de dos OficinasEspeciales, con carácter temporal, los días 26 y 27 deseptiembre de 2003, en las instalaciones del Instituto Cultural Peruano Norteamericano, Sede San Miguel, ubi- cada en la Av. La Marina Nº 2469, distrito de San Miguel,y en la Sede Miraflores, ubicada en la Av. Angamos Oes-te Nº 120, ambas en la provincia y departamento deLima. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 18223 RESOLUCIÓN SBS Nº 1356-2003 Lima, 26 de septiembre de 2003 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú, para que se le autorice la apertura de una OficinaEspecial, con carácter temporal, en el Colegio "AbrahamLincoln", ubicado en la calle José Antonio Nº 475 - Lote9, distrito La Molina; CONSIDERANDO: Que, la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica la apertura solici-tada; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "A", mediante Informe Nº123-2003-DESF "A"; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley Nº 26702 -Ley General del Sistema Financieroy del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superinten- dencia de Banca y Seguros-, con la Circular Nº B-1996- 97 y la Resolución SBS Nº 003-98; RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú, la apertura de una Oficina Especial, con carácter temporal, el 4 de octubre de 2003, en el Colegio "A-braham Lincoln", ubicado en la calle José Antonio Nº 475- Lote 9, distrito La Molina. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 18224ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONASEV Inscriben valores mobiliarios de contenido crediticio denominados "Bo-nos de Titulización Graæa & Montero y Subsidiarias - Primera Emisión" de In- ternacional de Títulos Sociedad Tituli-zadora S.A. COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN GERENCIA GENERAL Nº 078-2003-EF/94.11 Lima, 29 de setiembre de 2003 VISTOS: El Expediente Nº 2003/21120 presentado por INTER- NACIONAL DE TÍTULOS SOCIEDAD TITULIZADORAS.A., así como el Memorándum Nº 3583-2003-EF/94.45,de fecha 29 de setiembre de 2003, de la Gerencia de Mercados y Emisores; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en los artícu- los 301º y 314º del Texto Único Ordenado de la Ley de Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo Nº093-2002-EF, en virtud de fideicomiso de titulización lasociedad titulizadora que actúa como fiduciario debe rea-lizar la emisión de valores respaldados con el patrimoniofideicometido; Que, mediante Juntas Generales de Accionistas de GRAÑA Y MONTERO S.A. (hoy GRAÑA Y MONTEROS.A.A.), de fecha 29 de octubre de 2001 y de GYM S.A.,GRAÑA Y MONTERO PETROLERA S.A., GMD S.A.,GMI S.A. INGENIEROS CONSULTORES y CONCARS.A., todas de fecha 25 de setiembre de 2002, y Sesio- nes de Directorio de GRAÑA Y MONTERO S.A.A. del 24 de julio de 2003 y de GYM S.A., GRAÑA Y MONTEROPETROLERA S.A., GMD S.A., GMI S.A. INGENIEROSCONSULTORES y CONCAR S.A. del 15 de julio de 2003,se aprobó llevar a cabo un proceso de titulización por unmonto máximo de hasta Cincuenta Millones y 00/100 Dólares Americanos (US$ 50 000 000,00), basado en la transferencia a un patrimonio fideicometido de los dere-chos sobre un porcentaje determinado y/o una suma fijade determinados flujos futuros originados por tales so-ciedades así como las acciones representativas delcapital social de GRAÑA Y MONTERO PETROLERA S.A., GMD S.A., GMI S.A. INGENIEROS CONSULTO- RES y CONCAR S.A. de las que GRAÑA Y MONTEROS.A.A. es titular; Que, con fecha 29 de agosto de 2003, GRAÑA Y MONTERO S.A.A., GYM S.A., GRAÑA Y MONTEROPETROLERA S.A., GMD S.A., GMI S.A. INGENIEROS CONSULTORES, CONCAR S.A. e INTERNACIONAL DE TÍTULOS SOCIEDAD TITULIZADORA S.A., suscri-bieron un Contrato de Constitución de Fideicomiso deTitulización, mediante el cual los primeros se obligaron atransferir en fideicomiso (i) los derechos sobre un por-centaje determinado y/o una suma fija de determinados flujos de los originadores; adicionalmente, en el caso de GRAÑA Y MONTERO S.A.A., (ii) las acciones repre-sentativas del capital social de GRAÑA Y MONTEROPETROLERA S.A., GMD S.A., GMI S.A. INGENIEROSCONSULTORES y CONCAR S.A. de las que GRAÑA YMONTERO S.A.A. es titular, a favor de la sociedad titu- lizadora con la finalidad de que ésta los incorpore en un patrimonio fideicometido denominado "Patrimonio en Fi-deicomiso" - Decreto Supremo Nº 093-2002-EF, TítuloIX, Graña & Montero y Subsidiarias - Primera Emisión" ycon su respaldo emita valores mobiliarios, establecién-