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PÆg. 252634 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, en el marco de lo dispuesto por los artículos 18º y 19º de la Ley Nº 27783 - Ley de Bases de Descentra-lización, los planes y presupuestos de los GobiernosRegionales son participativos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 100-2003-EF se aprobó una transferencia de partidas para financiar, en parte, proyectos de inversión de los departamentos in-volucrados en la operación piloto: Planeamiento y Pro-gramación Participativa del Presupuesto para el Año Fis-cal 2003 hasta por la suma de S/. 30 500 000.00; Que, es necesario dotar de recursos adicionales a los Pliegos comprendidos dentro de la operación piloto: Planeamiento y Programación Participativa del Presu-puesto para el Año Fiscal 2003; Que, de otro lado, la Dirección General de Programa- ción Multianual del Sector Público ha evaluado y declara-do elegibles proyectos del programa de rehabilitación apro- bado por la Comisión Multisectorial de Prevención y Aten- ción de Desastres, los mismos que para su ejecuciónrequieren del financiamiento respectivo para aquellos Plie-gos Presupuestarios que no cuentan con disponibilidadpresupuestal suficiente para el presente Año Fiscal; Que, diversos Pliegos presupuestarios vienen eje- cutando actividades y proyectos que son financiados con apoyo de la Unión Europea, los cuales no cuentancon los recursos presupuestales suficientes para finan-ciar la contrapartida nacional requerida para el resto delpresente ejercicio fiscal, por lo que es necesario dotar-los de mayores recursos para tal efecto; Que, asimismo, es necesario otorgar recursos, en- tre otros pliegos, al Instituto Nacional de Desarrollo parala ejecución del Dragado del Lago Titicaca y la atenciónde gastos operativos y deudas del Proyecto EspecialPasto Grande, a la Presidencia del Consejo de Ministrospara el financiamiento de la cooperación no reembolsa- ble con el Banco Interamericano de Desarrollo - BID y el Banco Mundial - BIRF, para el diseño e implantación delPrograma de Reforma Fiscal y Social y el Proyecto deDesarrollo Rural de la Sierra, respectivamente, así comoal Gobierno Regional Cusco para continuar con la ejecu-ción de diversas obras del Proyecto Sutunta; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economía y Finanzas cuenta con recursos que puedenser destinados a financiar los gastos antes señalados; De conformidad con lo establecido por el Artículo 15º de la Ley Nº 27209 - Ley de Gestión Presupuestaria delEstado; DECRETA: Artículo 1º.- Autoriza Transferencia de Partidas Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presu- puesto del Sector Público para el Año Fiscal 2003, hasta por la suma de TREINTA Y NUEVE MILLONES DOS-CIENTOS NOVENTA Y UN MIL Y 00/100 NUEVOS SO-LES (S/. 39 291 000,00) de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: (En nuevos soles) SECCION PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 009 : Ministerio de Economía y Finanzas Unidad Ejecutora 001 : Administración GeneralFunción 03 : Administración y Planeamiento Programa 006 : Planeamiento Gubernamental Subprograma 0019 : Planeamiento Presupuestario, Financiero y Contable Actividad 00010 : Administración del Proceso Presupuestario del Sec- tor Público Fuente de Financiamiento 00 : Recursos Ordinarios CATEGORÍA DE GASTO 5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 38 492 000,00 Fuente de Financiamiento 14 : Recursos por Privatización y Concesiones CATEGORÍA DE GASTO5. GASTOS CORRIENTES 0 Reserva de Contingencia 799 000,00 =========== TOTAL EGRESOS 39 291 000,00 =========== A LA: Fuente de Financiamiento 00 : Recursos Ordinarios SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL 800 000,00 SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 37 692 000,00 =========== TOTAL 38 492 000,00 =========== Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilita- dos en la Sección Primera y Sección Segunda del pre- sente artículo, por la fuente de financiamiento RecursosOrdinarios, son detallados en los Anexos Nos. 1 y 2 dela presente norma. Fuente de Financiamiento 14 : Recursos por Privatización y Concesiones SECCIÓN SEGUNDA : INSTANCIAS DESCENTRALIZADAS 799 000,00 =========== TOTAL 799 000,00 =========== Los Pliegos y Grupos Genéricos de Gasto habilita- dos en la Sección Segunda del presente artículo, por lafuente de financiamiento Recursos por Privatización yConcesiones, son detallados en el Anexo Nº 3 de lapresente norma. Artículo 2º.- Obligación de Desagregar la Trans- ferencia de Partidas Los Pliegos Habilitados comprendidos en el presen- te dispositivo legal aprueban mediante Resolución delTitular de Pliego, la desagregación funcional programá-tica, de la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, dentro de los cinco (5) días hábi- les de la vigencia del presente dispositivo legal. Copiade dicha Resolución se remite dentro de los cinco (5)días hábiles de aprobada a los organismos señaladosen el artículo 4º de la Ley Nº 27879 – de Presupuestodel Sector Público para el Año Fiscal 2003. Artículo 3º.- Codificaciones La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos comprendidos en la presente Transferen-cia de Partidas, solicitarán a la Dirección Nacional delPresupuesto Público las codificaciones que se requie-ran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Meta y Unidades de Medida. Artículo 4º.- Notas de Modificación Presupuesta- ria La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces de los Pliegos instruye a las Unidades Ejecutoras bajo su ámbito para que elaboren las correspondientes “Notas para Modificación Presupuestaria” que se requieran, comoconsecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 5º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los seis días del mes de octubre del año dos mil tres. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Economía y Finanzas