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PÆg. 252638 NORMAS LEGALES Lima, martes 7 de octubre de 2003 Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el plazo deley. Artículo 4º.- Devolver todo lo actuado al Comité Espe- cial para que, el pleno del mismo, observando lo dispuestoen el artículo 33º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas aplicables, y continúe con las siguientes etapasdel proceso de selección, con sujeción a la normatividadvigente. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ESLAVA ARNAO Director Ejecutivo de Proyectos 18316 JUSTICIA FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 144-2003-JUS Mediante Oficio Nº 344-A-2003-SCM-PR la Secreta- ría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Suprema Nº 144-2003-JUS, publicada en la edición del 1 de octubre de 2003, en lapágina 252295. En el Primer Considerando; DICE: "... a la ciudad de California, Estados Unidos de Amé- rica ...;" DEBE DECIR: "... a la ciudad de Rancho Cucamonga, California, Estados Unidos de América ...;" DICE: "Artículo 1º.- ... a la ciudad de California, Estados Unidos de América ..." DEBE DECIR:"Artículo 1º.- ... a la ciudad de Rancho Cucamonga, California, Estados Unidos de América ...;" 18330 PRODUCE Autorizan ejecución de pesca exploratoria de los recursos anchovetay anchoveta blanca del 15 al 31 de octubre de 2003, entre el extremo norte y los 16°00’S del dominio marítimo RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 371-2003-PRODUCE Lima, 3 de octubre de 2003 CONSIDERANDO:Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º de la Ley General de Pesca —Decreto Ley Nº 25977—, los recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas jurisdic- cionales del Perú son patrimonio de la Nación; corres-pondiendo al Estado regular el manejo integral y la explo-tación racional de dichos recursos, considerando que la actividad pesquera es de interés nacional; Que el artículo 9º de la citada Ley contempla que, sobre la base de evidencias científicas disponibles y defactores socioeconómicos, la autoridad pesqueradeterminará según el tipo de pesquería, los sistemas de ordenamiento pesquero, las cuotas de captura permisi- bles, temporadas y zonas de pesca, regulación del es-fuerzo pesquero, los métodos de pesca, tallas mínimasde captura y demás normas que requieran la preserva-ción y explotación racional de los recursos pesqueros; Que por Resolución Ministerial Nº 258-2003-PRO- DUCE del 14 de julio del 2003, se dispuso la veda por cumplimiento de cuota, del recurso anchoveta ( Engrau- lis ringens ) correspondiente al stock norte-centro a par- tir del día 21 de julio del 2003; Que el Instituto del Mar del Perú, mediante el Oficio Nº PCD-100-401-2003-PRODUCE/IMP del 23 de julio del 2003, alcanzó el "Informe sobre el avance del proce- so reproductivo de anchoveta (al 15 de julio 2003)", en lacual se concluye que el análisis de los parámetros re-productivos de la anchoveta en la región norte-centro,tales como el índice gonadosomático, madurez sexual yfracción de hembras desovantes, indicaban que el pe- ríodos de desove principal de invierno-primavera se ini- ció en los primeros días del mes de agosto; Que el Instituto del Mar del Perú, mediante el Oficio Nº PCD-100-477-2003-PRODUCE/IMP de fecha 1 deoctubre de 2003, alcanzó el "Informe sobre el avancedel proceso reproductivo de anchoveta al 30 de setiem- bre del 2003". El citado informe concluye, en función a los análisis de los parámetros reproductivos de laanchoveta, que el período de desove principal de invier-no-primavera habría alcanzado su mayor intensidad enel mes de setiembre del 2003 y, que de acuerdo al patrónde desove establecido para esta especie, se espera la declinación de este proceso; por lo que recomienda el reinicio de las actividades de extracción de la citadaespecie en la región norte-centro, a partir de la segundasemana de octubre del presente año; asimismo, reco-mienda mantener vigente las medidas de regulación parala protección de ejemplares juveniles, aspecto que debe ser tomado en cuenta por la Administración para esta- blecer las medidas de ordenamiento pesquero; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca —Decreto Ley Nº 25977—, suReglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, así como en aplicación de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 27789; y, Con la opinión favorable del Viceministro de Pesque- ría; SE RESUELVE: Autorización de una pesca exploratoria de la anchoveta. Artículo 1º.- Autorizar la ejecución de una Pesca Exploratoria de los recursos anchoveta ( Engraulis rin- gens) y anchoveta blanca ( Anchoa nasus ), a partir de las 00.00 horas del día 15 de octubre hasta las 24.00 horas del 31 de octubre del 2003, en la zona comprendi- da entre el extremo norte del dominio marítimo del Perú ylos 16° 00’ S. Los volúmenes de captura del recurso anchoveta ( Engraulis ringens ) que se efectúen en el marco de la citada Pesca Exploratoria, serán considerados dentro de la cuota de captura que mediante Resolución Mi- nisterial se establezca para la presente temporada depesca. Artículo 2º.- Los establecimientos industriales pesqueros ubicados dentro del área que comprende lapresente autorización, podrán recibir el recurso anchove- ta hasta las 12.00 horas del día 1 de noviembre del 2003, quedando prohibida las actividades de procesamiento apartir de las 00.00 horas del 2 de noviembre del 2003. Artículo 3º.- La Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, sólo otorga-rá autorización de zarpe para realizar actividades extractivas hasta las 12 horas del día 31 de octubre del 2003.