Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (10/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 44

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 252843 NORMAS LEGALES Lima, viernes 10 de octubre de 2003 Que, el uso de la declaración jurada, de acuerdo al or- denamiento jurídico nacional, en especial la Ley de Proce-dimiento Administrativo General, se encuentra sustentadoen el Principio de Veracidad, en mérito al cual se presumecomo cierto los documentos y declaraciones formuladaspor los administrados, es decir, constituye un deber legal de suponer, por adelantado y con carácter provisorio, que los administrados proceden con verdad en sus actuacio-nes en el procedimiento que intervienen; Que, el formulario de identidad, el mismo que constitu- ye la Ficha Registral sobre la cual se da inicio al procedi-miento registral a través del cual su titular busca satisfacer sus intereses o derechos, constituye un documento públi- co sobre el cual recae la veracidad presunta y que a su vezse encuentra sujeto a una fiscalización posterior a efectode confirmar tal veracidad; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 248-2003-JEF/ RENIEC de fecha 16 de junio de 2003, publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con fecha 18 de junio de 2003, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativosdel Registro Nacional de Identificación y Estado Civil; Que, mediante Resolución Jefatural Nº 376-2003-JEF/ RENIEC de fecha 15 de agosto de 2003, publicada en elDiario Oficial El Peruano con fecha 20 de agosto de 2003, se modificó el Anexo Nº 3 del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Registro Nacional de Identifi-cación y Estado Civil, aprobado mediante Resolución Je-fatural Nº 248-2003-JEF/RENIEC, estableciéndose que laexistencia de la dirección domiciliaria se acredita con re-cibo de servicio público o tributo municipal, bastando la declaración jurada prestada por el titular en la propia Fi- cha Registral si residiera en Centro Poblado que carecede servicios públicos; Que, para el inicio de los procedimientos instados en las Oficinas Consulares, es indispensable precisar los re-querimientos relativos a la dirección domiciliaria que el ti- tular señale en el extranjero, en el marco de lo que dispone el Decreto Supremo Nº 022-99-PCM; y, De conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 11º de la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RegistroNacional de Identificación y Estado Civil y el Artículo 11ºinciso h) del Reglamento de Organización y Funciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aproba- do mediante la Resolución Jefatural Nº 869-2002-JEF/RE-NIEC; SE RESUELVE: Artículo Único.- Precisar que en los procedimientos registrales instados en las Oficinas Consulares del Perúen el exterior, la dirección domiciliaria que el titular señaleen el extranjero, se entenderá aportada bajo declaraciónjurada que se tiene por prestada en el Formulario de Iden-tidad (Ficha Registral). Regístrese, publíquese y cúmplase. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 18509 MINISTERIO PÚBLICO Dejan sin efecto artículo de resolu- ción que nombró Fiscal ProvincialProvisional de la Fiscalía ProvincialMixta de Puerto Inca, Distrito Judi- cial de Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1511-2003-MP-FN Lima, 7 de octubre de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad de servicio y estando a lo dispues- to por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, LeyOrgánica del Ministerio Público;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto el Artículo Segun- do de la Resolución Nº 1497-2003-MP-FN, de fecha 6 deoctubre del 2003, que nombra al doctor Jorge Carlos Gar-cía Ayala como Fiscal Provincial Provisional de la Fisca- lía Provincial Mixta de Puerto Inca, Distrito Judicial de Ucayali. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi-cial de Ucayali, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y al mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 18512 Autorizan contratar servicio de lim- pieza y saneamiento ambiental me-diante proceso de adjudicación demenor cuantía RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 1512-2003-MP-FN Lima, 7 de octubre de 2003 VISTOS: El Informe Nº 288-2003-MP-FN-GECLOG-GESER, In- forme Nº 781-2003-MP-FN-OAJ, Oficio Nº 1397-2003-MP-FN-GG; y, CONSIDERANDO: Que, con fecha 3 de setiembre de 2002, el Ministerio Público suscribió con la empresa Promotora Interamericanade Servicios (PISERSA), el Contrato Nº 013-2002-MP-FN-GECLOG, por medio del cual ésta se comprometía a pres-tar el servicio de saneamiento y limpieza ambiental de lasdependencias del Ministerio Público, para el período com- prendido entre el 22 de junio de 2002 al 21 de junio de 2003; Que, al vencimiento del instrumento contractual detalla- do en la cláusula precedente y teniendo en cuenta que elproceso de selección convocado para tal fin aún no habíaculminado, se suscribió con la empresa PISERSA, de con- formidad con lo previsto en el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, elContrato Complementario Nº 001-2003-MP-FN-GECLOG,con vigencia del 22 de junio al 1 de octubre de 2003; Que, a la fecha el Concurso Público Nº 001-2003-MP- FN-GG, del Servicio de Limpieza y Saneamiento Ambiental, convocado para seleccionar a la empresa que preste di- cho servicio en la Institución, aún no ha concluido debido aque la Buena Pro que le fuera otorgada a la empresa HES-VI S.A. fuera declarada Nula mediante Resolución de laFiscalía de la Nación Nº 1031-2003-MP-FN, lo que motivóa que el proceso se haya retrotraído a la etapa de evalua- ción de propuestas; Que, elaborado el nuevo cuadro de conformación de los postores habilitados de acuerdo a la calificación efectua-da el 4 de setiembre del año en curso se otorgó la BuenaPro a la empresa SANIDAD Y LIMPIEZA INDUSTRIALPERUANA SAC., por haber obtenido el mayor puntaje fi- nal, acto que fuera materia del recurso de apelación pre- sentado con fecha 11 de setiembre de 2003 por la empre-sa PISERSA, impugnación que ha sido desestimada me-diante Resolución de la Fiscalía de la Nación que declaraInfundado el recurso y que fuera notificada con fecha 29de setiembre del año en curso, encontrándose en tal senti- do a la fecha corriendo el plazo para la interposición del recurso de revisión; Que, por los motivos expuestos la Gerencia de Servi- cios Generales solicita se gestione ante las instancias supe-riores de la Institución la declaración de situación de ur-gencia del servicio de limpieza y saneamiento ambiental