Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2003 (10/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 10 de octubre de 2003

Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR a la Procuradora Publica Ad Hoc encargada de los asuntos judiciales del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra los Sres. Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA e Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso a la Procuradora Publica mencionada, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 18494

Aprueban donacion de vehiculos a favor de asociacion
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 223-2003-VIVIENDA MORDAZA, 9 de octubre de 2003 Vistos la Carta de fecha 17 de marzo de 2003 del Presidente de la Asociacion Traperos de Emaus, el Memorandum Nº 022-2003/VIVIENDA-CGP de fecha 24 de setiembre de 2003, y el Memorandum Nº 939-2003-VIVIENDAOGA; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 27779, se aprobo la Ley Organica que modifica la organizacion y funciones de los Ministerios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, determinandose el numero de Ministerios, entre los cuales se constituyo el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Disposicion Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivo el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido para todos sus efectos, el 31 de MORDAZA del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se establecio que el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, segun corresponda, asumia las competencias, funciones, atribuciones, los derechos y obligaciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Programa de Equipamiento Basico Municipal y los organos de apoyo, control defensa judicial y asesoria del Ministerio de la Presidencia que se desactivo; Que, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento es un organismo publico integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organizacion y Funciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, y que tiene como mision mejorar las condiciones de MORDAZA de la poblacion facilitando su acceso a una vivienda adecuada y a los servicios basicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conservacion, mantenimiento y proteccion de los centros de poblacion y sus areas de influencia, fomentando la participacion de las organizaciones de la sociedad civil y de la iniciativa e inversion privadas; Que, mediante Decreto Ley Nº 25857 se autorizo al desactivado Ministerio de la Presidencia la adquisicion de 23 omnibuses y otros bienes muebles de ENATRU PERU en liquidacion; Que, por Decreto Supremo Extraordinario Nº 024-PCM93, se autorizo al desactivado Ministerio de la Presidencia

adquirir de ENATRU PERU en liquidacion 28 omnibuses y otros bienes muebles; Que, una vez recibidos los vehiculos y otros bienes por el desactivado Ministerio de la Presidencia con actas de fecha 2 de diciembre de 1992 y 3 de MORDAZA de 1993, se entregaron los omnibuses al Servicio de Material del Ejercito para su custodia y mantenimiento hasta que se determine su destino; Que, mediante Informes Nº 027-2001/PRES-OGAABAST-PAT y Nº 005-2003/VIVIENDA-UA-AT, se puso de conocimiento de la Directora de Asuntos Administrativos del desactivado Ministerio de la Presidencia y del Director de Abastecimientos del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento respectivamente, que los 25 omnibuses Volvo, se encuentran inservibles para su uso y economicamente poco factibles para su reparacion, debido a que no se han efectuado reparaciones o accion alguna desde la fecha del primer informe, que MORDAZA cambiado la situacion de los vehiculos en mencion, a lo que se agrega el paso del tiempo, el cual ha incrementado su estado de deterioro total; Que, de acuerdo a lo informado por el Comite de Gestion Patrimonial, resulta inviable la baja de bienes muebles no patrimoniales mediante el procedimiento establecido para los bienes patrimoniales, ya que seria necesario que estos MORDAZA dados de alta dentro del patrimonio del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, conforme las normas establecidas, no ajustandose a los principios de informalismo, eficacia y celeridad que rigen a los actos de administracion interna y actos administrativos de la administracion publica, por lo que se encuentran enmarcados dentro de lo establecido en la Directiva para el Procedimiento Administrativo respecto de los Actos de Disposicion de Bienes Muebles adquiridos por el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento para ser Distribuido a Terceros, aprobado mediante Resolucion de Secretaria General Nº 016-2003/VIVIENDA-SG; Que, mediante la Carta de fecha 17 de marzo de 2003, el Presidente de la Asociacion Traperos de Emaus solicito la donacion de los 25 omnibuses Volvo, en calidad de chatarra, siendo que dicha entidad es una persona juridica sin fines de lucro, cuyos fines son desarrollar acciones de ayuda social en los sectores de escasos recursos economicos; Que, luego de la evaluacion realizada por el Comite de Gestion Patrimonial y con la finalidad de contribuir con los objetivos de la Asociacion Traperos de Emaus, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento ha considerado procedente la donacion de cinco (5) omnibuses Volvo cuyas caracteristicas se describen en el Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion, precisando que dicha donacion se efectua como chatarra, quedando prohibida su circulacion; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27779, Nº 27792 y el Decreto Supremo Nº 002-2002VIVIENDA; SE RESUELVE: Articulo 1º .- Aprobar la donacion de cinco (5) omnibuses Volvo, los cuales se encuentran en estado de chatarra, y se describen en el Anexo I, que forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, valorizados en S/. 323 813,29 (Trescientos veintitres mil ochocientos trece y 29/ 100 Nuevos Soles), a favor de la Asociacion Traperos de Emaus. Articulo 2º.- Transcribir la presente Resolucion Ministerial a la Superintendencia de Bienes Nacionales y a la Contraloria General de la Republica dentro de los terminos establecidos por Ley. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento

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