Norma Legal Oficial del día 10 de octubre del año 2003 (10/10/2003)


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NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

MORDAZA, viernes 10 de octubre de 2003

ca y Tecnica (ECOTECH) del mencionado foro, para la elaboracion de la agenda de trabajo APEC 2004 MORDAZA, a realizarse del 13 al 22 de octubre de 2003; y a la MORDAZA de Singapur, para que realice consultas con la Secretaria General del Foro de Cooperacion Economica del MORDAZA MORDAZA (APEC) sobre los temas de cooperacion tecnica y economica de interes para el Peru, a realizarse del 24 al 31 de octubre de 2003. Articulo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumplimiento de la presente Resolucion, por concepto de pasajes US$ 2,300.00, viaticos US$ 5,460.00 y tarifa por uso de aeropuerto US$ 28.00, seran cubiertos por el pliego presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, debiendo rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino de la citada comision. Articulo Tercero.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de las citadas reuniones, el mencionado funcionario debera presentar ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos o derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese.

Que, de conformidad a lo previsto por el articulo 5º de la Ley Nº 27711 - Ley del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, corresponde al Sector, proponer politicas y supervisar la intermediacion laboral, las agencias de colocaciones, las empresas contratistas, y cualquier otra modalidad empresarial cuyo objeto este vinculado con el suministro de mano de obra en el mercado; Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2003-TR se creo el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo, con el objeto de regular el funcionamiento de estas, a fin de que cumplan adecuadamente la funcion de dinamizar el MORDAZA de trabajo facilitando la vinculacion entre la oferta y demanda laboral, asi como se consiga una adecuada proteccion a los solicitantes de empleo; Que, es necesario precisar determinados aspectos de la MORDAZA mencionada precedentemente, a fin de alcanzar los objetivos propuestos en ella; De conformidad al articulo 3º del Decreto Legislativo Nº 560, Ley del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27711; DECRETA:

MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18515

Articulo 1º.- Modificacion del articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2003-TR Adicionase un parrafo al articulo 2º del Decreto Supremo Nº 005-2003-TR, en los terminos siguientes: "No son consideradas Agencias Privadas de Empleo, las bolsas de trabajo de las instituciones educativas cuya finalidad es la insercion laboral de sus egresados, siempre que las indicadas bolsas de trabajo carezcan de personalidad juridica propia y no efectuen cobro alguno por su servicio." Articulo 2º.- Sustitucion de los articulos 9º, 10º y 12º del Decreto Supremo Nº 005-2003-TR Sustituyanse los articulos 9º, 10º y 12º del Decreto Supremo Nº 005-2003-TR, por lo siguiente: "Articulo 9º.- Las Agencias Privadas de Empleo deberan proveer candidatos solamente en atencion a las calificaciones y experiencia laboral de las personas que constituyan la oferta de trabajo. Las Agencias Privadas de Empleo, brindaran identicas oportunidades a todos los solicitantes de empleo, encontrandose prohibidas las practicas que constituyan actos de discriminacion y alteracion de igualdad de trato. Al respecto son aplicables en lo que se refiere a las ofertas de empleo, la Ley Nº 27772, Ley que dispone que las ofertas de empleo y acceso a medios de formacion educativa no podran contener requisitos que constituyan discriminacion, anulacion o alteracion de igualdad de oportunidades o de trato, modificada por la Ley Nº 27270 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-98TR. No seran considerados actos de discriminacion, aquellas acciones positivas por parte de las Agencias Privadas de Empleo dirigidas a promover especialmente la insercion laboral de grupos vulnerables." "Articulo 10º.- Las Agencias Privadas de Empleo comunicaran a la Autoridad Administrativa de Trabajo, el cambio de su domicilio, denominacion o razon social dentro de los cinco (5) dias posteriores de haberse producido el hecho. El cambio de domicilio sera acreditado a traves de MORDAZA policial o notarial. En el caso del cambio de denominacion o razon social, el hecho se acreditara adjuntando la fotocopia del comprobante de informacion registrada del Registro Unico del Contribuyente (RUC) de la SUNAT en el que conste la modificacion producida." "Articulo 12º.- Las personas naturales y juridicas que desempenen la actividad a que se refiere el articulo 2º del presente Decreto Supremo, sin contar con el registro ac-

SALUD
Designan Director Ejecutivo de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron" de MORDAZA Chimbote
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1056-2003-SA/DM MORDAZA, 9 de octubre del 2003 De conformidad con lo previsto en los Articulos 3º y 7º de la Ley Nº 27594, el inciso l) del Articulo 8º de la Ley Nº 27657 y el Articulo 77º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluida, la designacion de la doctora MORDAZA EMELDA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Directora Ejecutiva de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron", de MORDAZA Chimbote de la Direccion Regional de Salud Ancash. Articulo Segundo.- Designar, en el cargo de Director Ejecutivo de la Unidad Territorial de Salud "Eleazar MORDAZA Barron", de MORDAZA Chimbote de la Direccion Regional de Salud MORDAZA, Nivel F-4, al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA NORIEGA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA RIVADENEYRA Ministro de Salud 18526

TRABAJO Y PROMOCION DEL EMPLEO
Modifican el D.S. Nº 005-2003-TR mediante el cual se creo el Registro Nacional de Agencias Privadas de Empleo
DECRETO SUPREMO Nº 011-2003-TR EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

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