Norma Legal Oficial del día 11 de octubre del año 2003 (11/10/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

MORDAZA, sabado 11 de octubre de 2003

NORMAS LEGALES

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publica, de 24 de diciembre de 1996; la Ley Nº 27619, de 21 de diciembre de 2001 y el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM, de 6 de junio de 2002, que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos; y el Decreto de Urgencia Nº 017-2003, de 7 de agosto de 2003; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar el viaje del Ministro de Relaciones Exteriores, Embajador MORDAZA MORDAZA Tizon, del 11 al 22 de octubre de 2003, para participar en las Visitas Oficiales que realizara el Presidente de la Republica, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a las Republicas de MORDAZA, Alemania, al Reino de Tailandia asi como en la celebracion de la XI Reunion Cumbre del Foro de Cooperacion Economica Asia-Pacifico (APEC), a llevarse a cabo en Bangkok, Reino de Tailandia. Articulo Segundo.- Encargar el Despacho del Ministro de Relaciones Exteriores a la Presidenta del Consejo de Ministros, doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, mientras dure la ausencia del titular. Articulo Tercero.- Los gastos que ocasione la presente Resolucion por concepto de viaticos US$ 3,640.00, seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Dr. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TIZON Ministro de Relaciones Exteriores 18678

Declaran nulo MORDAZA de seleccion de adjudicacion directa selectiva para la adquisicion de material de procesamiento automatico de datos
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 330-2003-PCM MORDAZA, 10 de octubre de 2003 VISTO: El Memorando Nº 1264-2003-PCM/SA.OAA.700.1 de la Oficina de Asuntos Administrativos de la Presidencia del Consejo de Ministros; CONSIDERANDO: Que, con fecha 2 de setiembre de 2003, el Presidente de la Comision Especial de Procesos de Adjudicacion Directa Selectiva de la Presidencia del Consejo de Ministros, inicia la convocatoria al MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0025-2003-PCM "Adquisicion de Materiales de Procesamiento Automatico de Datos", en adelante "el MORDAZA de Seleccion"; Que, del Memorando del visto se aprecia que por motivos de caracter administrativo no fue posible formalizar previamente la aprobacion de las bases correspondientes; Que, el articulo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM establece que el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrati-

va de la Entidad, segun corresponda, podra declarar de oficio la nulidad del MORDAZA de seleccion por alguna de las causales establecidas en el articulo 57º de la Ley, solo hasta MORDAZA de la celebracion del contrato, sin perjuicio de la que sea declarada en la resolucion recaida sobre los recursos impugnativos, siendo que dicha facultad es indelegable. Anade dicha MORDAZA que la Resolucion que declara la nulidad de oficio debera publicarse en el Diario Oficial El Peruano dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion; Que, por su parte, el articulo 57º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, preve como causales para declarar la nulidad de actos administrativos expedidos por las Entidades, haber sido dictados por organo incompetente, contravenir las normas legales, contener un imposible juridico, o prescindir de las normas esenciales del procedimiento o de la forma prescrita por la normatividad aplicable, debiendo expresarse en la Resolucion que se expida la etapa a la que se retrotraera el proceso; Que, el articulo 33º del Reglamento del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, establece que los procesos de seleccion seran conducidos por un Comite Especial, el cual se encargara de su organizacion y ejecucion, desde la preparacion de las Bases, absolucion de consultas, evaluacion de observaciones, recepcion de ofertas, calificacion de postores, evaluacion de propuestas y, en general, todo acto necesario o conveniente, hasta que la Buena Pro quede consentida o administrativamente firme; Que, el articulo 82º de dicha MORDAZA senala que el Comite Especial elaborara las Bases de las adjudicaciones directas conforme a las especificaciones tecnicas entregadas por las dependencias encargadas de las adquisiciones y contrataciones, debiendo contener, por lo menos, las condiciones minimas senaladas por Ley. Anade que deberan ser aprobadas segun los niveles establecidos para ello por el Titular del Pliego o por la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, segun corresponda; Que, de las normas MORDAZA mencionadas, se desprende que constituyen momentos del MORDAZA de seleccion, tanto la preparacion de las Bases como su aprobacion por la autoridad facultada para tal efecto, segun lo que disponga el Titular del Pliego o la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad; Que, en tal sentido, se configuraria una causal que implicaria la nulidad del MORDAZA de Seleccion, al no cumplirse con un requisito indispensable para la continuidad del MORDAZA, como es la aprobacion de las bases correspondientes; De conformidad con lo establecido en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 0132001-PCM, el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros aprobado por Decreto Supremo Nº 067-2003-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar nulo el MORDAZA de Seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva Nº 0025-2003-PCM "Adquisicion de Material de Procesamiento Automatico de Datos", por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion, debiendo retrotraerse el MORDAZA a la etapa de elaboracion de Bases. Articulo 2º.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los cinco (5) dias siguientes a su expedicion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidenta del Consejo de Ministros 18646

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