Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 11 DE OCTUBRE DEL AÑO 2003 (11/10/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 22

PÆg. 252876 NORMAS LEGALES Lima, sábado 11 de octubre de 2003 Pasajes US$ 945,23 x 2 = US$ 1 890,46 Viáticos US$ 2 420,00 x 2 = US$ 4 840,00Tarifa CORPAC US$ 28,00 x 2 = US$ 56,00 Artículo 3º.- Dentro de los quince días calendario siguientes a la realización del viaje, los funcionarios au- torizados mediante el Artículo 1º, presentarán al Titu- lar del Sector un informe detallado sobre las accionesrealizadas y los logros obtenidos en el evento al queasistirán y las rendiciones de cuentas de acuerdo a Ley. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no li- bera ni exonera del pago de impuestos o de derechos adua- neros, cualquiera fuere su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER REÁTEGUI ROSSELLÓ Ministro de la ProducciónEncargado de la Cartera de ComercioExterior y Turismo 18592 Autorizan inscripción y registro de me- morias de sólo lectura solicitadas porla empresa Aristocrat Inc. RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 807-2003-MINCETUR/VMT/DNT Lima, 1 de octubre de 2003 Vistos, los Expedientes Nºs. 000928, 000932, 000934, 001061 y 001063-2003-MINCETUR, presentados por la empresa Aristocrat Inc, en los que solicita autorización y registro de memorias de sólo lectura; CONSIDERANDO: Que, mediante los expedientes antes indicados la em- presa solicita autorización y registro de diversas memo- rias de sólo lectura; Que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 116º de la Ley Nº 27444 “Ley del Procedimiento AdministrativoGeneral”, procede la acumulación siempre que se trate deasuntos conexos que permitan tramitarse y resolverse con- juntamente; Que, mediante Ley Nº 27153 se reguló la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, esta-bleciéndose en el artículo 11º que los programas de juegocuya explotación es permitida en el país son aquellos quecuentan con autorización y registro; Que, el artículo 18º del Reglamento de la Ley Nº 27153, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2002-MINCETUR, establece la información y documentaciónque deben presentar los interesados en obtener la au-torización y registro de las memorias de sólo lecturaque integran los programas de juego de las máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21º del citado Reglamento señala que los modelos de máquinas tragamonedas y lasmemorias de sólo lectura de los programas de juego debe-rán someterse con anterioridad a su autorización y regis-tro, a un examen técnico ante una Entidad Autorizada, la cual expedirá un Certificado de Cumplimiento que acredi- tará que el modelo o las memorias que componen el pro-grama de juego, según sea el caso, cumplen con los requi-sitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directi-vas; Que, realizada la evaluación de los Certificados de Cum- plimiento expedidos por el Laboratorio de Certificación de la Universidad Católica del Perú y por la empresa GamingLaboratories International Inc (GLI), así como de las me-morias de sólo lectura, se advierte que las mismas cum-plen con lo dispuesto en el artículo 18º del Decreto Supre-mo Nº 009-2002-MINCETUR, registrando el programa prin- cipal y de personalidad un porcentaje de retorno al público no menor del 85%;Que, de acuerdo con lo establecido en el primer párrafo del artículo 18º del Decreto Supremo Nº 009-2002-MIN-CETUR, sólo podrán ser materia de Autorización y Regis-tro las memorias de sólo lectura que contienen los progra-mas principales y de personalidad; De conformidad con la Ley Nº 27153, el Decreto Su- premo Nº 009-2002-MINCETUR y el Procedimiento Nº 06 del T.U.P.A. del MINCETUR aprobado mediante De-creto Supremo Nº 009-2003-MINCETUR, estando a loopinado en los Informes Técnicos Nºs. 074, 076, 077,078 y 079-2003-MINCETUR/VMT/DNT/DJCMT/DAR-JYM y Legal Nº 529-2003-MINCETUR/VMT/DNT/ DJCMT/DAR; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar la inscripción y registro de no- venta y cuatro (94) memorias de sólo lectura solicitadas por la empresa Aristocrat Inc., fabricadas por la empresaAristocrat Technologies PTY Ltd (Australia), según el si-guiente detalle: Nº Nº REGISTRO CÓDIGO DE LA MEMORIA 01 A0004997 02J01806 U07 (U07) 02 A0004998 02J01806 U08 (U08) 03 A0004999 02J01806 U09 (U09) 04 A0005000 02J01806 U11 (U11) 05 A0005001 02J01806 U12 (U12) 06 A0005002 02J01806 U13 (U13) 07 A0005003 02J01936 U07 (U07) 08 A0005004 02J01936 U08 (U08) 09 A0005005 02J01936 U11 (U11) 10 A0005006 02J01936 U12 (U12) 11 A0005007 02J01866 U07 (U07) 12 A0005008 02J01866 U08 (U08) 13 A0005009 02J01866 U09 (U09) 14 A0005010 02J01866 U10 (U10) 15 A0005011 02J01866 U11 (U11) 16 A0005012 02J01866 U12 (U12) 17 A0005013 02J01866 U13 (U13) 18 A0005014 02J01866 U14 (U14) 19 A0005015 02J01916 U08 (U08) 20 A0005016 02J01916 U09 (U09) 21 A0005017 02J01916 U10 (U10) 22 A0005018 02J01916 U12 (U12) 23 A0005019 02J01916 U13 (U13) 24 A0005020 02J01916 U14 (U14) 25 A0005021 02J01906 U07 (U07) 26 A0005022 02J01906 U08 (U08) 27 A0005023 02J01906 U11 (U11) 28 A0005024 02J01906 U12 (U12) 29 A0005025 02J02036 U7 (U7) 30 A0005026 02J02036 U8 (U8) 31 A0005027 02J02036 U9 (U9) 32 A0005028 02J02036 U11 (U11) 33 A0005029 02J02036 U12 (U12) 34 A0005030 02J02036 U13 (U13) 35 A0005031 01J01886 U7 (U7) 36 A0005032 01J01886 U8 (U8) 37 A0005033 01J01886 U9 (U09) 38 A0005034 01J01886 U11 (U11) 39 A0005035 01J01886 U12 (U12) 40 A0005036 01J01886 U13 (U13) 41 A0005037 01J01846 U7 (U7) 42 A0005038 01J01846 U8 (U8)