Norma Legal Oficial del día 19 de octubre del año 2003 (19/10/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 19 de octubre de 2003

Declaran nulos Acuerdos sobre vacancia del cargo de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA
RESOLUCION Nº 172-2003-JNE
Expediente Nº 971-2003 MORDAZA, 16 de octubre de 2003 VISTO el recurso de apelacion interpuesto en representacion de don MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA, contra el acuerdo que declara la vacancia del cargo del Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de Dios; la documentacion presentada por las partes; y, oido el informe oral en la audiencia publica de fecha 14 de octubre del 2003; CONSIDERANDO: Que en sesion extraordinaria Nº 019-2003 de fechas 4 y 5 de agosto del 2003, se trataron las solicitudes de vacancia del cargo del Presidente Regional por las causales previstas en los numerales 4) y 5) del articulo 30º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales, y se obtuvo cinco votos a favor de la vacancia, segun consta de fojas 12 a 22; ratificandose con el mismo numero de votos el acuerdo de vacancia en la sesion extraordinaria Nº 020-2003 de fecha 8 de agosto del 2003, conforme obra de fojas 23 a 28; Que el Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA esta integrado por el Presidente Regional, Vicepresidente Regional y los siete Consejeros, esto es, nueve miembros, requiriendose por lo menos seis votos para la declaratoria de vacancia; en consecuencia, el acuerdo de vacancia es nulo; Que por Resolucion Superior de fecha 23 de MORDAZA del 2003, se confirmo el mandato de detencion expedido por el Juzgado Penal de Tambopata contra el procesado MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA, segun consta de fojas 168 a 170; correspondiendo al Consejo Regional de MORDAZA de MORDAZA emitir pronunciamiento de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31º de la Ley Nº 27867; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar fundado el recurso de apelacion interpuesto en representacion de don MORDAZA Edwi MORDAZA Lopez; en consecuencia, declarar nulos y sin efecto los acuerdos adoptados en las sesiones extraordinarias Nºs. 019 y 020-2003 de fechas 4, 5 y 8 de agosto del 2003, que declaran y ratifican el acuerdo declaratorio de vacancia del cargo del Presidente Regional de MORDAZA de Dios. Articulo Segundo.- Declarar que don MORDAZA Edwi MORDAZA MORDAZA ostenta el cargo de Presidente del Gobierno Regional de MORDAZA de MORDAZA, por el periodo 2003 - 2006, para el cual fue elegido. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. SANCHEZ-PALACIOS PAIVA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MARQUILLO MORDAZA MORDAZA BALLON-LANDA MORDAZA, Secretario General. 19057

Nº 230-2003- RENIEC-GPP de la Gerencia de Planificacion y Presupuesto; el Oficio Nº 202-2003-GII/RENIEC del 17 de setiembre de 2003, emitido por la Gerencia de Imagen Institucional; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26497, se crea el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, con arreglo a lo previsto en los articulos 177º y 183º de la Constitucion Politica del Peru, como un organismo MORDAZA con personeria juridica de derecho publico interno y con el goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera; Que, mediante MORDAZA Nº 230-2003-RENIEC/GPP de fecha 6 de marzo del 2003, la Gerencia de Planificacion y Presupuesto, senala que existe cobertura presupuestal para el concurso publico correspondiente a la contratacion de una agencia de publicidad por un valor referencial de S/. 1´243,700.00; Que, dentro de la actual politica de RENIEC de ayuda a los peruanos de menores recursos, se emitio la Resolucion Nº 3752003-JEF/RENIEC de fecha 16 de agosto de 2003, mediante la cual se dispuso el canje de L.E por el DNI a un monto de 8 soles para los sectores considerados en situacion de pobreza con la finalidad de que la poblacion mas necesitada acuda a realizar su tramite en las agencias de RENIEC y asi cumplir con el objetivo institucional de identificar a todos los peruanos, encontrandose MORDAZA el plazo para el canje de la libreta electoral por el DNI hasta el 31 de diciembre de 2003; Que, mediante Oficio Nº 202-2003-GII/RENIEC de fecha 17 de setiembre de 2003 la Gerencia de Imagen Institucional, informa la necesidad de contratar en forma urgente los servicios de una agencia de publicidad que se encargue de desarrollar una MORDAZA publicitaria sobre el canje de L.E por DNI a 8 nuevos soles para los sectores de menores recursos en cumplimiento de lo dispuesto por la Resolucion Jefatural Nº 375-2003-JEF/RENIEC, servicios estos que se encontrarian dentro del Concurso Publico Nº 002-2003-RENIEC destinado a contratar los servicios de una agencia publicitaria para la MORDAZA en general sobre el DNI; Que, mediante Informe Nº 1214-2003-DLG/GAD de fecha 13 de octubre de 2003, de la Division de Logistica, se informa que mediante Resolucion Jefatural Nº 016-2003-JEF/ RENIEC de fecha 23 de enero del 2003, se aprobo el Plan Anual de Contrataciones y Adquisiciones de RENIEC para el 2003, en el mismo que se considera el MORDAZA de seleccion de Concurso Publico para el servicio de MORDAZA publicitaria sobre el DNI, el mismo que ha sido declarado desierto y habiendo quedado establecido a traves de la Gerencia de Imagen Institucional la necesidad de contar en forma urgente con el servicio de MORDAZA publicitaria, el valor referencial para este rubro asciende a S/. 416,242.25; Que, en el presente caso, de los documentos anexos al oficio de la referencia, se puede advertir que existe una necesidad inmediata y urgente de contar con el servicio de MORDAZA publicitaria para el DNI con un costo de S/. 8.00 en razon de que al haberse MORDAZA el plazo de vigencia de las Libretas Electorales hasta el 31 de diciembre del presente ano, y haberse emitido la Resolucion Jefatural Nº 375-2003JEF/RENIEC mediante la cual se dispone que el costo del canje de Libreta Electoral por el DNI sera de S/. 8.00 para las personas consideradas pobres, resulta necesario informar y hacer conocer dichos beneficios a los ciudadanos de escasos recursos pues estos se verian perjudicados ante la inminente culminacion de la vigencia de la libreta electoral a fines del presente ano, no pudiendo beneficiarse con la subvencion otorgada por RENIEC a fin de que la mayoria de los peruanos puedan acceder a ejercer su derecho a la identidad a traves de la obtencion del DNI en forma oportuna; Que, por tal razon es que en forma urgente se requiere contar con los servicios de publicidad a fin de desarrollar una MORDAZA publicitaria sobre el canje de L.E. por el DNI a 8 nuevos soles, ya que de lo contrario los sectores de menores recursos se verian perjudicados y no podrian acceder al beneficio que les subvenciona la obtencion de su documento de identidad, entorpeciendo a su vez las labores inherentes de RENIEC, asi como el objetivo institucional de identificar a todos los peruanos con el DNI; Que, el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece en su articulo 21º dispone que "... se considera situacion de urgencia cuando la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinado bien o servicio compromete en forma directa e inminente la continuidad de los ser vicios esenciales...faculta a la entidad a la adquisicion o contrataciones de bienes, servicios u obras solo por el tiempo o la cantidad, segun sea el caso, necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda";

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Declaran en situacion de urgencia la contratacion del servicio de MORDAZA publicitaria para el DNI
RESOLUCION JEFATURAL Nº 490-2003-JEF/RENIEC
MORDAZA, 17 de octubre de 2003 VISTO: El Informe Nº 714- 2003-GAJ/RENIEC de fecha 15 de octubre del 2003, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, el Informe Nº 1214-2003-DLG/GAD de fecha 13 de octubre del 2003, emitido por la Division de Logistica, el MORDAZA

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