NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (18/09/2003)
CANTIDAD DE PAGINAS: 48
TEXTO PAGINA: 21
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G35/G33/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de setiembre de 2003 Viceministra de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, en la que se intercambiaráexperiencia y estrategias en el seguimiento a la Agenda yPlan de Acción Iberoamericana como un efectivo meca- nismo para mejorar la calidad de vida de la niñez y ado- lescencia de la región; Que, los gastos por concepto de viáticos, pasajes, y tarifa CORPAC serán asumidos por el Fondo de las Nacio-nes Unidas para la Infancia - UNICEF; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27793, el Decreto Supremo Nº 008-2002-MIMDES, modificado por el Decreto Supremo Nº 013-2002-MIMDES, la Ley Nº 27619,y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la doctora MARÍA ISA- BEL ROSAS BALLINAS, Viceministra de la Mujer del Mi-nisterio de la Mujer y Desarrollo Social, a la ciudad de San-ta Cruz, Bolivia, del 18 al 20 de septiembre de 2003, parael fin expuesto en la parte considerativa de la presenteResolución. Artículo 2º.- El cumplimiento de la presente Resolu- ción no irrogará gasto alguno al Pliego Presupuestal delMinisterio de la Mujer y Desarrollo Social. Artículo 3º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de nin-guna clase o denominación. Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calenda- rio siguientes de efectuado el viaje, la señora María Isa-bel Rosas Ballinas, Viceministra de la Mujer del Ministe-rio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, presentaráal Despacho Ministerial un informe de las accionesrealizadas durante el viaje autorizado por la presente Re- solución. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA ELENA TOWNSEND Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 17234PRODUCE /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G61/G72/G74/GED/G63/G75/G6C/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G50/G65/G73/G71/G75/G65/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G6D/G61/G7A/G6F/G2D /G6E/GED/G61/G20/G50/G65/G72/G75/G61/G6E/G61 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 328-2003-PRODUCE Lima, 12 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que el Artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977, Ley Ge- neral de Pesca, establece que son patrimonio de la Na-ción los recursos hidrobiológicos contenidos en aguas jurisdiccionales y, corresponde al Estado regular el ma- nejo integral y la explotación racional de dichos recur-sos; considerando que la actividad pesquera es de inte-rés nacional; Que el citado Decreto Ley en su artículo 43º, considera a la autorización como un derecho específico que se otor- ga a plazo determinado para el desarrollo de las activida- des pesqueras como son: la acuicultura en predios de pro-piedad privada, realizar actividades de investigación, el in-cremento de flota y la instalación de establecimientos in-dustriales; Que, el marco normativo pesquero adaptado a la reali- dad de la región amazónica está regulado por el Regla- mento de Ordenamiento Pesquero de la Amazonía Perua-na, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 147-2001-PE, de fecha 30 de abril de 2001, el mismo que en su artí-culo 5º, considera el Programa de Manejo Pesquero(MAPE), como un instrumento técnico-administrativo sub- sidiario al presente Reglamento de Ordenamiento Pesque- ro (ROP) y que tiene por objeto poner en práctica una ex-plotación controlada de una especie o un conjunto de es-pecies en un ambiente particular, bajo normas y regulacio-nes vigiladas periódicamente; Que, al tratarse de un instrumento técnico admi- nistrativo, el Programa de Manejo Pesquero (MAPE) cons- REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener encuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIALREPUBLICADELPERU