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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (19/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G35/G38/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, viernes 19 de setiembre de 2003 diante la cual solicita Permiso de Operación para prestar servicio irregular de transporte turístico fluvial de pasaje- ros en toda la Hoya Amazónica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega- les a las cuales deberán sujetarse las personas natura-les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo y de seguridad del transporte fluvial; Que, mediante Resolución Suprema Nº 0011-78-TC- DS, se aprobó el Reglamento de las Empresas de Trans- porte Turístico, en el cual se establecen las normas téc-nicas y legales a las cuales deberán sujetarse las perso- nas naturales y jurídicas que prestan este servicio; Que, de acuerdo a la legislación vigente, corresponde a la Dirección General de Transporte Acuático expedir los Permisos de Operación a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa JUNGLE XPORT SAC., ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Re- glamento de Transporte Fluvial vigente y en el Reglamentode Transporte Turístico, para prestar servicio irregular de transporte fluvial turístico de pasajeros en toda la Hoya Amazónica; Que, la empresa JUNGLE XPORT SAC., se encuen- tra debidamente inscrita en el Registro Único de Contri- buyentes (RUC) con el Nº 20103929262; Que, mediante informe Nº 159-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 198-2003-MTC/13.al del AsesorLegal, se opina favorablemente sobre la solicitud de per- miso de operación presentada, por lo que resulta proce- dente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legis- lativo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC y la Resolución Su-prema Nº 0011-78-TC-DS; SE RESUELVE:Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a fa- vor de la empresa, JUNGLE XPORT SAC., para prestarservicio irregular de transporte fluvial turístico de pasaje- ros en toda la Hoya Amazónica en la forma siguiente: TRÁFICO : Nacional o cabotaje. SERVICIO : Irregular; en toda la Hoya Amazónica. TRANSPORTE : Pasajeros. Artículo 2º.- El servicio de transporte a que se refiere el artículo precedente será atendido con las embarcacio- nes de su propiedad denominadas: M/F "Amatista" con matrícula IQ-13024-MF, M/F "Turmalina", con matrículaIQ-17303-MF, M/F "Laurita", con matrícula IQ-008650-MF y M/F "Esmeralda", con matrícula IQ-1012-MF. Artículo 3º.- El permiso de operación que se otorga por el Artículo 1º, tendrá una vigencia de cinco (5) años, computados a partir de la fecha de la publicación en el Diario Oficial El Peruano; la renovación deberá ser solici-tada por la empresa recurrente a la Dirección General de Transporte Acuático del Ministerio de Transportes y Co- municaciones con anticipación de sesenta (60) días ca-lendario antes de su vencimiento. Artículo 4º.- El permiso de operación otorgado, im- plica la obligación por parte de la empresa naviera,de someterse al Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC y demás disposiciones legales y reglamentarias que regulan el transporte fluvial, debiendo adecuarse alas normas modificatorias y complementarias que se expidan sobre la materia, así como a las disposicio- nes y directivas que dicte la Dirección General deTransporte Acuático. Artículo 5º.- Disponer su inscripción en el Registro Administrativo de Personas Naturales o Jurídicas queprestan servicio de transporte fluvial, en la forma esta- blecida en el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial. Artículo 6º.- Remitir copia de la presente Resolución Directoral a la Dirección General de Capitanías y Guar- dacostas, a la Capitanía de Puerto de Iquitos y a la Di-rección Regional de Transportes y Comunicaciones del Gobierno Regional de Loreto, para su conocimiento y fi- nes. Artículo 7º.- La presente Resolución Directoral en- trará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. EFRAÍN COLL CALDERÓN Director General 14629 /G4F/G74/G6F/G72/G67/G61/G6E/G20/G70/G65/G72/G6D/G69/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G2D /G73/G61/G20/G6E/G61/G76/G69/G65/G72/G61/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G20/G79/G20/G54/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G73/G20/G41/G6D/G61/G2D/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G6F/G73/G20/G53/G2E/G52/G2E/G4C/G2E/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G72/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G69/G72/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G66/G6C/G75/G76/G69/G61/G6C/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G2D /G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G63/G61/G72/G67/G61/G20/G67/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G65/G6E/G20/G74/G6F/G64/G61/G20/G6C/G61/G20/G48/G6F/G79/G61 /G41/G6D/G61/G7A/GF3/G6E/G69/G63/G61 DIRECCIÓN GENERAL DE TRANSPORTE ACUÁTICO RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 241-2003-MTC/13 Lima, 25 de julio de 2003 Vista la solicitud, Expediente Nº 014655-2003, presen- tada por la empresa naviera SERVICIOS Y TRANSPOR- TES AMAZÓNICOS SRL., mediante la cual solicita Per-miso de Operación para prestar servicio irregular de trans- porte fluvial comercial de carga general en toda la Hoya Amazónica; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 005-2001-MTC se aprobó el Reglamento de Transporte Fluvial Comer- cial, en el cual se establecen las normas técnicas y lega-les a las cuales deberán sujetarse las personas natura- les y jurídicas que prestan este servicio, a fin de alcanzar el ordenamiento empresarial, administrativo, operativo yde seguridad del transporte fluvial; Que, de acuerdo a la legislación vigente, correspon- de a la Dirección General de Transporte Acuático expedirlos Permisos de Operación a las personas naturales o empresas navieras nacionales, que lo soliciten; Que, la empresa naviera SERVICIOS Y TRANS- PORTES AMAZÓNICOS SRL.ha cumplido con las condiciones y requisitos establecidos en el Reglamento de Transporte Fluvial vigente, para prestar servicio irre-gular de transporte fluvial comercial de carga general en toda la Hoya Amazónica; Que, la empresa naviera SERVICIOS Y TRANS- PORTES AMAZÓNICOS SRL.,se encuentra debidamen- te inscrita en el Registro Único de Contribuyentes (RUC) con el Nº 20366742451; Que, mediante Informe Nº 181-2003-MTC/13.02 de la Dirección de Marina Mercante y Transporte Multimodal, así como del Informe Nº 226-2003-MTC/13.al del AsesorLegal, se opina favorablemente sobre la solicitud de per- miso de operación presentada, por lo que resulta proce- dente autorizar lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27791, Decreto Legisla- tivo Nº 560, Decretos Supremos Nº 005-2001-MTC, Nº 041-2002-MTC y Nº 008-2002-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- OTORGAR Permiso de Operación a favor de la empresa naviera SERVICIOS Y TRANS-PORTES AMAZÓNICOS SRL. para prestar servicio irregular de transporte fluvial comercial de carga ge- neral en toda la Hoya Amazónica, en la forma siguien-te: TRÁFICO : Nacional o cabotaje SERVICIO : Irregular; en toda la Hoya Amazónica. TRANSPORTE : Carga general