Norma Legal Oficial del día 25 de septiembre del año 2003 (25/09/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 25 de setiembre de 2003

Precios CI. de referencia para aplicacion de derecho variable adicional o rebaja arancelaria a importaciones de maiz, azucar, arroz y leche entera en polvo
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 018-2003-EF/15
MORDAZA, 24 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 115-2001-EF se establecio el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos senalados en las Tablas Aduaneras del Maiz, Azucar, Arroz y Lacteos; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF de 3 de enero del 2002 se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a las importaciones de los productos a que se refiere el considerando anterior; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF se modifico la Tabla Aduanera del Azucar y se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 153-2002-EF serian vigentes hasta el 30 de junio del 2003; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 184-2002-EF se modifico el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y se dispuso que los precios CIF de referencia fueran publicados por Resolucion Viceministerial del Viceministro de Economia; Que, mediante Decreto Supremo Nº 090-2003-EF se dispuso que las Tablas Aduaneras del Maiz, Arroz y Lacteos aprobadas por el Decreto Supremo Nº 001-2002-EF asi como la Tabla Aduanera del Azucar aprobada por el Decreto Supremo Nº 1532002-EF tendran vigencia hasta el 30 de junio del 2004; Que, corresponde publicar los precios CIF de referencia para el periodo comprendido entre el 1 y el 15 de setiembre del 2003; De conformidad con lo dispuesto en el Articulo 7º del Decreto Supremo Nº 115-2001-EF modificado por el Articulo 1º del Decreto Supremo Nº 184-2002-EF; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Publiquese los precios CIF de referencia para la aplicacion del Derecho Variable Adicional o rebaja arancelaria a que se refiere el Decreto Supremo Nº 115-2001-EF y modificatorias: PRECIOS CIF DE REFERENCIA (DECRETO SUPREMO Nº 115-2001-EF) US$ por T.M. Fecha Maiz Azucar Arroz

designo a la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao; Que, la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA ha presentado su renuncia a la representacion referida en el considerando precedente; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 002-97-PROMUDEH, Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 5195-ED y 002-96-ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aceptar la renuncia presentada por la Dra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion 17668

RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0912-2003-ED
MORDAZA, 19 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por un representante del Ministerio de Educacion; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, modificado por Ley Nº 26510 y los Decretos Supremos Nºs. 51-95-ED, 002-96-ED y 002-97-PROMUDEH modificado por el Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES; SE RESUELVE: Articulo Unico.- DESIGNAR, a partir de la fecha de la presente Resolucion, a la profesora MORDAZA MORDAZA MORDAZA HUAYNA MORDAZA, como representante del Ministerio de Educacion ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MALPICA FAUSTOR Ministro de Educacion

Del 1/9/2003 al 15/9/2003

128

225

237

Leche Entera en Polvo 1887

17669

ENERGIA Y MINAS
Amplian por unica vez el plazo establecido en el Art. 14º del D.S. Nº 0492001-EM, asi como el establecido en la Primera Disposicion Transitoria del D.S. Nº 018-2003-EM
DECRETO SUPREMO Nº 030-2003-EM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27474 se aprobo la Ley de Fiscalizacion de las Actividades Mineras, cuyo Reglamento fue aprobado por Decreto Supremo Nº 049-2001-EM; Que, el articulo 14º del Reglamento de Fiscalizacion de las Actividades Mineras modificado por Decreto Supremo Nº 018-2003-EM, establece que la solicitud para la inscripcion y la renovacion de la misma en el Registro de Fiscalizadores Externos podra realizarse en el mes de setiembre de cada ano; Que, la Primera Disposicion Transitoria del Decreto Supremo Nº 018-2003-EM, establece que a efectos de adecuar su permanencia en el registro, las personas naturales y juridicas inscritas en el Registro de Fiscalizadores Externos o que dicha inscripcion se encuentre en tramite a la fecha de su expedicion, deben presentar la solicitud de renovacion de su inscripcion en el mes de setiembre de 2003,

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Viceministro de Economia 17693

EDUCACION
Aceptan renuncia y designan representante del ministerio ante el Directorio de la Sociedad de Beneficencia Publica del Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0910-2003-ED
MORDAZA, 19 de setiembre de 2003 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 004-2003-MIMDES, se aprobo la conformacion de los Directorios de las Sociedades de Beneficencia y Juntas de Participacion Social, los cuales estan integrados, entre otros, por un representante del Ministerio de Educacion; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 504-2001-ED, ratificada por Resolucion Ministerial Nº 0134-2003-ED, se

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