NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (25/09/2003)
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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G31/G39/G30/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 25 de setiembre de 2003 remuneración del personal) para el buen funcionamien- to y el mantenimiento de las infraestructuras, locales yequipos; b) mantener los equipos adquiridos con el financia- miento belga en el seno de las instituciones beneficia-rias. 4.2 Las obligaciones de la Parte belga, tal como están descritas en el presente Convenio así como en el DTF, sonesenciales para la realización del objetivo general del Pro-grama. La Parte belga se compromete a tomar las disposicio- nes institucionales, administrativas y presupuestarias ne-cesarias para permitir la buena gestión del Programa y eldesarrollo de sus actividades. ARTÍCULO 5 - Ejecución de la contribución belgaLa contribución financiera belga no reembolsable men- cionada en el apartado a) del artículo 3.2 del presente Con-venio, está puesta a disposición de la Parte peruana enconformidad con las modalidades siguientes: 5.1 Designación y obligaciones de los responsables5.1.1 La Parte peruana designa al Director Nacional de Industria como "responsable" encargado de liquidar y or-denar los gastos imputables a la contribución belga. El Di-rector Nacional de Artesanía será el "responsable suplen-te". La Parte belga designa al representante residente de la CTB en Lima como "corresponsable" encargado de apro-bar los gastos imputables a la contribución belga. La CTBnombrará un co-responsable suplente. El responsable y el corresponsable 1 velarán por la bue- na ejecución del Programa, en conformidad con el presen-te Convenio y el DTF. 5.1.2 El PRODUCE y la CTB tienen la responsabilidad de poner en marcha el Programa, en conformidad con lasdisposiciones del presente Convenio y del DTF. Con estefin, estas instituciones designarán a la Unidad de Gestión yde Coordinación del Programa, en adelante denominada"la UGCP". La UGCP asume la gestión técnica, administrativa, pre- supuestal y contable del Programa, tal como está precisa-do en el artículo 6.2.2 del presente Convenio. La UGCPrefrendará cada documento oficial relativo a la ejecución,particularmente aquellos relativos a los procedimientos deadjudicación de contratos. La UGCP tendrá acceso a todos los documentos admi- nistrativos, financieros o técnicos relativos al aporte belga. 5.1.3. La UGCP será responsable de la conformidad de las facturas y de las declaraciones de cuentas por recibir yde sus piezas justificativas, a las disposiciones del presen-te Convenio y a la realidad de las prestaciones suministra-das. La UGCP refrendará con la mención "Por recepciónconforme" o "Por servicios recibidos" las facturas presen-tadas. En caso de revelarse necesario, la UGCP añadirásus comentarios al cuidado del responsable y del co-res-ponsable. 5.2 Disponibilidad de los fondos 5.2.1 Desde la firma del presente Convenio, el PRO- DUCE y la CTB abrirán conjuntamente una cuenta generalen dólares de los Estados Unidos (USD) a nombre de "MP- Módulos de Servicios No Financieros para el Desarrollode Ayacucho" en un banco comercial de Lima y comunica-rán sus referencias al agregado de la cooperación - de laEmbajada de Bélgica en Lima. 5.2.2 Dicha cuenta general será manejada de forma mancomunada entre el responsable y el corresponsable ode sus suplentes respectivos. Los modelos de firmas delresponsable y del corresponsable, así como las de sus su-plentes, serán notificadas, por cada una de las Partes, entres ejemplares, al organismo financiero. 5.2.3 Dicha cuenta general será alimentada por la Parte belga, por partes, a solicitud del responsable ydel corresponsable, en función del estado de avancedel Programa, en conformidad con la repartición pre-vista en el registro de transferencias que será estable-cido por el CDP. A partir de la recepción de las referencias bancarias de la cuenta general, la Parte belga transferirá el monto relati-vo al primer año de funcionamiento, de acuerdo al presu-puesto indicativo incluido en el DTF.5.2.4 El gerente de la UGCP y el administrador del Pro- grama abrirán una cuenta específica, en USD a nombre de"MP - Programa de Desarrollo Económico en Ayacucho"en un banco comercial de Ayacucho. Dicha cuenta serámanejada de forma mancomunada entre el gerente de laUGCP y el administrador del Programa. 5.2.5 En el momento en que la cuenta general cita- da en el artículo 5.2.1 del presente Convenio seaalimentada, el responsable y el corresponsable trans-ferirán a la cuenta específica "MP - Programa de Desa-rrollo Económico en Ayacucho", el equivalente a 4 (cua-tro) meses de funcionamiento. Este fondo de operacio-nes tendrá un límite inicial de 400.000,00 EUR (cuatro-cientos mil euros). Según la utilización de este fondo de operaciones y se- gún la apreciación de las necesidades por el responsable yel corresponsable, este límite podrá ser ascendido hastaun máximo de 450.000,00 EUR (cuatrocientos cincuentamil euros). Este fondo de operaciones será utilizado para efectuar pagos inferiores a 12.500,00 EUR (doce mil quinientoseuros). Para efectuar pagos superiores a 12.500,00 EUR (doce mil quinientos euros), el gerente de la UGCP y el admi-nistrador del Programa deberán obtener la autorizaciónescrita del responsable y del corresponsable. 5.2.6 El gerente de la UGCP deberá presentar al res- ponsable y al corresponsable un informe contable mensualasí como las piezas justificativas correspondientes, siguien-do los modelos FAS ( Financial Activity Statement ), men- cionados en el artículo 7. Luego de verificar y aprobar tresinformes, el responsable y el corresponsable procederán aabonar si es necesario en la cuenta específica citada en elartículo 5.2.4 del presente Convenio. Este procedimientose aplicará sucesivamente hasta la finalización del Progra-ma. 5.2.7 Los cheques que se giren contra la cuenta citada en artículo 5.2.4 del presente Convenio deberán ser firma-dos en forma conjunta por el gerente de la UGCP y el ad-ministrador del Programa. 5.2.8 Los intereses que generan los recursos del Pro- grama se sumarán al presupuesto total, serán contabiliza-dos como recursos de éste y podrán ser aplicados a la eje-cución de sus actividades, según las disposiciones esta-blecidas por el CDP. 5.2.9 Al final del Programa, el responsable y el corres- ponsable, o sus suplentes respectivos, realizarán el balan-ce final. Los montos eventualmente disponibles en las cuen-tas del Programa serán asignados de mutuo acuerdo entrelas Partes. 5.3 Adjudicaciones5.3.1 Para la adjudicación de contratos de suministro, trabajos y servicios, se aplicará la legislación peruana vi-gente. 5.3.2 Antes de lanzar cualquier procedimiento, la UGCP transmitirá al responsable y al corresponsable, para previaaprobación, un ejemplar completo del expediente, preci-sando: - la modalidad de adjudicación del contrato (licitación general, restringido u otro); - en caso de no tratarse de una licitación general, la lista y las coordenadas de las empresas por consultar; - los criterios de adjudicación estipulados. Cualquiera que sea el modo de adjudicación retenido, las ofertas válidas de por lo menos 3 proveedores o presta-dores de servicios deben ser examinadas. El responsable y el corresponsable notificarán su acuerdo a la UGCP en los 30 (treinta) días calendario,contados a partir de la recepción de los documentosmencionados. 5.3.3 El gerente de la UGCP y el administrador del Pro- grama procederán a la apertura de las propuestas, al es-crutinio de las ofertas y a su análisis. Las conclusiones delas propuestas y la elección del contratista serán transmiti- 1En francés, el responsable equivale al ordonnateur y el corresponsable al coordonnateur