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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G30/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 Que, la peticionaria ha presentado una Declaración Jurada de Conservación del Medio Ambiente y el PatrimonioCultural de la Nación, de acuerdo a los límites estableci-dos por el artículo 38º de la Ley de Concesiones Eléctri-cas; Que, tratándose de una central hidroeléctrica, la peti- cionaria se encuentra exceptuada de presentar garantíade conformidad con el artículo 66º del Reglamento de laLey de Concesiones Eléctricas; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumpli-do con los requisitos establecidos en la Ley de Concesio-nes Eléctricas y su Reglamento, ha emitido el Informe Nº014-2004-DGE-CEL; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 67º del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas; Con la opinión favorable del Director General de Elec- tricidad y del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Otorgar a Empresa de Generación Eléc- trica Cahua S.A. - CAHUA S.A., autorización por tiempoindefinido para desarrollar la actividad de generación deenergía eléctrica en las instalaciones de la Central Hidro-eléctrica CH3N, ubicada en el distrito y provincia de Hua-raz, departamento de Ancash, y cuyas características prin-cipales son las siguientes: - Potencia Instalada : 872 kW. - Salto neto : 70 m.- Caudal : 1,2 m³/seg.- Turbinas : 01 tipo Francis- Recurso Hídrico : Río Pariac (Resolución Adminis- trativa Nº 165-2003 DR AG-Ancash/DRH/AT 26.8.2003). Artículo 2º.- La titular está obligada a operar cumplien- do las normas técnicas y de seguridad; preservando elmedio ambiente y salvaguardando el Patrimonio Culturalde la Nación; así como al cumplimiento de las obligacionesestablecidas en la Ley de Concesiones Eléctricas, su Re-glamento y otras normas legales pertinentes. Artículo 3º.- La presente resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 05758 JUSTICIA /G49/G6E/G63/G6F/G72/G70/G6F/G72/G61/G6E/G20/G61/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G6C/G74/G6F/G20/G4E/G69/G76/G65/G6C/G20/G63/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G69/G64/G61/G20/G6D/G65/G2D /G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G44/G2E/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G35/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G4A/G55/G53 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 189-2004-JUS Lima, 2 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 005-2003-JUS, publica- da el 14 de marzo de 2003, se constituye una ComisiónEspecial de Alto Nivel, encargada de proponer las modifi-caciones y mecanismos legales para la implementación delCódigo Procesal Penal; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 136-2003-JUS, de fecha 26 de marzo de 2003, se estableció la conforma-ción de la referida Comisión Especial de Alto Nivel, entrelos cuales se encuentra el representante del Poder Judi-cial; Que, mediante Oficio Nº 1682-2004-CS-SG-PJ, de fe- cha 18 de marzo de 2004, el Presidente de la Corte Supre-ma de Justicia de la República, comunica que medianteResolución Administrativa de la Presidencia del Poder Ju-dicial Nº 050-2004-P-PJ, se designó al señor magistradoCésar San Martín Castro, como representante del PoderJudicial ante la mencionada Comisión Especial de Alto Ni-vel; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legis- lativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Decreto Ley Nº25993 - Ley del Sector Justicia y en el Decreto Supremo Nº 005-2003-JUS; SE RESUELVE:Artículo Único.- Incorporar a la Comisión Especial de Alto Nivel constituida mediante Decreto Supremo Nº005-2003-JUS, al representante del Poder Judicial, se-ñor magistrado CESAR EUGENIO SAN MARTIN CAS-TRO. Regístrese, comuníquese y publíquese.BALDO KRESALJA R. Ministro de Justicia 06806 PRODUCE /G52/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G68/G61/G6E/G20/G73/G69/G64/G6F /G70/G72/G65/G63/G61/G6C/G69/G66/G69/G63/G61/G64/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G61/G63/G75/G65/G72/G64/G6F/G20/G61/G6C/G20/G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G20/G53/G65/G67/G75/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G53/G61/G74/G65/G6C/G69/G2D /G74/G61/G6C/G20/G2D/G20/G53/G49/G53/G45/G53/G41/G54 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2004-PRODUCE Lima, 6 de abril del 2004 CONSIDERANDO: Que el artículo 2º del Decreto Ley Nº 25977 - Ley Gene- ral de Pesca, establece que son patrimonio de la Naciónlos recursos hidrobiológicos contenidos en las aguas juris-diccionales del Perú y, en consecuencia, corresponde alEstado regular el manejo integral y la explotación racionalde dichos recursos, considerando que la actividad pesqueraes de interés nacional; Que mediante Decreto Supremo Nº 026-2003-PRO- DUCE, se aprobó el Reglamento del Sistema de Segui-miento Satelital - SISESAT, estableciéndose disposicio-nes que los armadores pesqueros y las empresasproveedoras del servicio deben cumplir para la imple-mentación del nuevo Sistema de Seguimiento Sateli-tal; Que en la norma citada en el considerando preceden- te, se establece que mediante Resolución Ministerial sepublicará la relación de las empresas que aprueben el pro-tocolo de pruebas ejecutado por la Comisión Técnica inte-grada por representantes del Ministerio de la Producción,el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Minis-terio de Defensa; Que mediante Decreto Supremo Nº 031-2003-PRO- DUCE, se estableció un Marco Provisional para la imple-mentación del Sistema de Seguimiento Satelital, dejándo-se en suspenso la aplicación de algunos artículos del men-cionado Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital- SISESAT y autorizándose al Ministerio de la Producciónpara que previo informe de la Comisión constituida medianteResolución Ministerial Nº 206-2003-PRODUCE, publiquemediante Resolución Ministerial la relación de las empre-sas que se encuentran aptas para prestar el servicio delSISESAT, de acuerdo a las condiciones establecidas porel citado Marco Provisional; Que mediante Decreto Supremo Nº 005-2004-PRO- DUCE, en forma adicional a lo establecido en el artículo 1ºdel Decreto Supremo citado en el considerando preceden-te, se suspendió la aplicación de las disposiciones esta-blecidas en los numerales 3.1.1.d, 3.1.1.e, 3.1.1 y 3.4.1 delartículo 3º del Reglamento del Sistema de SeguimientoSatelital - SISESAT, aprobado mediante Decreto SupremoNº 026-2003-PRODUCE, en tanto se mantenga la vigen-cia del indicado marco provisional; Que en la actualidad se viene realizando el proceso de pre calificación de sistemas aptos para el seguimien-to satelital, en virtud de lo establecido en el artículo 5ºdel Reglamento del Sistema de Seguimiento Satelital -SISESAT, proceso ejecutado por la Comisión Técnicaconstituida por la Resolución Suprema Nº 006-2003-PRODUCE, siendo que la misma, mediante Informe defecha 1 de abril de 2004, comunica la relación de empre-sas que han aprobado el protocolo de pruebas en uncien por ciento (100%);