Norma Legal Oficial del día 07 de abril del año 2004 (07/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, miercoles 7 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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Autorizan a procuradora iniciar acciones judiciales a empresa por ocasionar danos materiales al cerco perimetrico del Nucleo de Produccion de San MORDAZA de Miraflores
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 099-2004-VIVIENDA
MORDAZA, 6 de MORDAZA de 2004 VISTOS; el Informe Tecnico Nº 001-2004-VIVIENDA/ OMA-PSY e Informe Legal Nº 007-2004-VIVIENDA-MVCSOMA-JLML de la Oficina del Medio Ambiente del Viceministerio de Construccion y Saneamiento; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, a traves de la Oficina del Medio Ambiente, ha asumido las funciones, servicios y actividades de la entonces Direccion General del Medio Ambiente del ex Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, por lo que, los Complejos Biotecnologicos del MORDAZA Sur; asi como los Nucleos de Produccion de San MORDAZA de Miraflores y MORDAZA de Agua, son administrados por VIVIENDA; Que, parte del cerco perimetrico del Nucleo de Produccion de San MORDAZA de Miraflores, ha sido objeto de danos materiales el dia 21 de agosto de 2003, como consecuencia de los trabajos de excavaciones de zanjas para la instalacion de tuberias de alcantarillado de la Asociacion de Vivienda El Bosque, colindante al Nucleo de Produccion en mencion, siendo responsable de este hecho la Empresa SJ & SS CONSTRUCTORES S.A., representada por su Gerente senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Purisaca; Que, mediante Oficio Nº 177-2003-VIVIENDA-VMCS-OMA, Oficio Nº 209-2003-VIVIENDA-VMCS-OMA, Oficio Nº 277-2003-VIVIENDA-VMCS-OMA y Cartas Notariales de fecha 06 y 12 de febrero del presente ano, con la debida pericia de valorizacion y memoria descriptiva, el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, requirio a la referida Empresa para que repare los danos materiales causados, otorgandole para el efecto un plazo prudencial, recibiendo como respuesta del representante legal de la mencionada Empresa, una propuesta de solucion de asumir solo el 50% de los costos de reparacion, la misma que no puede ser aceptada, toda vez que, es de su responsabilidad el integro del costo de la reparacion de los referidos danos; Que, luego de dicha propuesta la Empresa aludida se niega en forma sistematica a recibir toda clase de comunicacion en el domicilio legal que senalara, negando que en dicho domicilio funciona la misma y que el representante legal no reside en aquel, no obstante que por diversos medios se ha podido establecer que tan solo se trataria de una negativa que tiene como unica finalidad eludir su responsabilidad que consiste en haber realizado trabajos de excavacion sin la debida seguridad, produciendo el colapso de ochenta y dos (82 ml) metros lineales de MORDAZA perimetrico, cuya reposicion, segun el Informe Tecnico del exordio, ascenderia a la suma de S/. 32,101.12; Que, la situacion expuesta viene causando grave perjuicio a VIVIENDA, ya que por este hecho, se ha vulnerado la seguridad del bien, al verse expuesto a posibles hurtos de especies forestales e invasiones de terrenos por parte de terceros; Que, en atencion a las consideraciones precedentes expuestas, resulta necesario autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales correspondientes contra la Empresa SJ & SS CONSTRUCTORES S.A. y su representante legal que conduzcan a la pronta reparacion de los citados danos; De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, el Articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, el Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA y la Ley Nº 27792; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda,

Construccion y Saneamiento, para que en representacion y defensa de los intereses del Estado, inicie las acciones judiciales correspondientes contra la Empresa SJ & SS CONSTRUCTORES S.A. y su representante legal, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Remitir lo actuado y MORDAZA de la presente Resolucion Ministerial a la Procuradora Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento , para los fines consiguientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA Ministro de Vivienda, Construccion y Saneamiento 06862

PODER JUDICIAL
Aprueban modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el ejercicio fiscal 2004
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 299-2004-GG-PJ
MORDAZA, 5 de MORDAZA de 2004 VISTOS: Los Memorandums Nºs. 634, 798 y 816-2004-SL-GAFGG/PJ de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas; el Memorandum Nº 098-2004GI-GG-PJ de la Gerencia de Informatica; y, CONSIDERANDO: Que, a traves de la Resolucion Administrativa Nº 1042004-GG-PJ, de fecha 29 de enero del presente ano, se aprobo el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Poder Judicial, para el ejercicio presupuestal 2004; Que, posteriormente, el referido documento de gestion fue modificado mediante la Resolucion Administrativa Nº 240-2004-GG-PJ, de fecha 16 de marzo del ano en curso, con la inclusion y exclusion de procesos de seleccion; Que, con los Memorandums Nºs. 634, 798 y 816-2004SL-GAF-GG/PJ, la Subgerencia de Logistica contando con autorizacion previa de la Gerencia de Administracion y Finanzas, solicita la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del ano 2004, a fin de incluir procesos de seleccion de acuerdo a los requerimientos efectuados por la Administracion de la Corte Superior de Justicia del MORDAZA y la Subgerencia de Redes y Comunicaciones de la Gerencia de Informatica; asimismo, comunica que resulta necesario realizar algunas precisiones respecto a los procesos incluidos en los numerales 56) y 92) del Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, conforme al detalle contenido en el Anexo Nº 01; Que, la Gerencia de Informatica a traves del Memorandum Nº 098-2004-GI-GG-PJ sustenta la necesidad de adquirir Licencias Sybase para los Servidores Corporativos y Migracion del Sistema Integrado de Justicia SIJ, por lo que debe incluirse en el Plan Anual del presente ejercicio presupuestal, por contar con MORDAZA presupuestal; Que, el articulo 8º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, establece que las licitaciones publicas, concursos publicos y adjudicaciones directas no contenidas en el Plan Anual, deberan ser aprobados por el Titular del Pliego o la MORDAZA Autoridad Administrativa de la Entidad, segun corresponda, para su inclusion en el mismo; anadiendo que las inclusiones y exclusiones de los procesos de seleccion, seran comunicadas al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE - y a la Comision de Promocion de la Pequena y Micro Empresa - PROMPYME, dentro de los 10 dias habiles siguientes a dicha aprobacion; Que, el numeral 7) del capitulo VI) Disposiciones Especificas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE, dispone que el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones podra ser modificado en cualquier momento, durante el decurso del ejercicio presupuestal, siempre que se pro-

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