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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G32/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 7 de abril de 2004 Que, la empresa Taca Perú S.A., con Carta GO/151-04, del 23 de marzo del 2004, en el marco del Procedimiento Nº 5de la sección correspondiente a la Dirección General de Ae-ronáutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en elTexto Único de Procedimientos Administrativos del Ministeriode Transportes y Comunicaciones, aprobado por DecretoSupremo Nº 008-2002-MTC, solicita a la Dirección Generalde Aeronáutica Civil, efectuar chequeos técnicos en simula-dor de vuelo del equipo Airbus 320, en la ciudad de Miami, asus tripulantes técnicos Bruno de las Casas y Salvatore San-taromita, durante los días 7 al 10 de abril del 2004; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nº 5411 y 5412, la solicitante ha cumplido con el pagodel derecho de tramitación correspondiente al Procedimientoa que se refiere el considerando anterior, ante la Dirección deTesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, en tal sentido, los costos del respectivo viaje de inspección, están íntegramente cubiertos por la empresasolicitante del servicio, incluyendo el pago de los viáticos yla Tarifa Única de Uso de Aeropuerto; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins-pección Nº 0466-2004-MTC/12.04-SDO designando al Ins-pector Javier Enrique Calmell del Solar Varisco, para reali-zar chequeos técnicos en simulador de vuelo del equipoAirbus 320 al personal aeronáutico propuesto por la em-presa Taca Perú S.A., en la ciudad de Miami, Estados Uni-dos de América, durante los días 7 al 10 de abril del 2004; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáuti-ca Civil para que, en cumplimiento de las funciones que leasigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar loschequeos técnicos en simulador de vuelo a que se contraela Orden de Inspección Nº 0466-2004-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619 y Ley Nº 28128 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Javier Enrique Calmell del Solar Varisco, Inspector de la Dirección General deAeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicacio-nes, a la ciudad de Miami, Estados Unidos de América, duran-te los días 7 al 10 de abril del 2004, para los fines a que secontrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, ha sido íntegramente cubierto por laempresa Taca Perú S.A. a través de los Recibos de Acota-ción Nº 5411 y 5412, abonados a la Dirección de Tesoreríadel Ministerio de Transportes y Comunicaciones, incluyen-do las asignaciones por concepto de viáticos y tarifa poruso de aeropuerto, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 880.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el Artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspectormencionado en el Artículo 1º de la presente ResoluciónMinisterial, dentro de los quince (15) días calendario si-guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor-me al Despacho Ministerial, con copia a la Oficina Generalde Administración del Ministerio de Transportes y Comuni-caciones, describiendo las acciones realizadas y los re-sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o dere-chos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ JAVIER ORTIZ RIVERA Ministro de Transportes y Comunicaciones 06839 VIVIENDA /G43/G6F/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G79/G65/G6E/G20/G6C/G61/G20/G42/G72/G69/G67/G61/G64/G61/G20/G64/G65/G20/G44/G65/G66/G65/G6E/G73/G61/G20/G64/G65/G6C /G43/G6F/G6E/G73/G75/G6D/G69/G64/G6F/G72/G20/G4D/G49/G56/G49/G56/G49/G45/G4E/G44/G41/G20/G79/G20/G54/G65/G63/G68/G6F/G50/G72/G6F/G70/G69/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 098-2004-VIVIENDA Lima, 6 de abril de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27779 se creó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento y mediante Ley Nº27792 se promulga la Ley de Organización y Funcionesdel Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento,en la que se determina que el Ministerio de Vivienda, Cons-trucción y Saneamiento formula, aprueba, ejecuta y super-visa las políticas de alcance nacional aplicables en mate-ria de vivienda, urbanismo, construcción y saneamiento,para lo cual dicta normas de alcance nacional y supervisasu cumplimiento; Que, con tal propósito, el Ministerio de Vivienda, Cons- trucción y Saneamiento viene implementando el Plan Na-cional de Vivienda "Vivienda Para Todos", el mismo que hasido aprobado por Decreto Supremo Nº 006-2003-VIVIEN-DA; Que, dentro del ámbito de sus funciones, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento celebró un con-venio interinstitucional con el Instituto Nacional de Defen-sa de la Competencia y de la Protección de la PropiedadIntelectual - INDECOPI y el Fondo Hipotecario de Promo-ción de la Vivienda - FONDO MIVIVIENDA, con el objetode establecer mecanismos de cooperación para brindarorientación, información y protección eficaz a los adqui-rentes de las viviendas que se construyan dentro del mar-co de los diferentes programas que componen el Plan Na-cional "Vivienda para Todos" con la finalidad de que éstospuedan contar con los instrumentos adecuados para ladefensa de sus derechos como consumidores frente a losconstructores/promotores de viviendas, así como frente alas instituciones financieras que otorgan créditos hipoteca-rios con recursos del FONDO MIVIVIENDA; Que, se hace necesario complementar las acciones adoptadas a través del Convenio ya mencionado a fin deperfeccionar la protección al consumidor inmobiliario MI-VIVIENDA y Techo Propio elevando la calidad de los recla-mos que efectúa, en ese sentido, se ha visto convenientela creación de una Brigada de Defensa del ConsumidorMIVIVIENDA y Techo Propio, como encargada de apoyar yasesorar técnicamente a los consumidores en los recla-mos que éstos pudieran efectuar ante la Oficina de Servi-cios al Consumidor y Atención de Reclamos- OSCAR delInstituto Nacional de Defensa de la Competencia y de laProtección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI; De conformidad con la Ley Nº 27792 y el Decreto Supre- mo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamentode Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda,Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constitución de la Brigada de Defensa del Consumidor MIVIVIENDA y Techo Propio. Constitúyase, en la provincia de Lima, la Brigada de Defensa del Consumidor MIVIVIENDA y Techo Propio, en-cargada de apoyar y asesorar técnicamente a los consu-midores en los reclamos que éstos pudieran efectuar antela Oficina de Servicios al Consumidor y Atención de Re-clamos- OSCAR del Instituto Nacional de Defensa de laCompetencia y de la Protección de la Propiedad Intelec-tual - INDECOPI, en aspectos constructivos relativos a vi-viendas comprendidas en los programas que componen elPlan Nacional "Vivienda Para Todos". La Brigada de Defensa del Consumidor MIVIVIENDA y Techo Propio se encuentra a cargo de un Coordinador, ac-túa como un servicio gratuito, previa denuncia ante OS-CAR y a pedido del consumidor. Artículo 2º.- Inicio de actividades de la Brigada de Defensa del Consumidor MIVIVIENDA y Techo Propio La Brigada de Defensa a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, inicia sus acciones en forma in-mediata. Artículo 3º.- Colaboración de las Entidades del Sec- tor Las entidades del Sector Vivienda apoyarán las accio- nes de la Brigada de Defensa del Consumidor MIVIVIEN-DA y Techo Propio dentro del ámbito de sus competencias. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 06861