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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G38/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 Que, conforme a lo previsto en el Calendario del Proceso, el Postor Compañía Integral de Vigilancia S.A.C., se dirige al Comité Especial planteando determinadas Observaciones, las cuales fueron acogidas en parte por el referido Comité, por lo que, en aplicación del Art. 88º del Reglamento del T.U.O. de laLey de Contrataciones y Adquisiciones, así como de la Directi- va Nº 013-2001-CONSUCODE/PRE, mediante Oficio Nº 003- 2004-GR-LL-PRE/PECH-RGNº012-2004-GR-LL-PRE/PECH-01, se elevó lo actuado al CONSUCODE, con la finalidad que emitan el correspondiente pronunciamiento; Que, a través del Oficio Nº 434-2004-(PRE), el CONSU- CODE se dirige a la Presidencia del Comité Especial remitien- do su Pronunciamiento Nº 056-2004(GTN), relacionado con las observaciones a las Bases del proceso en referencia, porel cual, entre otros aspectos, se hace conocer al Comité que la notificación con el Pliego de Absolución de Observaciones debió efectuarse de manera personal a los Postores y no únicamentevía Fax, por lo que al no haber cumplido con tal formalidad, se ha incurrido en vicio de nulidad; Que, mediante Informe Nº 006-2004-GR-LL-PRE/PECH- 01CADP0002, del 6.4.2004, el Comité Especial se dirige a la Gerencia General manifestando que habiéndose presentado observaciones a las bases en el proceso de Adjudicación Di-recta Pública Nº 0002-2004-GR-LL-PRE-PECH-01 "Contrata- ción de Empresa de Vigilancia Privada para las Instalaciones del PECH", éstas fueron acogidas en parte resultando nece-sario elevar las mismas al CONSUCODE para el pronun- ciamiento correspondiente, el mismo que se ha recepcionado con fecha 5.4.2004, en los términos expuestos en el conside-rando precedente; por lo que recomiendan se declare la nuli- dad del proceso de selección, debiendo derivarse a la Oficina de Asesoría Jurídica para la opinión legal correspondiente; Que, mediante Informe Legal del exordio; el mismo que for- ma parte integrante del Expediente Administrativo sustento de la presente Resolución Gerencial; la Oficina de Asesoría Jurí-dica efectúa el análisis de los hechos, concluyendo en el senti- do que de los hechos expuestos, aparece que al no haberse efectuado la notificación del pliego de absolución de observa-ciones en forma personal a los postores, se ha incurrido en casual de nulidad prevista en el Art. 57º del TUO, al haber contra- venido una norma legal imperativa, resultando procedente de-clarar la nulidad de oficio del proceso de selección en referen- cia, debiendo retrotraerse hasta la elaboración de bases, a efecto de integrar éstas con el pronunciamiento emitido por elCONSUCODE, debiendo expedirse Resolución Gerencial en tal sentido; Con la visación de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que compete a su respectiva área funcional; De conformidad con lo dispuesto en el Art. 57º del T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aproba-do mediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, así como el artículo 26º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Ad- quisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM; y, en uso de las facultades y atribuciones conferi- das en la Resolución Ejecutiva Regional Nº 058-2004-GR-LL/ PRE; SE RESUELVE: Primero.- Declarar la NULIDAD DE OFICIO del proce- so de Adjudicación Directa Pública Nº 0002-2004-GR-LL-PRE/PECH-01, "Contratación de Empresa de Servicio de Vigilancia Privada para las Instalaciones del PECH", por los fundamentos expuestos en la parte Considerativa de lapresente Resolución Gerencial. Segundo.- Disponer que el Comité Especial designado para tal efecto, proceda a revisar y elaborar nuevas BasesAdministrativas tomando en consideración los puntos con- tenidos en el Pronunciamiento Nº 056-2004 (GTN), emitido por el CONSUCODE, respecto al proceso de selección parala contratación del servicio de vigilancia particular. Tercero.- Disponer la publicación de la presente Reso- lución Gerencial en el Diario Oficial El Peruano dentro de loscinco días siguientes a su expedición. Cuarto.- Notifíquese a los interesados los extremos de la presente Resolución Gerencial para los fines de ley, yhágase de conocimiento del Gobierno Regional La Libertad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RENATO MOSTACERO PLASENCIA Gerencia General (e) 07499GOBIERNO REGIONAL DE MOQUEGUA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G66/G65/G63/G68/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G76/G69/G61/G6A/G65 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G61/G20/G42/G6F/G6C/G69/G76/G69/G61 ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 024-2004-CR/GRM 23 de marzo de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL VISTO:En Sesión Extraordinaria, de fecha 23 de marzo del 2004, la solicitud de reconsideración al Acuerdo RegionalNº 009-2003-CR/GRM, presentado por el Vicepresidente del Gobierno Regional; y, CONSIDERANDO: Que, en el primer artículo del Acuerdo Regional Nº 009- 2004-CR/GRM, de fecha 6 de febrero del año en curso, el Consejo Regional autorizó a la señora Presidenta del Go- bierno Regional para que viaje a Santa Cruz de la Sierra -Bolivia del 16 de febrero al 18 de febrero del año en curso, siendo publicado en el Diario Oficial El Peruano el día 14 de febrero del año en curso. Sin embargo, para la autoriza-ción del viaje en mención no se tomó en cuenta referencia del Correo Electrónico de fecha 15/1/2004, remitida por la Agencia Española de Cooperación Internacional, en el cualse especifica claramente el cronograma de partida y retor- no del 15 al 19 de febrero del año en curso; Que, en uso de las facultades concedidas por el ar- tículo 37º Inc. a), de la Ley Nº 27867 - Ley Orgánica de Gobiernos Regionales modificado por Ley Nº 27902, y los artículos 60º, 61º inciso a) del Reglamento Interno del Con-sejo Regional según O.R. Nº 001-2003-CR/GRM, el Con- sejo Regional en Sesión Extraordinaria por unanimidad; ACORDÓ: Artículo Primero.- Aceptar la reconsideración del Acuerdo Regional Nº 009-2004-CR/GRM. Artículo Segundo.- Modificar en el artículo primero del Acuerdo Regional Nº 009-2004-CR/GRM, la fecha de au-torización de viaje de la señora Presidenta a Santa Cruz de la Sierra - Bolivia, debiendo especificarse en el siguien- te término "del 15 al 20 de abril del presente año". Artículo Tercero.- Remítase copia del presente Acuer- do Regional a la Presidencia Regional, Vicepresidente, Consejeros Regionales, Asesoría de la Presidencia, Ge-rencia General Regional, para su conocimiento y fines. Regístrese, comuníquese y cúmplase.CRISTALA CONSTANTINIDES ROSADO Presidenta Regional 07647 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G61/G20/G64/G65/G6C /G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G65/G76/G65/G6E/G74/G6F/G20/G4D/G61/G63/G72/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G53/G75/G72/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G65/G6E/G43/GF3/G72/G64/G6F/G62/G61/G20/G2D/G20/G41/G72/G67/G65/G6E/G74/G69/G6E/G61/G20/G79/G20/G70/G72/G65/G73/G65/G6E/G74/G61/G72/G20/G6F/G66/G65/G72/G74/G61/G65/G78/G70/G6F/G72/G74/G61/G62/G6C/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G67/G69/GF3/G6E ACUERDO DEL CONSEJO REGIONAL Nº 041-2004-CR/GRM 12 de abril de 2004 EL CONSEJO REGIONAL DEL GOBIERNO REGIONAL;