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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G37/G33 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 UNIDAD EJECUTORA RESPONSABLES U.E. 001 Ministerio de Trabajo Director General de la Oficina de Admi- Oficina de Administración nistración U.E. 002 Programa de Capacita- Coordinador Nacional de PROJOVEN ción Juvenil PROJOVEN U.E.003 Comisión de Promoción Director Ejecutivo de la Pequeña y Micro de la Pequeña y Micro Empresa Empresa - PROMPYME - PROMPYME U.E. 005: Programa de Emer- Director Ejecutivo del Programa de gencia Social Productivo Urba- Emergencia Social Productivo Urbano no “A Trabajar Urbano” “A Trabajar Urbano” Precísese que para efectos de las normas de contrata- ciones y adquisiciones, son máximos responsables admi-nistrativos, aquellos designados en el presente artículo, sin perjuicio de lo establecido en los artículos precedentes. Los referidos responsables administrativos están facul- tados para aprobar directivas internas vinculadas a actos de administración y gestión, las que se remiten a Secreta- ría General para su registro. Artículo 4º.- De la relación con los Viceministerios La aplicación de las competencias y atribuciones regu- ladas en la presente resolución deben entenderse dentro del ámbito funcional - administrativo y las políticas estable- cidos por los Viceministerios de Trabajo y Promoción delEmpleo y la Micro y Pequeña Empresa, respectivamente. Artículo 5º.- Circulo de Mejora de Calidad de Gasto Modifíquese el artículo 1º de la Resolución Ministerial Nº 171-2003-TR, en el sentido que el Circulo de Mejora de Calidad de Gasto del Ministerio de Trabajo y Promoción delEmpleo, estará integrado de la siguiente forma: - La Secretaria General, quien lo presidirá. - Los máximos responsables administrativos de las Uni- dades Ejecutoras del Sector. - El Director Nacional de la Dirección Nacional de Rela- ciones de Trabajo. - EL Director Nacional de la Dirección Nacional de la Micro y Pequeña Empresa. - El Director Nacional de la Dirección Nacional de Pro- moción del Empleo y Formación Profesional. - El Director General de Planificación y Presupuesto El Comité antes referido tiene por finalidad buscar la mejora de la calidad del gasto del Ministerio, tomando encuenta los temas relacionados con la priorización y focali- zación de acciones para el cumplimiento de los objetivos del sector, articulando con eficiencia las unidades ejecuto-ras de la entidad e informando al Titular del Pliego, los re- sultados de cada sesión del Comité. Artículo 6º.- De la comunicación Remítase copia de la presente resolución a la Contraloría General de la República, al Consejo Superior de Contratacio-nes y Adquisiciones del Estado, y a la Dirección Nacional de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas. Artículo 7º.- De la suscripción de convenios La suscripción de convenios con entidades públicas y pri- vadas está delegada en la Secretaría General para la UnidadEjecutora: 001 Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo. En el caso de las otras unidades ejecutoras, la suscripción de convenios se entenderá delegada a los funcionarios indica-dos en el artículo 3º de la presente Resolución Ministerial Todo convenio suscrito debe remitirse para el registro de Secretaría General. Artículo 8º.- Entrada en vigencia La presente resolución entra en vigencia al día siguien- te de su publicación y deja sin efecto a las Resoluciones Ministeriales Nºs.191-2001-TR, 231-2003-TR, 001-2004- TR, 004-2004-TR. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER NEVES MUJICA Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 07561TRANSPORTES Y COMUNICACIONES /G50/G72/G6F/G72/G72/G6F/G67/G61/G6E/G20/G70/G6C/G61/G7A/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G63/G75/G6D/G70/G6C/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G50/G6C/G61/G6E/G20/G4D/GED/G6E/G69/G6D/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G78/G70/G61/G6E/G73/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G73/G20/G4D/G65/G2D/G74/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G55/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G45/G73/G70/G65/G63/G74/G72/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73/G70/G6F/G72/G74/G61/G64/G6F/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G72/G67/G61/G20/G64/G69/G73/G74/G61/G6E/G63/G69/G61/G20/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C /G65/G20/G69/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G49/G6E/G66/G6F/G64/G75/G63/G2D /G74/G6F/G73/G20/G79/G20/G54/G65/G6C/G65/G63/G6F/G6D/G75/G6E/G69/G63/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 280-2004-MTC/03 Lima, 16 de abril de 2004 VISTA, la solicitud formulada mediante Expediente Nº 2001-001564 por la empresa INFODUCTOS Y TELECO- MUNICACIONES DEL PERÚ S.A. para que se otorgueprórroga del plazo para el cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión y Metas de Uso de Espectro, para la presta- ción de los servicios portadores de larga distancia nacio-nal e internacional. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 186-99-MTC/ 15.03 de fecha 4 de mayo de 1999, se otorgó concesión a la asociación RED CIENTÍFICA PERÚANA, para la pres-tación de los servicios portadores de larga distancia na- cional e internacional, habiéndose suscrito el contrato res- pectivo el 4 de junio de 1999; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 189-99- MTC/15.03 de fecha 5 de mayo de 1999, se aprobó la asig- nación de espectro radioeléctrico, se estableció las Metasde Uso de Espectro y se aprobaron las características téc- nicas específicas de operación, para la prestación de los servicios portadores de larga distancia nacional e interna-cional otorgados en concesión a la asociación RED CIEN- TÍFICA PERÚANA; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 401- 99-MTC/15.03 de fecha 17 de diciembre de 1999, se autoriza la transferencia de concesión otorgada por Re- solución Ministerial Nº 186-99-MTC/15.03, así como delas frecuencias y sus características técnicas aproba- das por Resolución Viceministerial Nº 189-99-MTC/ 15.03, a favor de INFODUCTOS Y TELECOMUNICA-CIONES DEL PERÚ S.A., suscribiéndose la addenda respectiva el 4 de enero de 2000; Que, la empresa INFODUCTOS Y TELECOMUNI- CACIONES DEL PERÚ S.A. solicitó la prórroga del pla- zo para el cumplimiento del Plan Mínimo de Expansión y Metas de Uso de Espectro Radioeléctrico, debido ala demora en la interconexión definitiva con la red de la empresa TELEFÓNICA DEL PERÚ S.A.A.; Que, la cláusula sexta, numeral 6.01 del contrato es- tablece que la empresa concesionaria tiene la obliga- ción de iniciar la prestación del servicio concedido, en un plazo máximo que no excederá de doce (12) meses,computados desde la fecha efectiva, entendiéndose como tal la fecha de suscripción del contrato de conce- sión, según lo dispuesto en la cláusula cuarta del mis-mo contrato; Que, la cláusula sexta, numeral 6.02 del citado contrato establece que la empresa concesionaria se obliga a cum-plir en el plazo de cinco (5) años, contados a partir de la fecha de inicio de la prestación del servicio, con el Plan Mínimo de Expansión; Que, asimismo, la cláusula décima quinta del contrato de concesión establece que la empresa concesionaria que- dará exonerada del cumplimiento del contrato, sólo en lamedida y por el período de tiempo en que dicho cumpli- miento sea obstaculizado o impedido por caso fortuito o fuerza mayor; Que, el artículo 1315º del Código Civil dispone que caso fortuito o fuerza mayor es la causa no imputable, consis- tente en un evento extraordinario, imprevisible e irresisti-ble, que impide la ejecución de la obligación o determina su cumplimiento parcial, tardío o defectuoso;