Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (21/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 30

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G38/G30 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 ASAMBLEA NACIONAL DE RECTORES /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G65/G73/G69/G64/G65/G6E/G74/G65/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G41/G4E/G52 /G61/G20/G43/G6F/G6C/G6F/G6D/G62/G69/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G70/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G72/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C /G45/G6E/G63/G75/G65/G6E/G74/G72/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G73/G6F/G63/G69/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G64/G65 /G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G52/G65/G63/G74/G6F/G72/G65/G73/G4C/G61/G74/G69/G6E/G6F/G61/G6D/G65/G72/G69/G63/G61/G6E/G6F/G73 COMISIÓN DE COORDINACIÓN INTERUNIVERSITARIA RESOLUCIÓN Nº 245-2004-ANR Lima, 13 de abril de 2004 VISTOS: El Memorándum Nº 299-2004-SE de fecha 6 de abril de 2004 de la Secretaría Ejecutiva y la invitación cursada por la Asociación Colombiana de Universidades - ASCUN,Bogotá; y, CONSIDERANDO:Que, por Memorándum Nº 299-2004-SE de fecha 6 de abril de 2004 la Secretaría Ejecutiva dispone la elabora-ción de la Resolución autorizando al Presidente de la Asam- blea Nacional de Rectores, Ing. Luis Francisco Delgado de La Flor B., participar del Encuentro Regional de Asociacio-nes de Universidades o Consejos de Rectores Latinoame- ricanos, que tendrá lugar en la sede de la Asociación Co- lombiana de Universidades - ASCUN en Bogotá, a reali-zarse del 29 al 30 de abril de 2004; Que, el artículo 18º de la Constitución Política del Perú consagra el principio de la autonomía del sistemauniversitario, del cual forma parte la Asamblea Nacio- nal de Rectores, como ente coordinador de las Universi- dades del País; Que, los gastos de pasajes aéreos, tres (3) días de viá- ticos e impuestos de ambos aeropuertos, serán cubiertos por la Asamblea Nacional de Rectores, debiendo viajar elseñor Presidente el día miércoles 28 y retornar el día vier- nes 30 de abril de 2004; De conformidad con la Ley Universitaria Nº 23733 y en uso de las atribuciones que le reconoce a la Asamblea Nacional de Rectores y en virtud del Reglamento General de la Coordinación Interuniversitaria; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del ingeniero Luis Fran- cisco Delgado de la Flor Badaracco, Presidente de la Asam- blea Nacional de Rectores, a la ciudad de Bogotá - Colom- bia, para participar del Encuentro Regional de Asociacio-nes de Universidades o Consejos de Rectores Latinoame- ricanos, que tendrá lugar en la sede de la Asociación Co- lombiana de Universidades - ASCUN en Bogotá, a reali-zarse del 28 al 30 de abril de 2004, organizado por dicha Asociación. Artículo 2º.- La Asamblea Nacional de Rectores sufra- gará los gastos que se detalla: - Pasaje aéreo ruta Lima - Bogotá $ 305.36 Bogotá - Lima, incluido IGV. - Viáticos de $200.00 por día (tres) $ 600.00 - Impuesto Aeropuerto Lima $ 28.00 - Impuesto Aeropuerto Bogotá $ 25.00 Artículo 3º.- Dentro de los (15) quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Presidente de la ANR deberá presentar a la Institución un informe detallado des- cribiendo las acciones realizadas y los resultados obteni-dos durante el viaje. Artículo 4º.- El egreso que el cumplimiento de la presente resolución, se afectará a los Grupos Genéri-cos y Específicos del Gasto: 5.3.11.32 "Pasajes y Gas- tos de Transporte", 5.3.11.20 "Viáticos y Asignaciones"con cargo a la Actividad: 1 00267 "Gestión Administrati- va", Componente 3 0693 "Gestión Administrativa" por la Fuente de Financiamiento: Recursos DirectamenteRecaudados (09) del Presupuesto Institucional Año Fis- cal 2004 del Pliego 540: Asamblea Nacional de Recto- res. Regístrese y comuníquese. FRANCISCO DELGADO DE LA FLOR B. Rector de la Universidad Nacional Agraria La Molina y Presidente dela Asamblea Nacional de Rectores ROCÍO RONDINEL SOSA Secretaria General 07645 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G70/G72/G6F/G63/G75/G72/G61/G64/G6F/G72/G20/G69/G6E/G69/G63/G69/G61/G72/G20/G61/G63/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73 /G6C/G65/G67/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G20/G70/G72/G65/G73/G75/G6E/G74/G6F/G73/G20/G72/G65/G73/G70/G6F/G6E/G73/G61/G62/G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G63/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G64/G65/G6C/G69/G74/G6F/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G66/G65/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61 RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 116-2004-JEF/RENIEC Lima, 19 de marzo de 2004 Visto, el Oficio Nº 0256-2003-GP/SGDAC/HYC RE- NIEC, los Informes Nº 009, 012 y 028-2003-AHC/DP/GP, y el Informe Nº 208-2004-GAJ/RENIEC, emitido por la Ge- rencia de Asesoría Jurídica, de fecha 9 de marzo del 2004. CONSIDERANDO: Que, la Gerencia de Procesos del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, en su labor fiscali- zadora ha detectado que los ciudadanos BENJAMÍNORLANDO CAYCHO DULANTO u ORLANDO FUJIMO- TO DULANTO, SEGUNDO JUSTO MONZÓN TORRES o SEGUNDO LAFORA TORRES y JAIME EDUARDOCOSABALENTE CASTAÑEDA o JAIME EDUARDO COSAVALENTE CASTAÑEDA, dada la simplificación administrativa y el principio de presunción de veraci-dad de las declaraciones, solicitaron en forma irregular ante el Registro una nueva inscripción, pese a que ya contaban con una anterior; Que, mediante exámenes de confrontación monodacti- lar correspondientes, se ha determinado que dichas inscrip- ciones corresponden a una misma persona biológica queregistra doble inscripción; Que, el comportamiento realizado por los ciudada- nos antes mencionados, al haber insertado datos fal-sos en documento público, con el objeto de realizar una nueva inscripción, perjudicando de esta forma la segu- ridad jurídica del Registro, constituye indicio razonablede la comisión del presunto delito contra la Fe Pública, en su modalidad de Falsedad Ideológica, previsto y sancionado en el Artículo 428º del Código Penal vigen-te; Que, en atención al considerando precedente resulta necesario autorizar al Procurador Público, a cargo de losasuntos judiciales del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, para que interponga las acciones que corres- pondan en defensa de los intereses del Estado y del Re-gistro Nacional de Identificación y Estado Civil contra BEN- JAMÍN ORLANDO CAYCHO DULANTO u ORLANDO FU- JIMOTO DULANTO, SEGUNDO JUSTO MONZÓN TO-RRES o SEGUNDO LAFORA TORRES, JAIME EDUAR- DO COSABALENTE CASTAÑEDA o JAIME EDUARDO COSAVALENTE CASTAÑEDA, y LOS QUE RESULTENRESPONSABLES; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 17537 y la Ley Nº 26497;