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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (21/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 010- 71-VI de fecha 4 de marzo del 1971, las personas natura- les o jurídicas que posean o presenten Sistemas de Prefa-bricación de Viviendas y los de Construcción No Conven- cional, deberán obtener previamente a su utilización, en cualquier lugar de la República, la aprobación y autoriza-ción del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to; Que, El Servicio Nacional de Normalización, Capacita- ción e Investigación para la Industria de la Construcción - SENCICO, Organismo Público Descentralizado del Minis- terio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, de confor-midad con su Estatuto aprobado por el Decreto Supremo Nº 032-2001-MTC, tiene entre sus funciones, la de propo- ner para su aprobación los Sistemas Constructivos No Con-vencionales; Que, el Servicio Nacional de Normalización, Capacita- ción e Investigación para la Industria de la Construcción -SENCICO, con Oficio del exordio da su conformidad al expediente iniciado por la Empresa Siderúrgica del Perú S.A.A. - SIDERPERU y propone la aprobación del SistemaConstructivo denominado “SIDERCASA”, ello con arreglo a las disposiciones técnicas vigentes, y teniendo en cuen- ta las características, limitaciones y aplicación que se danen la correspondiente Memoria Descriptiva General del mismo Sistema; Con la opinión favorable de la Dirección Nacional de Construcción del Viceministerio de Construcción y Sanea- miento; De conformidad con la Ley Nº 27792, Decreto Supre- mo Nº 002-2002-VIVIENDA y los Decretos Legislativos Nº 145 y Nº 582; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Sistema Constructivo No Con- vencional denominado “SIDERCASA”, presentado por la Empresa Siderúrgica del Perú S.A.A. - SIDERPERU, con- forme consta de la Memoria Descriptiva que forma parteintegrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La altura de las edificaciones que se cons- truyan aplicando el Sistema que se aprueba por el artículoprecedente, está limitada a dos (2) pisos. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 07641 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G64/G6F/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G71/G75/G69/G6E/G61/G72/G69/G61/G20/G61 /G66/G61/G76/G6F/G72/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G46._/G65/G64/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G46._/G6F/G6C/G6B/G6C/G6F/G72/G65/G20/G79/G20/G43/G75/G6C/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G75/G6E/G6F RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 103-2004-VIVIENDA Lima, 20 de abril de 2004Vistos; en la Carta s/n de fecha 23 de marzo del 2004, de la Federación Regional de Folklore y Cultura de Puno,provincia y departamento de Puno, el Informe Técnico Nº 073-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM del Programa de Equipamiento Básico Municipal y el Memorándum Nº 030-2004-VIVIENDA/CGP del Comité de Gestión Patrimonial; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 111-96, se asignó al Ministerio de la Presidencia, la suma de US$ 6 299 868 00 (seis millones doscientos noventinueve mil ochocientos sesentiocho con 00/100 Nuevos Soles), delos recursos de la Línea de Crédito del Bank of China, para la adquisición de maquinaria para Industria del cal- zado, Vestido y Tejido procedentes de la República Po-pular China con la finalidad de equipar a pequeños ymicro empresarios, cuya tecnología contribuye a mejo- rar el nivel económico y social, erradicando la situaciónde pobreza de la población; Que, por Decreto de Urgencia Nº 086-97 se modifica el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 023-97; en elcual se considera como beneficiarios del cincuenta por ciento (50%) de la donación de maquinaria adquiridas por Decreto de Urgencia Nº 111-96 a las organizacio-nes sociales con fines educativos, de capacitación o de promoción social, conjuntamente con las Entidades edu- cativas estatales; Que, por Ley Nº 27779, se aprobó la Ley Orgánica que modifica la organización y funciones de los Ministe- rios, regulados por el Decreto Legislativo Nº 560, Leydel Poder Ejecutivo, determinándose el número de Mi- nisterios, entre los cuales se constituyó el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; Que, en virtud de lo establecido en la Cuarta Dispo- sición Transitoria de la Ley Nº 27783, se desactivó el Ministerio de la Presidencia, quedando extinguido paratodos sus efectos, el 31 de julio del 2002; Que, por Decreto Supremo Nº 017-2002-PRES, se estableció que el Ministerio de Vivienda, Construcción ySaneamiento, según corresponda, asumía las compe- tencias, funciones, atribuciones, los derechos y obliga- ciones, del Viceministerio de Infraestructura, del Progra-ma de Equipamiento Básico Municipal y los órganos de apoyo, control defensa judicial y asesoría del Ministerio de la Presidencia que se desactivó; Que, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Sa- neamiento es un organismo público integrante del Poder Ejecutivo, que se rige por su Ley de Organización y Fun-ciones - Ley Nº 27792 y su Reglamento de Organiza- ción y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 002- 2002-VIVIENDA, y que tiene como misión mejorar lascondiciones de vida de la población facilitando su acce- so a una vivienda adecuada y a los servicios básicos, proporcionando el ordenamiento, crecimiento, conserva-ción, mantenimiento y protección de los centros de po- blación y sus áreas de influencia, fomentando la partici- pación de las organizaciones de la sociedad civil y de lainiciativa e inversión privadas; Que, con Carta s/n de fecha 23 de marzo del 2004, el Sr. Denilson Medina Sánchez, Presidente de la Federa-ción Regional de Folklore y Cultura de Puno, provincia y departamento de Puno, solicitó al Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento la donación de Maqui-narias para la industria del calzado, que se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente Re- solución; Que, mediante el Memorándum Nº 066-2004/VIVIEN- DA-VMCS-PREBAM, el Jefe del Programa de Equipa- miento Básico Municipal corrió traslado del Informe Téc-nico Nº 073-2004/VIVIENDA-VMCS-PREBAM en el cual se precisa que la entidad solicitante, cuenta con infraes- tructura adecuada para recibir e instalar la maquinariasolicitada como donación; Que, el Comité de Gestión Patrimonial contando con la opinión técnica favorable del PREBAM y actuando deconformidad con lo dispuesto en la Directiva para el Pro- cedimiento Administrativo respecto de los actos de dis- posición de bienes muebles no patrimoniales asumidospor el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamien- to para ser transferidos, aprobada vía la Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, opinapor la procedencia de la donación de maquinaria para confecciones detalladas en el anexo que forma parte in- tegrante de la presente Resolución; Que, de acuerdo a lo dispuesto por Resolución de Secretaría General Nº 016-2003-VIVIENDA/SG, los bie- nes muebles no patrimoniales, asumidos por el Ministe-rio de la Presidencia o mediante normas especiales po- drán ser transferidos a entidades públicas o privadas de acuerdo a los procedimientos en ella establecidos; Que, en ese sentido, resulta necesario aprobar la do- nación de las máquinas que se detallan en los Anexos que forman parte integrante de la presente Resolución ala Federación Regional de Folklore y Cultura de Puno, provincia y departamento de Puno con la finalidad de equipar un “Centro de Confección de Vestidos Folklóri-cos y Afines”, que apoye y revalide las diferentes mani- festaciones artísticas en pro de su desarrollo cultural, social y económico;