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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacio- nal de Identificación y Estado Civil, para que en nom-bre y representación de los intereses del Estado inter- ponga las acciones legales que correspondan contra BENJAMÍN ORLANDO CAYCHO DULANTO u ORLAN-DO FUJIMOTO DULANTO, SEGUNDO JUSTO MON- ZÓN TORRES o SEGUNDO LAFORA TORRES, JAI- ME EDUARDO COSABALENTE CASTAÑEDA o JAIMEEDUARDO COSAVALENTE CASTAÑEDA, y LOS QUE RESULTEN RESPONSABLES, por presunto delito con- tra la Fe Pública, en la modalidad de Falsedad Ideológi-ca, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil. Artículo Segundo.- Remítase lo actuado al Procura- dor Público encargado de los asuntos judiciales del Regis- tro Nacional de Identificación y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe Nacional 06228 S B S /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G4D/G75/G6E/G69/G63/G69/G70/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G2D /G72/G72/G6F/G20/G79/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G54/G61/G63/G6E/G61/G20/G6C/G61/G20/G61/G70/G65/G72/G74/G75/G72/G61/G20/G64/G65/G6F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61/G20/G65/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G74/G65/G6D/G70/G6F/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G61/G2D/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6C/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G65/G70/G61/G72/G74/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65 /G4D/G61/G64/G72/G65/G20/G64/G65/G20/G44/G69/G6F/G73 RESOLUCIÓN SBS Nº 503-2004 Lima, 7 de abril de 2004 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCAVISTA: La solicitud presentada por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna S.A. para que se le autorice la apertura de una oficina temporal de información ubicada en calleLoreto Nº 220 y Nº 222, Lote 7, Mz. A, frente a la Plaza de Armas de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tam- bopata, departamento de Madre de Dios; y, CONSIDERANDO: Que la empresa recurrente ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica lo solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Eva- luación del Sistema Financiero "F" mediante Informe NºDESF "F" 031-2004/OT; y, De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema deSeguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702; la Circular SBS Nº CM-184-97 y modificatorias; el procedimiento administrativo Nº 11 delTexto Único de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Resolución SBS Nº 131-2002, modificada por Resolución SBS Nº 1276-2002; y en virtud de la facultaddelegada por Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Tacna la apertura de una oficina espe- cial temporal de información al público, del 14 de abril al 14 de octubre de 2004, ubicada en calle Loreto Nº 220 y Nº222, Lote 7, Mz. A, frente a la Plaza de Armas de Puerto Maldonado, distrito y provincia de Tambopata, departamento de Madre de Dios. Artículo Segundo.- La actividad autorizada a realizar por dicha oficina es brindar información de la oferta de ser-vicios financieros de la CMAC Tacna al público en general, no estando permitido realizar operaciones activas ni pasi-vas. Regístrese, comuníquese y publíquese.LUIS FELIPE ARIZMENDI ECHECOPAR Superintendente Adjunto de Banca 07538 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONASEV /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G66/G75/G6E/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G79/G20/G64/G69/G73/G70/G6F/G6E/G65/G6E /G69/G6E/G73/G63/G72/G69/G70/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G46._/G49/G4E/G4F/G42/G52/G41/G20/G53/G6F/G63/G69/G65/G64/G61/G64/G43/G6F/G72/G72/G65/G64/G6F/G72/G61/G20/G64/G65/G20/G50/G72/G6F/G64/G75/G63/G74/G6F/G73/G20/G53/G2E/G41/G2E/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D/G67/G69/G73/G74/G72/G6F/G20/G50/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G4D/G65/G72/G63/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G20/G56/G61/G6C/G6F/G72/G65/G73 COMISIÓN NACIONAL SUPERVISORA DE EMPRESAS Y VALORES RESOLUCIÓN CONASEV Nº 036-2004-EF/94.10 Lima, 15 de abril de 2004 VISTO: El Expediente Nº 2004/004486, así como el Informe Nº 110-2004-EF/94.55 de fecha 1 de abril de 2004, presen- tado por la Gerencia de Intermediarios y Fondos, con laopinión favorable de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Gerencial Nº 001-2004-EF/ 94.55 de fecha 27 de enero de 2004 se autorizó a la señoraCarmen Rosa Lahura Capacyachi y al señor Enrique Os- hiro Miyasato a organizar la empresa FINOBRA Sociedad Corredora de Productos S.A., con el objeto de dedicarse ala intermediación en la Bolsa de productos; Que, mediante escritos presentados el 13 de febrero, 9 y 18 de marzo y 1 de abril de 2004, los organizadores soli-citaron la autorización de funcionamiento de la empresa denominada FINOBRA Sociedad Corredora de Productos S.A., para que pueda operar en la Bolsa de Productos deLima, remitiendo para tal efecto la documentación exigida por el Reglamento de Corredores de Productos y Opera- dores Especiales, aprobado mediante Resolución CONA-SEV Nº 576-97-EF/94.10; Que, con fecha 17 de marzo de 2004, CONASEV efec- tuó una visita de inspección a FINOBRA Sociedad Corre-dora de Productos S.A. con el objeto de verificar si conta- ba con infraestructura, registro de operaciones, sistema contable y sistema de recepción de registro de órdenes yasignación de operaciones; Que, luego de la evaluación de la documentación pre- sentada por los referidos organizadores y de los resulta-dos de la visita de inspección efectuada por CONASEV, se ha determinado que FINOBRA Sociedad Corredora de Pro- ductos S.A. ha satisfecho los requisitos establecidos en elartículo 9º del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales, así como en el Texto Único de Pro- cedimientos Administrativos - TUPA de la CONASEV, apro-bado mediante Decreto Supremo Nº 056-2002-EF, modifica- do por Decreto Supremo Nº 008-2004-EF, para obtener la autorización de funcionamiento como sociedad corredorade productos; Que, el artículo 11º del Reglamento de Corredores de Productos y Operadores Especiales señala que para el ini-cio de operaciones la sociedad corredora deberá acreditar la calidad de asociado en la Bolsa de Productos en la que va a operar y constituir las garantías de acuerdo a las nor-mas pertinentes; Que, el artículo 3º del Reglamento de Garantías de los Corredores de Productos y Operadores Especiales, apro-bado por Resolución CONASEV Nº 823-97-EF/94.10 de fecha 17 de diciembre de 1997, establece que previo al