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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE ABRIL DEL AÑO 2004 (21/04/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G36/G39/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 21 de abril de 2004 establece que el Consejo Regional como órgano normati- vo del Gobierno Regional; tiene la atribución de normarasuntos de carácter general; Que, son funciones del Gobierno Regional en materia de vivienda y saneamiento: Formular, aprobar y evaluar losplanes y políticas regionales en materia de vivienda y sa- neamiento, en concordancia con los planes de desarrollo de los gobiernos locales y de conformidad con las políticasnacionales y planes sectoriales; así como promover la eje- cución de programas de vivienda urbanos y rurales, cana- lizando los recursos públicos y privados y la utilización delos terrenos del Gobierno Regional y materiales de la Re- gión; Que, en mérito a la Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y Ley Nº 28013 -Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, artículos 15º numeral a) y 38º, el Consejo Re- gional aprueba la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- Declárese de interés público y de utilidad regional la ejecución del Programa de Vivienda de- nominado "VIVIENDA REGIONAL" destinado a adjudicarlotes de terreno a vivienda o vivienda taller de tipo interme- dio a personas naturales o sociedades conyugales no pro- pietarias ni poseedoras directas de inmuebles urbanos enningún otro lugar de la Región, ubicadas en terrenos eria- zos del Estado en zonas urbanas o de expansión urbana establecidas en los respectivos planes de zonificación yvías y que deberán constar con estudios definitivos de ha- bitabilidad y servicios para que las obras se ejecuten en un plazo no mayor de dos años. Artículo Segundo.- La Oficina Ejecutiva de Adminis- tración de Bienes Inmuebles del Gobierno Regional, pro- cederá dentro del plazo de noventa (90) días a partir de lavigencia de la presente Ordenanza a identificar los terre- nos de propiedad del Estado de libre disponibilidad ubica- dos en zonas urbanas o de expansión urbana para los fi-nes a que se refiere el artículo anterior. Artículo Tercero.- El Gobierno Regional de Tacna, a través de la Oficina Ejecutiva de Administración de BienesInmuebles, procederá a promover y ejecutar el Programa "VIVIENDA REGIONAL" mediante proyectos de habilita- ción urbana de acuerdo con las normas vigentes sobre via-lidad, equipamiento y servicios básicos. Artículo Cuarto.- El Gobierno Regional podrá utilizar los recursos provenientes de los Programas TEPRO en loque sea del caso, o de organismos financieros como fuen- tes de recursos para el objetivo y fines señalados en los artículos anteriores. Artículo Quinto.- Los lotes de terrenos que integren el Programa "Vivienda Regional" tendrán una extensión nor- mativa establecida en los Planes Urbanos correspon-dientes. Artículo Sexto.- El Consejo Nacional de Tasaciones (CONATA) determinará el precio de venta de los terrenos ylas condiciones de la misma en función al salario mínimo vital y/o de la Unidad de Referencia, siendo el precio de la fábrica regulado por el Gobierno Regional el que dictarálas disposiciones para empadronar a las personas que se acojan a esta ley, que debe tener residencia comprobada por no menos de cinco (5) años en la Capital de la Regióny de tres (3) años en las demás Provincias. La ubicación se hará mediante sorteo público. Artículo Sétimo.- Cuando se trate de sociedades conyugales o de uniones de hecho, con o sin hijos, sólo podrá adjudicarse un lote de terreno a cada familia. Artículo Octavo.- Las viviendas que sean adjudicadas de acuerdo a la presente ley, constituyen patrimonio fami- liar inembargable, salvo cuando sirvan de garantía para responder por financiamiento de estudios y obras. Asimis-mo, no podrán ser materia de posterior compra-venta, arren- damiento, cesión en uso o cualquier otra forma de disposi- ción o enajenación dentro de los diez (10) años siguientesa su adjudicación. Artículo Noveno.- La adjudicación de los terrenos para viviendas en la forma dispuesta por la presente OrdenanzaRegional, se hará en documento público, en mérito al cual procede la inscripción respectiva ante los Registros Públi- cos. Artículo Décimo.- La Presidencia Regional, con Acuer- do del Directorio de Gerencias Regionales aprobará el Decreto Regional que establezca las normas reglamenta-rias para la ejecución de la presente Ordenanza Regional, las que serán implementadas por la Oficina Ejecutiva deAdministración de Bienes Inmuebles y la Oficina Regional de Asesoría Jurídica. Artículo Décimo Primero.- Disponer que la Dirección Regional de Administración efectúe la publicación de la pre- sente Ordenanza en el Diario Oficial el Peruano y la Ofici- na de Soporte Informático realice la publicación en el Por-tal Electrónico de la Región. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal de Tacna para su promulgación. En Tacna, a los tres días del mes de abril del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Consejo Regional POR TANTO:Mando se publique y cumpla Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de Tac- na, a los tres días del mes de abril del año dos mil cuatro. JULIO ANTONIO ALVA CENTURION Presidente del Gobierno Regional de Tacna 07684 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G45/G73/G63/G6F/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G4A/GF3/G76/G65/G6E/G65/G73 /G56/G6F/G6C/G75/G6E/G74/G61/G72/G69/G6F/G73/G20/G65/G6E/G20/G53/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G53/G6F/G63/G69/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 004-2004-CR/GOB.REG.TACNA POR CUANTO: El Consejo Regional de Tacna, en su Sesión Ordinaria de fecha 3 de abril del 2004, ha aprobado la Ordenanza Regional siguiente: CONSIDERANDO: Que, el Programa Escolar de Jóvenes Voluntarios en Ser- vicio Social, es la propuesta que surge de la Construcción de una Ética Civil que pretende formar jóvenes mediante la aplica-ción de la pedagogía lúdica, como instrumento capaz de tras- cender las esferas sociales, a través del arte y todas sus mani- festaciones, la recreación y el deporte, y un adecuado uso deltiempo libre, como espacios para la formación de valores y la reflexión individual y colectiva; Que, en este sentido el servicio social, se presenta ade- más de las actividades placenteras de formación, como un pro- ceso de participación, discusión, toma de decisiones y com- portamientos, con el ánimo de mejorar las condiciones de vidade los y las participantes y sus comunidades beneficiadas; Que, el programa articula programas de formación integral tanto al interior de la institución educativa, como desde ella haciala comunidad, proyectando estrategias de participación demo- crática, autogestión sostenible, considerando al joven como sujeto político, que no es otra cosa que el joven pensante, par-ticipativo y crítico; Que, el Programa Escolar de Jóvenes Voluntarios en Ser- vicio Social, pretende formar jóvenes mediante la aplicación devalores morales, cuya finalidad principal es despertar y promo- ver en el educando la sensibilidad, solidaridad, integración e identificación con la sociedad en general; Que, el desarrollo del presente programa de proyec- ción social se realizará con la participación activa de los educandos, mediante la recreación a través de talleres deteatro, música, danzas y otros donde impartirán alegría, solidaridad, fraternidad en las instituciones olvidadas de nuestra localidad como son: Asilo de ancianos, el hogar demenores, el hospital San Ramón, hospital Hipólito Unánue, Hospital de ESSALUD, etc. Así como la ejecución de pro- yectos de desarrollo comunal a través de programas dealfabetización, arborización, conservación del medio am- biente, limpieza en la ciudad, construcción de aulas, cer- cos perimétricos, mantenimiento de campos deportivos,trabajos de jardinería, etc. Labores que se pueden realizar