Norma Legal Oficial del día 23 de abril del año 2004 (23/04/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 51

MORDAZA, viernes 23 de MORDAZA de 2004

NORMAS LEGALES

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bra, habiendo ingresado sus escritos a Relatoria de la Sala Penal de Apelaciones en la misma fecha a las 14 horas con 20 minutos, proveyendose de la siguiente forma: en los incidentes A y B, por resolucion del 8 de marzo del 2001, se senalo que se estuviera a lo resuelto por resolucion del 8 de marzo del 2001; en el incidente D, por resolucion del 9 del mismo mes y ano, se proveyo en el mismo sentido; y, en el incidente C, por resolucion del 13 de marzo del 2001, se decreto que se diera cuenta por la Sala correspondiente; Que, el 9 de marzo del 2001, se publico en el Diario Oficial El Peruano la Resolucion Administrativa Nº 0088-2001-P-CSJL/PJ del 7 de marzo del 2001, por la cual se conformo una Sala Penal Especial para conocimiento exclusivo de los procesos iniciados o por iniciarse contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, disponiendose en el articulo MORDAZA que esta tendria efectividad a partir del 14 de marzo del 2001 y, el 13 de marzo del 2001, el Procurador Publico solicito que derivaran los incidentes A, B, C y D a la Sala Penal Especial MORDAZA citada; Que, por resolucion del 13 de marzo del 2001, la Sala Penal de Apelaciones acordo remitir el incidente C a la Sala Penal Especial, sin embargo, no obstante que los incidentes A, B, D y E, fueron resueltos el 8 de marzo del 2001, los cuadernos A, B y D fueron devueltos a Relatoria el 14 de marzo del 2001, y el E el 16 del mismo mes y ano; Que, el 15 de marzo del 2001, es decir, 7 dias despues de haberse emitido la resolucion por la que se confirmaba el mandato de comparecencia restringida y se revocaba la detencion domiciliaria en los incidentes A y B, la Secretaria de la Sala Penal de Apelaciones oficio al Jefe de la Policia Judicial a fin de que se levantaran las medidas de detencion domiciliaria contra los procesados MORDAZA MORDAZA y Fernandini MORDAZA, y se dispusiera su impedimento de salida del pais; Que, la fecha de devolucion de los expedientes a Relatoria, esto es, el 14 de marzo del 2001, para los incidentes A, B y D, y el 16 del mismo mes para el incidente E, no guarda relacion con la premura de la resolucion del 8 de marzo del 2001, cuando el dia anterior, el 7 del mismo mes y ano, se habia expedido la resolucion por la cual se conformo una Sala Penal Especial para conocer de los procesos iniciados contra MORDAZA MORDAZA Torres; Que, en consecuencia, las resoluciones emitidas por el procesado MORDAZA MORDAZA el 8 de marzo del 2001, en los incidentes A, B y D, en calidad de integrante de la Sala Penal de Apelaciones para Procesos con Reos en Carcel, tuvieron por objeto evadir el cumplimiento de la Resolucion Administrativa Nº 0088-2001-P-CSJL/ PJ; Que, se ha acreditado que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA incurrio en inconducta funcional, siendo lo sucedido un hecho que atenta gravemente contra la respetabilidad del Poder Judicial, comprometiendo la dignidad del cargo y desmereciendolo en el concepto publico, lo que le hace pasible de la sancion de destitucion, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 31º inciso 2 de la Ley Nº 26397, Ley Organica del Consejo Nacional de la Magistratura; Por estos fundamentos, apreciando los hechos y las pruebas con criterio de conciencia, en uso de las facultades previstas por los articulos 154º inciso 3 de la Constitucion Politica, 31º numeral 2, 32º y 34º de la Ley Nº 26397, y 36º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo, y estando a lo acordado por unanimidad, en sesion del 14 de agosto del 2003, y sin la presencia del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Paredes; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dar por concluido el MORDAZA disciplinario seguido contra el ex Vocal Superior, doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA del MORDAZA, por no haber sido ratificado en el cargo. Articulo Segundo.- Destituir al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por su actuacion como Vocal de la Corte Superior de Justicia de Lima.

Articulo Tercero.- Disponer la cancelacion del titulo y todo otro nombramiento que se le hubiere otorgado al magistrado destituido a que se contrae el articulo MORDAZA de la presente resolucion, inscribiendose la medida en el registro personal, debiendose asimismo comunicarse al senor Presidente de la Corte Suprema de Justicia y a la senora Fiscal de la Nacion, y publicarse la presente resolucion, una vez que quede consentida o ejecutoriada. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA A. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA STANBURY MORDAZA LA HOZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 07763

Modifican los procedimientos administrativos Nºs. 4 y 9 del MORDAZA del Consejo Nacional de la Magistratura
RESOLUCION DEL CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA Nº 136-2004-CN San MORDAZA, 20 de MORDAZA de 2004 VISTO: El Acuerdo Nº 249-2004, del Pleno del Consejo Nacional de la Magistratura, de fecha 18 de marzo del 2004; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 197-2002-CNM, se aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Consejo Nacional de la Magistratura; Que, el Articulo 38º de la Ley de Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444, prescribe que toda modificacion al Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, se aprueba por resolucion del titular del organismo constitucionalmente autonomo; Que, mediante acuerdo de sesion del 18 de marzo del 2004, el Pleno del Consejo por mayoria, acordo modificar los procedimientos administrativos Nºs. 4 "Constancia Certificada de Postulacion" del rubro Copias y Constancias Certificadas, y 9 "Acceso a la Informacion que Posee o Produce el Consejo Nacional de la Magistratura segun el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM" del rubro Participacion Ciudadana, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA; Estando a lo resuelto en dicho acuerdo y a lo dispuesto en el Articulo 38º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Modificar los procedimientos administrativos Nºs. 4 "Constancia Certificada de Postulacion" del rubro Copias y Constancias Certificadas, y 9 "Acceso a la Informacion que Posee o Produce el Consejo Nacional de la Magistratura segun el Decreto Supremo Nº 018-2001-PCM" del rubro Participacion Ciudadana, del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA del Consejo Nacional de la Magistratura, segun el anexo adjunto que forma parte de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente

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