Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2004 (03/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, martes 3 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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zadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios creadas por Resolucion Nº 020-2000-MP-FN, modificatorias y complementarias; Que, es necesario efectuar precisiones respecto de la delimitacion de competencias de las indicadas Fiscalias Especializadas, en relacion a los aspectos referidos al ambito de competencia territorial, delitos que esten vinculados efectivamente con actos de corrupcion de funcionarios, concurso de delitos, participacion de terceros que no tengan la condicion de funcionarios publicos e intervencion de los Fiscales especializados en la investigacion judicial; Que, respecto del ambito geografico, resulta evidente que atribuir competencia a nivel nacional a las Fiscalias Especializadas en Corrupcion de Funcionarios respecto de las denuncias que se interpongan por los delitos comprendidos en los articulos 382º al 417º del Codigo Penal, significaria sobredimensionar la carga procesal de las cuatro Fiscalias Especializadas, ademas de los manifiestos inconvenientes logisticos de la investigacion de hechos ocurridos fuera del ambito de competencia territorial del Distrito Judicial de Lima; Que, por otro lado, se ha comprendido dentro de la competencia a los Delitos contra la Funcion Jurisdiccional contemplados en los articulos 402º a 417º del Codigo Penal, que contienen figuras delictivas que poca o ninguna relacion guardan con los delitos de corrupcion, por lo que los delitos comprendidos en la Seccion I, Capitulo III, Titulo XVIII, Libro MORDAZA del Codigo Penal deben ser excluidos de la competencia de las Fiscalias Especializadas en Corrupcion de Funcionarios; Que, en relacion a las denuncias que se encuentren en situacion de concurso con otros delitos que no son de competencia de las Fiscalias Especializadas, debe acudirse a los criterios de determinacion previstos en la ley procesal penal, debiendose en consecuencia considerar competente a la Fiscalia que tenga que conocer el delito mas grave; Que, debe tenerse presente, en este caso, que la especialidad esta precisamente justificada por tratarse de funcionarios publicos y su relacion con el delito, por lo que la competencia de las Fiscalias Especializadas es solo para conocer de los casos donde las personas imputadas MORDAZA funcionarios publicos u otras personas vinculadas a dichas conductas delictivas; Por las consideraciones precedentes y estando a las atribuciones que confieren los articulos 64º y 80-A del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Precisar que las Fiscalias Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios creadas por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 0202000-MP-FN, modificatorias y complementarias; son competentes, en el ambito territorial del Distrito Judicial de MORDAZA, para efectuar las investigaciones indagatorias en las denuncias por los delitos imputados a funcionarios publicos, previstos en las Secciones II, III y IV, Capitulo II, Titulo XVIII del Libro MORDAZA del Codigo Penal. Articulo Segundo.- Precisar que en las denuncias que se presente una situacion de concurso con otros delitos que no son de competencia de las Fiscalias Especializadas, se debera considerar competente a la Fiscalia que tenga que conocer el delito mas grave. Articulo Tercero.- Precisar que la ampliacion de facultades otorgadas a las Fiscalias Especializadas en Corrupcion de Funcionarios, es sin perjuicio de las investigaciones iniciadas al MORDAZA de las Resoluciones de la Fiscalia de la Nacion Nº 020-2000-MP-FN, Nº 053-2000MP-FN, Nº 141-2000-MP-FN y Nº 988-2002-MP-FN. Articulo Cuarto.- Dejar sin efecto toda disposicion que se oponga a la presente Resolucion. Articulo Quinto.- Disponer que las Fiscalias Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios devuelvan a las Fiscalias Provinciales de origen o deriven a las Fiscalias Provinciales que correspondan, todas

aquellas denuncias que no se adecuen a lo dispuesto en la presente Resolucion. Articulo Sexto.- Poner la presente resolucion en conocimiento de los Fiscales Superiores Decanos a nivel nacional, Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalias Especializadas en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, Fiscales Provinciales Especializados en Delitos de Corrupcion de Funcionarios, Fiscales Provinciales Penales y Gerencia de la Oficina de Registro de Fiscales, para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 14117

Reincorporan a Fiscal Superior Titular y designan Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 1067-2004-MP-FN

MORDAZA, 2 de agosto de 2004 VISTO: La Resolucion de fecha 12 de MORDAZA del 2004, expedida por la Primera Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, que confirma la sentencia de fecha 3 de MORDAZA del 2003, expedida por la Primera Sala Civil que declaro fundada la Accion de MORDAZA interpuesta por el doctor MORDAZA Elcias MORDAZA MORDAZA y en consecuencia inaplicables al demandante los Decretos Leyes Nºs. 25530 y 25735, ordenando su reincorporacion en el cargo de Fiscal Superior Titular en lo Penal del Distrito Judicial de MORDAZA, dejando sin efecto el cese y la cancelacion del Titulo respectivo. CONSIDERANDO: Que, la consecuencia juridica de declararse fundada una Accion de MORDAZA, es la de reponer las cosas al estado anterior de haberse producido la violacion de un derecho constitucional; Que, corresponde a la Fiscal de la Nacion dentro de sus atribuciones designar al Fiscal reincorporado en una de las plazas vacantes de Fiscal Superior de MORDAZA, Distrito Judicial de Arequipa; Que, del Cuadro de Antiguedad de los senores Fiscales Superiores Titulares del Distrito Judicial de MORDAZA, se aprecia que por orden de antiguedad le corresponde al doctor MORDAZA Elcias MORDAZA MORDAZA, asumir las funciones del Decanato Superior del citado Distrito Judicial, a dedicacion exclusiva; Estando a lo dispuesto por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Reincorporar al doctor MORDAZA Elcias MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular en lo Penal de MORDAZA, Distrito Judicial de Arequipa. Articulo Segundo.- Dar por concluida la designacion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de MORDAZA, como Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de MORDAZA, materia de la Resolucion Nº 1340-2002-MP-FN, de fecha 22 de MORDAZA del 2002. Articulo Tercero.- Designar al doctor MORDAZA Elcias MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular en lo Penal de MORDAZA, como Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Arequipa. Articulo Cuarto.- Designar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Fiscal Superior Titular de Are-

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