Norma Legal Oficial del día 03 de agosto del año 2004 (03/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

MORDAZA, martes 3 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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VISTO: El Oficio Nº 620-2004-P-CSJL/PJ (ZMP), cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA eleva a este Organo de Gobierno los oficios presentados por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Decimo Primer Juzgado Especializado Penal de MORDAZA, para que se le autorice a viajar, conjuntamente con el Secretario Judicial MORDAZA MORDAZA Yampufe, a la Republica de Panama del 4 al 6 de agosto del presente ano, a efectos de recibir las declaraciones instructivas de las inculpadas MORDAZA MORDAZA Honor MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oquenda, recluidas en el Penal de Mujeres de Panama, ordenadas en el Expediente Nº 559-03 que se les sigue por el delito contra el Orden Migratorio ­ Trafico de Personas y otros, en agravio del Estado; Que, estando a la naturaleza del pedido y por celeridad judicial, resulta conveniente conceder la autorizacion que se solicita, para el fin que se indica; El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en uso de sus atribuciones, en sesion extraordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Presidente de este Organo de Gobierno por asistir a un evento oficial, y del senor Consejero MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez del Decimo Primer Juzgado Especializado Penal de MORDAZA, para que viaje conjuntamente con el Secretario Judicial MORDAZA MORDAZA Yampufe, a la Republica de Panama, del 4 al 6 de agosto del presente ano, a efectos de, previos los tramites legales que fueren del caso observar, recibir las declaraciones instructivas de las inculpadas MORDAZA MORDAZA Honor MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Oquenda, recluidas en el Penal de Mujeres de Panama, en el MORDAZA que se les sigue por el delito contra el Orden Migratorio ­ Trafico de Personas y otros, en agravio del Estado. Articulo Segundo.- El nombrado Magistrado debera remitir a este Organo de Gobierno informe documentado sobre el cumplimiento de la presente resolucion una vez ejecutada la referida diligencia. Articulo Tercero.- Los gastos que origine el cumplimiento de la presente resolucion, estaran a cargo de la Gerencia General del Poder Judicial de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Pasaje Aereo Tarifa Economica Impuesto Corpac Entrada y Salida Viaticos (2 dias) del 5 al 6 agosto 2004 Gastos de Instalacion y Traslado TOTAL MORDAZA MORDAZA Yampufe Pasaje Aereo Tarifa Economica Impuesto Corpac Entrada y Salida Viaticos (2 dias) del 5 al 6 agosto 2004 Gastos de Instalacion y Traslado TOTAL

Poder Judicial, y al Magistrado recurrente, para su conocimiento y fines consiguientes. Registrese, publiquese, comuniquese, y cumplase. SS. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA AMEZ MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA NUNEZ 14142

Disponen el funcionamiento de los Organos de Emergencia, Jurisdiccionales y de Apoyo a que se refiere la Directiva Nº 002-2004-CE-PJ
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 142-2004-CE-PJ

MORDAZA, 2 de agosto del 2004 VISTA: La Resolucion Administrativa Nº 002-2004-SP-CS, de fecha 22 de MORDAZA del 2004, expedida por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Administrativa Nº 006-2003-SPCS de fecha 30 de octubre del 2003, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica declaro como Servicio Publico Esencial a la Administracion de Justicia ejercida por el Poder Judicial a traves de sus organos jerarquicos, autorizando la emision de la Directiva sobre confor macion de Organos de Emergencia Jurisdiccionales y de Apoyo, en caso de declararse en huelga los trabajadores del Poder Judicial; Que, en tal sentido, mediante Resolucion Administrativa Nº 046-2004-CE-PJ del 24 de marzo del 2004, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobo la Directiva Nº 002-2004-CE-PJ, sobre Conformacion de Organos de Emergencia, Jurisdiccionales y de Apoyo, en caso de ejercicio del derecho de huelga de los trabajadores del Poder Judicial; Que, con Oficio Nº 138-2004-SD-CEN-FNTPJ, de fecha 31 de MORDAZA del 2004, la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial puso en conocimiento de la Presidencia de Poder Judicial, la convocatoria a una paralizacion de labores con ambito nacional, a llevarse a cabo el dia 17 de junio del ano en curso, asi como los dias 14 y 15 de MORDAZA ultimo, con perspectiva de huelga nacional indefinida, paralizaciones que efectivamente se produjeron, manteniendose hasta la fecha la medida de fuerza; Que, es de advertirse, que en la precitada comunicacion emitida por la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, no se adjunta la relacion de trabajadores que prestaran servicios en los Organos de Emergencia, Jurisdiccionales y de Apoyo, debidamente constituidos conforme a lo dispuesto en la mencionada Directiva; Que, la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, mediante resolucion de fecha 15 de junio del presente ano, declaro Infundado el recurso de nulidad interpuesto por la Federacion Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, contra las Resoluciones Administrativas Nºs. 006-2003-SP-CS, y 0462004-CE-PJ, asi como de la Directiva Nº 002-2004CE-PJ, todas referidas a la constitucion de Organos de Emergencia; Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 092-2004-P-PJ del 15 de

US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$ US$

695.45 30.62 400.00 200.00 1326.07 695.45 30.62 400.00 200.00 1326.07

Articulo Cuarto.- El cumplimiento de la presente resolucion no da derecho a exoneracion de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo Quinto.- Transcribir la presente resolucion a la Corte Suprema de Justicia de la Republica, Corte Superior de Justicia de MORDAZA, a la Gerencia General del

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