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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (03/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G38/G30/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de agosto de 2004 Amez Herrera, quien concuerda con la presente re- solución, sin la intervención del señor ConsejeroWálter Vásquez Vejarano, por encontrarse de licen- cia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Declarar improcedente la solici- tud de traslado formulada por la Magistrada Patricia Edi- th Reymer Urquieta, y en consecuencia disponer que per- manezca en el cargo de Juez Titular del Juzgado de PazLetrado de Jacobo Hunter, comprensión de la citada Corte Superior de Justicia de Arequipa, para el que fue nombrada por decisión del Consejo Nacional de la Ma-gistratura mediante Resolución Nº 369-2002-PCNM, de fecha 8 de julio del 2002. Artículo Segundo.- Disponer que en el término de 5 días hábiles después de su notificación, doña Issa Yda- lia Morán Vásquez señale a qué Distrito Judicial que cuente con cargo vacante de Secretario Judicial deseaseguir prestando servicios, bajo apercibimiento de dejar sin efecto su relación laboral con este Poder del Estado, debiendo el Presidente de la Corte Superior de Justiciade Arequipa informar al respecto. Artículo Tercero.- Transcribir la presente Resolu- ción al Presidente de la Corte Suprema de Justicia dela República, al Consejo Nacional de la Magistratura, a la Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, al Presidente de la Corte Superior de Justi-cia de Arequipa, a la Gerencia General del Poder Ju- dicial, y a las interesadas, para su conocimiento y fi- nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese, y cúmplase. SS. HUGO SIVINA HURTADOANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN JOSÉ DONAIRES CUBA EDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 14140 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6E/G76/G65/G6E/G69/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/GF3/G6E /G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G65/G6E/G74/G72/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G75/G70/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G64/G65/G4A/G75/G73/G74/G69/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G75/G73/G63/G6F/G20/G79/G20/G6C/G61/G20/G41/G63/G61/G64/G65/G6D/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G4D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G74/G75/G72/G61 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 140-2004-CE-PJ Lima, 23 de julio del 2004 VISTO: El Oficio Nº 003-2004-AMAG/CD-P, cursado por la Presidenta del Consejo Directivo de la Academia de la Magistratura; y, CONSIDERANDO: Que, la Presidenta del Consejo Directivo de la Aca- demia de la Magistratura hace de conocimiento de este Órgano de Gobierno que la Sala Plena de la Corte Su-perior de Justicia del Cusco en sesiones de fechas 16 y 30 de setiembre del 2003, acordó ceder en uso, gratui- tamente, a la Academia de la Magistratura dos ambien-tes ubicados en el sótano de la sede de dicha Corte Su- perior, para el funcionamiento de su Sede Desconcen- trada en la ciudad del Cusco; razón por la que solicita laaprobación del respectivo convenio;Que, a fojas seis corre el proyecto del Contrato de Comodato a suscribirse entre ambas instituciones, con-signándose en la cláusula segunda que se refiere a las oficinas números cuatro y cinco con baño de servicios ubicados en el sótano del edificio donde funciona la CorteSuperior de Justicia del Cusco; señalándose que el con- trato tendrá una duración de diez años contados a partir de la fecha de su suscripción y, que podrá ser renovadopor igual plazo o, darse por concluido; Que, en la cláusula tercera y siguientes se precisa que las mejoras que se efectúen quedarán integradas alPoder Judicial; que la Academia de la Magistratura se hará cargo del pago de servicios inherentes a las áreas cedidas y, que no se podrá dar uso distinto al precisado,ni se podrá ceder el mismo sin autorización expresa del Poder Judicial; Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia del Cusco remite el informe emitido por el Administrador de dicha sede, donde se da cuenta que la instalación de la Academia de la Magistratura es factible por existir am-bientes adecuados para ello; de otro lado, señala que en la actualidad viene prestando servicio en forma perma- nente a los Magistrados y Auxiliares Jurisdiccionales,brindando cursos de capacitación en horarios que no perjudican la labor jurisdiccional; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Po- der Judicial, en uso de sus atribuciones, con arreglo a lo establecido en el artículo 82º, inciso 21, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, de con-formidad con el informe del señor Consejero Wálter Vás- quez Vejarano, quien no interviene por encontrarse de licencia, sin la intervención del señor Presidente de esteÓrgano de Gobierno por asistir a un evento oficial, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Convenio de Coope- ración Institucional entre la Corte Superior de Justicia del Cusco y la Academia de la Magistratura, que consta de nueve (9) cláusulas, delegándose al Presidente dedicha Corte Superior de Justicia su suscripción. Artículo Segundo.- El plazo de vigencia del conve- nio materia de la presente resolución, será de diez añoscontados a partir de la fecha de su suscripción, sin oca- sionar gastos al Poder Judicial; pudiendo ser renovado previa autorización del Consejo Ejecutivo del Poder Ju-dicial. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolu- ción a la Academia de la Magistratura, Corte Superiorde Justicia del Cusco, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. ANDRÉS ECHEVARRÍA ADRIANZÉN JOSÉ DONAIRES CUBAEDGARDO AMEZ HERRERALUIS ALBERTO MENA NÚÑEZ 14141 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G76/G69/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G20/G6D/G61/G67/G69/G73/G74/G72/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G73/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G2D /G72/G69/G6F/G20/G6A/G75/G64/G69/G63/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G72/G65/G63/G69/G62/G69/G72/G20/G64/G65/G63/G6C/G61/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G69/G6E/G73/G74/G72/G75/G63/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G69/G6E/G63/G75/G6C/G70/G61/G64/G61/G73/G20/G72/G65/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G73/G20/G65/G6E/G65/G6C/G20/G50/G65/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G4D/G75/G6A/G65/G72/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G50/G61/G6E/G61/G6D/GE1 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 141-2004-CE-PJ Lima, 23 de julio del 2004