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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G33/G37/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, martes 3 de agosto de 2004 Capítulo 2: Organización y atención del servicio. Capítulo 3: Promoción de prácticas de crianza.Capítulo 4: Universalización del nivel de Inicial con calidad y equidad. Capítulo 5: Formación del personal de Programas No Escolarizados. Título Segundo: Educación Primaria Capítulo 1: Objetivos y organización del nivel de Educación Primaria. Capítulo 2: Atención del servicio. Capítulo 3: Universalización del nivel de Primaria con calidad y equidad. Capítulo 4: For mación del personal docente del ni- vel de Educación Primaria. Título Tercero: Educación Secundaria Capítulo 1: Objetivos y organización del nivel de Educación Secundaria. Capítulo 2: Universalización del nivel de Secun- daria con calidad y equidad. Capítulo 3: For mación del personal docente del ni- vel de Secundaria. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS REGLAMENTO DE EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR SECCIÓN PRIMERA DISPOSICIONES COMUNES A LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR TÍTULO PRIMERO GENERALIDADES Artículo 1º.- Disposiciones comunes, objetivo y ámbito de aplicación La Educación Básica Regular (EBR) se rige por los fines y principios de la educación peruana expresadosen los artículos 8º y 9º de la Ley General de Educación (LGE) y los objetivos de la Educación Básica, estableci- dos en el artículo 31º de la misma Ley. El presente Reglamento norma la atención a los ni- ños y adolescentes que requieren el servicio educativo correspondiente a la modalidad de la EBR en sus as-pectos pedagógicos y de gestión. Las disposiciones contenidas en el presente Regla- mento son de aplicación a todas las instancias de ges-tión e Instituciones Educativas públicas y privadas, las que deben articular acciones intersectoriales y con las organizaciones de la sociedad civil involucradas en losprocesos educativos. Artículo 2º.- La gratuidad La Educación Básica Regular en las Instituciones Educativas públicas es gratuita. TÍTULO SEGUNDO UNIVERSALIZACIÓN CON CALIDAD Y EQUIDAD DE LA EDUCACIÓN BÁSICA REGULAR Artículo 3º.- Diagnóstico La Unidad de Gestión Educativa Local (UGEL), con opinión y apoyo del Consejo Participativo Local, elabora y actualiza anualmente el diagnóstico de la realidad edu-cativa local identificando los factores que favorecen o impiden un servicio educativo sin exclusiones y determi- nando sus metas de universalización con calidad y equi-dad. El diagnóstico debe identificar también las experien- cias innovadoras de la localidad, tomando en cuenta lascaracterísticas y necesidades de la población estudiantil y su entorno socio-cultural, económico-productivo y edu- cativo.Artículo 4º.- Aspectos del diagnóstico Los aspectos principales en la elaboración del diag- nóstico son los siguientes: a) Las características corporales, afectivas, cogni- tivas, sociolingüísticas de los estudiantes y sus res- pectivos entornos socio-culturales y económico-pro- ductivos. b) Las características, potencialidades, problemas y condiciones de las comunidades. c) Las necesidades, demandas y aspiraciones edu- cativas de las personas y comunidades. d) Los motivos que causan exclusión escolar y su di- mensión, incluyendo la identificación de la población enedad escolar que no acude a la escuela. e) Las barreras arquitectónicas o de comunicación que dificultan el logro de la plena inclusión de los estu-diantes con necesidades especiales o de los integran- tes de la comunidad educativa, de ser el caso. f) La efectividad de la oferta en términos de los apren- dizajes que persigue la EBR. El diagnóstico toma en cuenta la información propor- cionada por las Instituciones Educativas, las evaluacio- nes de aprendizaje internas y externas, el censo de talla y peso, los censos y encuestas del Instituto Nacional deEstadística e Informática (INEI) y toda otra información proporcionada por instituciones públicas y de la socie- dad civil, que resulte pertinente. Artículo 5º.- Situaciones de desigualdad La UGEL determina, en su respectiva jurisdicción, las situaciones de desigualdad que afectan el derecho de las personas a educarse. Se considera prioritaria la aten- ción de los estudiantes que se encuentren bajo las si-tuaciones siguientes: a) Pobreza, aislamiento y marginalidad; b) Maltrato, en sus diversas expresiones; c) Discriminación de género, étnica, racial, social, eco- nómica, lingüística, intelectual; d) Cualquier tipo de discapacidad; e) Desnutrición, malnutrición o problemas de salud en general; f) Trabajo bajo formas y horarios que perjudiquen las posibilidades del estudiante de estudiar y desarrollarse integralmente. Artículo 6º.- Determinación de metas y estrategias de la UGEL En base a los resultados del diagnóstico, cada UGEL determina las metas, formas de atención y estrategias que aseguren la calidad y equidad de los servicios o pro-gramas priorizados, en el marco del Proyecto Educativo Regional. Artículo 7º.- Vinculación con el Plan de Desarrollo Municipal La UGEL, responsable de la gestión educativa, cola- bora con el Municipio en la elaboración del Plan de De- sarrollo Local a que se refiere el artículo 97º de la Ley Orgánica de Municipalidades, a fin de contemplar el apo-yo del gobierno local a las metas y estrategias de univer- salización de la EBR. Artículo 8º.- Metas y estrategias regionales para la universalización La Dirección Regional de Educación (DRE), con el concurso de la Gerencia de Desarrollo Social del Go- bierno Regional, elabora el Proyecto Educativo Regio- nal en el que incorpora las metas y estrategias específi-cas de las UGEL destinadas a la universalización con calidad y equidad de la educación. Así mismo, consolida en el presupuesto del Gobierno Regional las metas anua-les a que se refiere el artículo 6º de este Reglamento y contiene, como mínimo, lo siguiente: a) Metas anuales con estrategias pertinentes que per- mitan atender la diversidad humana, sociocultural y lin-